III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-16672)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E., para la facilitación y gestión de los medios de pago de las ayudas del "Bono Cultural Joven".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103529
ANEXO
Disposiciones relativas al tratamiento de datos personales
a)
Categorización Esquema Nacional de Seguridad (ENS)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), el Ministerio de
Cultura ha catalogado el servicio-sistema de la siguiente forma:
D
Servicio de «Bono Cultural Joven».
B
IC
A
T
N/A N/A N/A N/A
Información de Datos personales de los jóvenes beneficiarios
(identidad, residencia legal).
N/A
B
B
B
B
Información de Datos de las entidades adheridas.
N/A
B
B
B
B
Información de la gestión de las ayudas del bono cultural joven.
N/A
M
B
M
B
B
M
B
M
B
Categorización máxima.
En virtud de la anterior categorización, son de aplicación las medidas de seguridad
del anexo II del ENS.
b) Instrucciones iniciales de coordinación del responsable del tratamiento de los datos
personales del «Bono Cultural Joven» en relación con el artículo 28 del Reglamento
UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos
personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y los acuerdos previos
convenidos con los encargados
Descripción general del tratamiento de Datos Personales a efectuar
El tratamiento consistirá en la facilitación y gestión de los medios de pagos de las
ayudas del Bono Cultural Joven a las personas beneficiarias, incluyendo la gestión de la
plataforma y aplicaciones informáticas para la puesta en marcha y ejecución del Bono
Cultural Joven; emisión, administración y gestión de la prestación de las tarjetas prepago
correspondientes a las convocatorias de ayudas del Bono Cultural Joven que se
impulsen y desarrollen durante la vigencia del presente convenio, así como su
distribución a las personas Beneficiarias; call center para la atención a las personas
Beneficiarias sobre la facilitación y gestión de los medios de pago.
Igualmente, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E., se encargará de
gestionar la autorización de altas, modificaciones y bajas de los terminales de puntos de
venta (TPV) y FUC de las entidades adheridas al programa, a los efectos de aceptar
pagos de los medios de pago emitidos.
1. Personas beneficiarias de las ayudas del «Bono Cultural Joven». Ciudadanos que
cumplen 18 años en el año en que se publique cada convocatoria: Nombre y apellidos,
Documento de Identificación (DNI o NIE), fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad,
domicilio legal, número de teléfono, correo electrónico, identificador de tarjeta
(cardholderID), fecha de alta y fecha de baja de la tarjeta; estado de la tarjeta (abierta,
activa, bloqueada, etc.); tipo de tarjeta (física o virtual), movimientos de la tarjeta.
Representantes legales de los anteriores: Nombre y apellidos, NIF o documento legal
equivalente, número de teléfono y correo electrónico.
cve: BOE-A-2024-16672
Verificable en https://www.boe.es
Colectivo y datos tratados
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103529
ANEXO
Disposiciones relativas al tratamiento de datos personales
a)
Categorización Esquema Nacional de Seguridad (ENS)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), el Ministerio de
Cultura ha catalogado el servicio-sistema de la siguiente forma:
D
Servicio de «Bono Cultural Joven».
B
IC
A
T
N/A N/A N/A N/A
Información de Datos personales de los jóvenes beneficiarios
(identidad, residencia legal).
N/A
B
B
B
B
Información de Datos de las entidades adheridas.
N/A
B
B
B
B
Información de la gestión de las ayudas del bono cultural joven.
N/A
M
B
M
B
B
M
B
M
B
Categorización máxima.
En virtud de la anterior categorización, son de aplicación las medidas de seguridad
del anexo II del ENS.
b) Instrucciones iniciales de coordinación del responsable del tratamiento de los datos
personales del «Bono Cultural Joven» en relación con el artículo 28 del Reglamento
UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos
personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y los acuerdos previos
convenidos con los encargados
Descripción general del tratamiento de Datos Personales a efectuar
El tratamiento consistirá en la facilitación y gestión de los medios de pagos de las
ayudas del Bono Cultural Joven a las personas beneficiarias, incluyendo la gestión de la
plataforma y aplicaciones informáticas para la puesta en marcha y ejecución del Bono
Cultural Joven; emisión, administración y gestión de la prestación de las tarjetas prepago
correspondientes a las convocatorias de ayudas del Bono Cultural Joven que se
impulsen y desarrollen durante la vigencia del presente convenio, así como su
distribución a las personas Beneficiarias; call center para la atención a las personas
Beneficiarias sobre la facilitación y gestión de los medios de pago.
Igualmente, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E., se encargará de
gestionar la autorización de altas, modificaciones y bajas de los terminales de puntos de
venta (TPV) y FUC de las entidades adheridas al programa, a los efectos de aceptar
pagos de los medios de pago emitidos.
1. Personas beneficiarias de las ayudas del «Bono Cultural Joven». Ciudadanos que
cumplen 18 años en el año en que se publique cada convocatoria: Nombre y apellidos,
Documento de Identificación (DNI o NIE), fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad,
domicilio legal, número de teléfono, correo electrónico, identificador de tarjeta
(cardholderID), fecha de alta y fecha de baja de la tarjeta; estado de la tarjeta (abierta,
activa, bloqueada, etc.); tipo de tarjeta (física o virtual), movimientos de la tarjeta.
Representantes legales de los anteriores: Nombre y apellidos, NIF o documento legal
equivalente, número de teléfono y correo electrónico.
cve: BOE-A-2024-16672
Verificable en https://www.boe.es
Colectivo y datos tratados