III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-16682)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización de prácticas académicas externas en la Dirección Provincial de Las Palmas.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193

Sábado 10 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103619

Quinto.
Que es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas académicas
externas en las oficinas y dependencias del Instituto Nacional de la Seguridad Social en
la provincia de Las Palmas en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este
convenio, por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la
formación de profesionales que en un futuro pudieran relacionarse, colaborar o dar
servicio a la Administración de la Seguridad Social, lo que redundará en una mayor
calidad de la misma.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas
externas curriculares no remuneradas (en adelante, prácticas académicas externas) por
el alumnado matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales
de grado o máster que imparte la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y siempre
de titulaciones relacionadas con profesiones vinculadas a la Administración de la
Seguridad Social, en las oficinas y dependencias del Instituto Nacional de la Seguridad
Social en la provincia de Las Palmas.
Por un lado, el Instituto Nacional de la Seguridad Social se compromete a permitir la
realización de las prácticas académicas externas objeto del presente convenio, así como
a facilitar el acceso del alumnado a las oficinas y dependencias del mismo en la
provincia de Las Palmas.
Por otro lado, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria se compromete a que
la persona o personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en la Dirección Provincial
del Instituto Nacional de la Seguridad Social pueda disfrutar de los siguientes derechos,
en el marco de la normativa propia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
que sea de aplicación:

La colaboración que presta el Instituto Nacional de la Seguridad Social estará
siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad de las oficinas y dependencias de
la Dirección Provincial donde se realicen las prácticas académicas externas, por lo que
surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará
suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea
preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de
la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria o concesión de indemnización o
compensación a su favor.
Segunda.

Condiciones y requisitos generales de las prácticas.

1. Las prácticas académicas externas se ajustarán en todo caso a la normativa
vigente, y en especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.

cve: BOE-A-2024-16682
Verificable en https://www.boe.es

a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria que certifique su actividad
como tutor/a de estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas académicas
externas, así como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.