III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector porcino. Organizaciones interprofesionales. (BOE-A-2024-16761)
Orden APA/861/2024, de 7 de agosto, por la que se extiende el acuerdo de la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para el apoyo a la producción ganadera, a la actividad comercializadora, a la defensa de la imagen y reputación sectorial, al área ciencia y salud y a la sostenibilidad integral, durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105435
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/861/2024, de 7 de agosto, por la que se extiende el acuerdo de la
Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc, al conjunto
del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para el apoyo a la
producción ganadera, a la actividad comercializadora, a la defensa de la
imagen y reputación sectorial, al área ciencia y salud y a la sostenibilidad
integral, durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y
2027/2028.
El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones
interprofesionales agroalimentarias, establece que, adoptado un acuerdo en el seno de
una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con
las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley que cuenten con un determinado
nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector
o producto.
Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite que, en el
caso de extensión de normas al conjunto de productores y operadores implicados en un
sector, se pueda repercutir a los mismos, exclusivamente, el coste directo de las
acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los
productores y operadores no miembros.
La Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc, constituida
el 18 de septiembre de 2006, con estatutos depositados en el Registro de Asociaciones
del Ministerio del Interior, fue reconocida como organización interprofesional
agroalimentaria del sector porcino de capa blanca por Orden ARM/2472/2008, de 1 de
agosto, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.
La Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc ha propuesto
una extensión de normas al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria,
para el apoyo a la producción ganadera, a la actividad comercializadora, a la defensa de
la imagen y reputación sectorial, al área ciencia y salud y a la sostenibilidad integral;
durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
La Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc aprobó por
unanimidad, en su Asamblea General Extraordinaria de 28 de febrero de 2024, el
acuerdo objeto de la presente extensión de normas, cumpliendo las exigencias de
representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de
diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la
organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados
en el expediente de solicitud, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha
suministrado, superan los mínimos exigidos.
El acuerdo extendido por la presente orden afecta a las materias relacionadas en las
letras b), c), d), f) y g) del artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, y abarca
cuatro campañas, 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028, siendo las acciones a
realizar de interés económico general para todo el sector, ya que producirán un efecto
económico positivo de incremento de la demanda, beneficiando por igual a los agentes
económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a
esta.
El acuerdo de extensión de normas está fundamentado en la aplicación y
seguimiento de un Plan Estratégico Sectorial formulado en 2022 por la Asociación
Interprofesional del Porcino de Capa Blanca (Interporc).
Mediante Resolución de la Dirección General de Alimentación de 5 de abril de 2024,
publicada en el BOE el 12 de abril de 2024, se sometió al trámite de información pública
cve: BOE-A-2024-16761
Verificable en https://www.boe.es
16761
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105435
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/861/2024, de 7 de agosto, por la que se extiende el acuerdo de la
Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc, al conjunto
del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para el apoyo a la
producción ganadera, a la actividad comercializadora, a la defensa de la
imagen y reputación sectorial, al área ciencia y salud y a la sostenibilidad
integral, durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y
2027/2028.
El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones
interprofesionales agroalimentarias, establece que, adoptado un acuerdo en el seno de
una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con
las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley que cuenten con un determinado
nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector
o producto.
Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite que, en el
caso de extensión de normas al conjunto de productores y operadores implicados en un
sector, se pueda repercutir a los mismos, exclusivamente, el coste directo de las
acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los
productores y operadores no miembros.
La Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc, constituida
el 18 de septiembre de 2006, con estatutos depositados en el Registro de Asociaciones
del Ministerio del Interior, fue reconocida como organización interprofesional
agroalimentaria del sector porcino de capa blanca por Orden ARM/2472/2008, de 1 de
agosto, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.
La Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc ha propuesto
una extensión de normas al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria,
para el apoyo a la producción ganadera, a la actividad comercializadora, a la defensa de
la imagen y reputación sectorial, al área ciencia y salud y a la sostenibilidad integral;
durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
La Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, Interporc aprobó por
unanimidad, en su Asamblea General Extraordinaria de 28 de febrero de 2024, el
acuerdo objeto de la presente extensión de normas, cumpliendo las exigencias de
representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de
diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la
organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados
en el expediente de solicitud, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha
suministrado, superan los mínimos exigidos.
El acuerdo extendido por la presente orden afecta a las materias relacionadas en las
letras b), c), d), f) y g) del artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, y abarca
cuatro campañas, 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028, siendo las acciones a
realizar de interés económico general para todo el sector, ya que producirán un efecto
económico positivo de incremento de la demanda, beneficiando por igual a los agentes
económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a
esta.
El acuerdo de extensión de normas está fundamentado en la aplicación y
seguimiento de un Plan Estratégico Sectorial formulado en 2022 por la Asociación
Interprofesional del Porcino de Capa Blanca (Interporc).
Mediante Resolución de la Dirección General de Alimentación de 5 de abril de 2024,
publicada en el BOE el 12 de abril de 2024, se sometió al trámite de información pública
cve: BOE-A-2024-16761
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