III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector porcino. Organizaciones interprofesionales. (BOE-A-2024-16761)
Orden APA/861/2024, de 7 de agosto, por la que se extiende el acuerdo de la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para el apoyo a la producción ganadera, a la actividad comercializadora, a la defensa de la imagen y reputación sectorial, al área ciencia y salud y a la sostenibilidad integral, durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105436

el acuerdo de extensión de normas y de aportación económica obligatoria de la
organización interprofesional, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27
de noviembre, del Gobierno.
La solicitud de extensión de normas se ha sometido a informe del Consejo General
de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, de acuerdo con el
artículo 15.3.b) de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, en su reunión plenaria de 29 de
julio de 2024, emitiendo informe favorable.
Por lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas en los artículos 8 y 9 de la
Ley 38/1994, de 30 de diciembre, y en el artículo 15 de su reglamento, aprobado por
Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, dispongo:
Artículo 1.

Objeto.

Se aprueba la extensión del acuerdo de la Asociación Interprofesional del Porcino de
Capa Blanca, Interporc al conjunto del sector para el apoyo a la producción ganadera, a
la actividad comercializadora, a la defensa de la imagen y reputación sectorial, al área
ciencia y salud y a la sostenibilidad integral con el establecimiento de una aportación
económica obligatoria y que producirá un efecto económico positivo de incremento de la
demanda, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la
organización interprofesional y a los que no pertenecen a esta.
Artículo 2. Período de vigencia.
Se aprueba la extensión de normas y la aportación económica obligatoria para cuatro
campañas, durante el periodo comprendido entre el 18 de noviembre de 2024 hasta
el 17 de noviembre de 2028.
Artículo 3. Líneas de actuación.
En línea con el objeto de la presente orden se desarrollarán las siguientes líneas de
actuación:
1.

Apoyo integral a la ganadería de porcino.

a) Acciones de defensa y proyección de la imagen de la ganadería de porcino de
capa blanca español, de sus productos y procesos, y de la reputación del sector
ganadero de porcino, potenciando el conocimiento y la valoración de este modelo de
producción ganadera.
b) Apoyo al sector a través de campañas de comunicación, información y estudios
sobre la producción ganadera de porcino de capa blanca.
c) Iniciativas de apoyo en temas de Sanidad Animal, Bienestar Animal y
Bioseguridad.
d) Refuerzo de acciones de contingencia sanitaria y prevención de problemas
sanitarios que pudieran generarse en el sector, muy especialmente los relativos a la
Peste Porcina Africana.

a) Apoyo a la internacionalización del sector, a través de participación en eventos y
desarrollo de programas de comunicación y marketing que faciliten la apertura de nuevos
mercados en el exterior.
b) Acciones que fomenten el consumo de carne y elaborados de porcino en el
mercado interior.
c) Actuaciones de comunicación, información y generación de conocimiento del
sector cárnico porcino.

cve: BOE-A-2024-16761
Verificable en https://www.boe.es

2. Apoyo a la comercialización y a la defensa de la imagen general del sector como
colectivo.