III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-16744)
Resolución de 1 de agosto de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Transformación de La Rioja, para el establecimiento y funcionamiento del Observatorio Global del Español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105365
Segunda. Compromisos de la Fundación.
La Fundación, de acuerdo y con la previa autorización de la Comunidad Autónoma
de La Rioja, se compromete a:
− Proporcionar gratuitamente una sede representativa permanente para el OGE, con
un espacio de trabajo, en cualquier centro de trabajo de la Fundación, con domicilio en
Logroño, en la calle Vara de Rey, 1-3, 26071, para una persona de la plantilla del Instituto
Cervantes, y otros espacios en San Millán de la Cogolla para facilitar el trabajo y las
reuniones del director del OGE cuando se desplace a La Rioja para el cumplimiento de
sus funciones.
A estos efectos, y en relación a los espacios localizados en San Millán de la Cogolla,
la Fundación San Millán de la Cogolla, fundación perteneciente al sector público de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, ha autorizado el uso a la Fundación para la
Transformación de La Rioja de la planta 2.ª de la sede de Cilengua (Centro Internacional
de Investigación de la Lengua Española), ubicada en la Plaza del Convento, s/n, 26326,
en San Millán de la Cogolla, La Rioja.
− Garantizar el correcto mantenimiento de las instalaciones para que reúnan las
condiciones necesarias para la representación del OGE, y financiar los gastos generales
de la sede (suministros, comunicaciones, limpieza, seguridad, etc.).
Aportar al OGE hasta un máximo de diez personas en régimen de contratación
laboral de duración determinada (doce meses) que llevarán a cabo sus labores en la
sede de Cilengua (Centro Internacional de Investigación de la Lengua Española), sita en
la plaza del Convento, s/n, 26326, en San Millán de la Cogolla, La Rioja, cuyo uso aporta
a los fines del presente convenio, conforme a lo establecido en el mismo. Las
contrataciones anteriores las realizará la Fundación.
La Fundación asumirá la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, en
relación con estos trabajadores, el poder de dirección inherente a su condición de
empleadora. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de
permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o
ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de
cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia
de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos
derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
− Dotar al Observatorio de los medios financieros, con cargo a los presupuestos de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Fundación para la Transformación de La
Rioja, para la celebración de congresos, seminarios y encuentros para fomentar el
conocimiento y prestigio de la lengua y las culturas hispánicas, conforme a la programación
que establezca, y para asumir gastos de investigación como la suscripción a programas,
páginas y publicaciones, compra de software, digitalización y otros gastos de formación.
La financiación de las obligaciones que asume la Fundación en la presente cláusula
se incluye en la cuantificación prevista en la cláusula cuarta siguiente.
Compromisos del Instituto Cervantes.
El Instituto Cervantes será el responsable de realizar las labores organizativas
necesarias para la puesta en marcha del Observatorio en relación tanto con la plantilla
de personal como con la asignación de los recursos ofimáticos para su funcionamiento.
De acuerdo con lo anterior, el Instituto Cervantes pondrá a disposición del OGE el
personal necesario para su funcionamiento, hasta un máximo de seis puestos y un
director/directora.
Igualmente, se compromete a:
− Dotar al OGE de una sede operativa en sus propias instalaciones en Alcalá de
Henares, así como a garantizar el correcto mantenimiento de esas instalaciones, para
que reúnan las condiciones necesarias para la realización de los trabajos del OGE, y a
cve: BOE-A-2024-16744
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105365
Segunda. Compromisos de la Fundación.
La Fundación, de acuerdo y con la previa autorización de la Comunidad Autónoma
de La Rioja, se compromete a:
− Proporcionar gratuitamente una sede representativa permanente para el OGE, con
un espacio de trabajo, en cualquier centro de trabajo de la Fundación, con domicilio en
Logroño, en la calle Vara de Rey, 1-3, 26071, para una persona de la plantilla del Instituto
Cervantes, y otros espacios en San Millán de la Cogolla para facilitar el trabajo y las
reuniones del director del OGE cuando se desplace a La Rioja para el cumplimiento de
sus funciones.
A estos efectos, y en relación a los espacios localizados en San Millán de la Cogolla,
la Fundación San Millán de la Cogolla, fundación perteneciente al sector público de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, ha autorizado el uso a la Fundación para la
Transformación de La Rioja de la planta 2.ª de la sede de Cilengua (Centro Internacional
de Investigación de la Lengua Española), ubicada en la Plaza del Convento, s/n, 26326,
en San Millán de la Cogolla, La Rioja.
− Garantizar el correcto mantenimiento de las instalaciones para que reúnan las
condiciones necesarias para la representación del OGE, y financiar los gastos generales
de la sede (suministros, comunicaciones, limpieza, seguridad, etc.).
Aportar al OGE hasta un máximo de diez personas en régimen de contratación
laboral de duración determinada (doce meses) que llevarán a cabo sus labores en la
sede de Cilengua (Centro Internacional de Investigación de la Lengua Española), sita en
la plaza del Convento, s/n, 26326, en San Millán de la Cogolla, La Rioja, cuyo uso aporta
a los fines del presente convenio, conforme a lo establecido en el mismo. Las
contrataciones anteriores las realizará la Fundación.
La Fundación asumirá la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, en
relación con estos trabajadores, el poder de dirección inherente a su condición de
empleadora. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de
permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o
ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de
cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia
de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos
derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
− Dotar al Observatorio de los medios financieros, con cargo a los presupuestos de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Fundación para la Transformación de La
Rioja, para la celebración de congresos, seminarios y encuentros para fomentar el
conocimiento y prestigio de la lengua y las culturas hispánicas, conforme a la programación
que establezca, y para asumir gastos de investigación como la suscripción a programas,
páginas y publicaciones, compra de software, digitalización y otros gastos de formación.
La financiación de las obligaciones que asume la Fundación en la presente cláusula
se incluye en la cuantificación prevista en la cláusula cuarta siguiente.
Compromisos del Instituto Cervantes.
El Instituto Cervantes será el responsable de realizar las labores organizativas
necesarias para la puesta en marcha del Observatorio en relación tanto con la plantilla
de personal como con la asignación de los recursos ofimáticos para su funcionamiento.
De acuerdo con lo anterior, el Instituto Cervantes pondrá a disposición del OGE el
personal necesario para su funcionamiento, hasta un máximo de seis puestos y un
director/directora.
Igualmente, se compromete a:
− Dotar al OGE de una sede operativa en sus propias instalaciones en Alcalá de
Henares, así como a garantizar el correcto mantenimiento de esas instalaciones, para
que reúnan las condiciones necesarias para la realización de los trabajos del OGE, y a
cve: BOE-A-2024-16744
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.