III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2024-16679)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la construcción, equipamiento y explotación de la Sede Española de la Fuente Europea de Neutrones por Espalación (ESS-Bilbao European Spallation Source Bilbao).
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103587
Auditoría de Cuentas, según proceda, y 2.º) a la presentación ante MICIU y CAPV
de un informe de progreso correspondiente al periodo que se certifica que incluirá
información sobre las actividades desarrolladas y previstas hasta el fin del mismo.
El informe de progreso requerirá la conformidad de la comisión de seguimiento del
Convenio. Los libramientos podrán suspenderse en caso de deficiencias que
lleven a la comisión de seguimiento del Convenio, a no emitir la certificación o la
conformidad a los informes de progreso.»
Tercera. Modificación de los apartados 1 y 2 de la cláusula quinta.
1. Se modifica la cláusula quinta (compromisos de financiación por parte de la
AGE), apartado 1, añadiendo el siguiente párrafo al final del mismo:
«Las partes firmantes reconocen que MICIU en los años 2019 y 2020 aportó al
Consocio un total de 4.239.800 euros correspondientes a la financiación FEDER
del Proyecto TRACKS mediante el Programa Operativo Plurirregional de
España 2014-2020.»
Se modifica la cláusula quinta, apartado 2, que queda redactada como sigue:
«El MICIU realizará una aportación al Consorcio en el periodo 2018-2027 por
un importe máximo de 47.575.158,79 euros, con la siguiente distribución por
ejercicios y partidas presupuestarias:
a)
Periodo 2018-2023.
MICIU.
2018
2019
2020
2021
4.000.000,00
12.273.229,00
7.459.270,46
7.356.084,96
MICIU.
2022
2023
Total
2018-2023
6.640.540,27
3.507.060,78
41.236.185,47
La anualidad 2022 incluye la aportación reconocida por las partes firmantes de
la AGE-MICIU a la entidad ESS-ERIC por importe de 1.485.867,04 euros referida
en el exponendo IX.
b)
Periodo 2024-2027.
MICIU
2024
2025
2026
2027
Total
2024-2027
Explotación. 1.920.723,33 1.920.723,34 1.152.556,83 1.152.556,83 6.146.560,33
Inversiones.
Total.
96.206,50
96.206,49
0,00
0,00
192.412,99
2.016.929,83 2.016.929,83 1.152.556,83 1.152.556,83 6.338.973,32
Las transferencias para explotación se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria. 28.07.463B.44913, o equivalente que la sustituya. Las
transferencias para inversiones se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.07.463B.74917, o equivalente que la sustituya.»
cve: BOE-A-2024-16679
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103587
Auditoría de Cuentas, según proceda, y 2.º) a la presentación ante MICIU y CAPV
de un informe de progreso correspondiente al periodo que se certifica que incluirá
información sobre las actividades desarrolladas y previstas hasta el fin del mismo.
El informe de progreso requerirá la conformidad de la comisión de seguimiento del
Convenio. Los libramientos podrán suspenderse en caso de deficiencias que
lleven a la comisión de seguimiento del Convenio, a no emitir la certificación o la
conformidad a los informes de progreso.»
Tercera. Modificación de los apartados 1 y 2 de la cláusula quinta.
1. Se modifica la cláusula quinta (compromisos de financiación por parte de la
AGE), apartado 1, añadiendo el siguiente párrafo al final del mismo:
«Las partes firmantes reconocen que MICIU en los años 2019 y 2020 aportó al
Consocio un total de 4.239.800 euros correspondientes a la financiación FEDER
del Proyecto TRACKS mediante el Programa Operativo Plurirregional de
España 2014-2020.»
Se modifica la cláusula quinta, apartado 2, que queda redactada como sigue:
«El MICIU realizará una aportación al Consorcio en el periodo 2018-2027 por
un importe máximo de 47.575.158,79 euros, con la siguiente distribución por
ejercicios y partidas presupuestarias:
a)
Periodo 2018-2023.
MICIU.
2018
2019
2020
2021
4.000.000,00
12.273.229,00
7.459.270,46
7.356.084,96
MICIU.
2022
2023
Total
2018-2023
6.640.540,27
3.507.060,78
41.236.185,47
La anualidad 2022 incluye la aportación reconocida por las partes firmantes de
la AGE-MICIU a la entidad ESS-ERIC por importe de 1.485.867,04 euros referida
en el exponendo IX.
b)
Periodo 2024-2027.
MICIU
2024
2025
2026
2027
Total
2024-2027
Explotación. 1.920.723,33 1.920.723,34 1.152.556,83 1.152.556,83 6.146.560,33
Inversiones.
Total.
96.206,50
96.206,49
0,00
0,00
192.412,99
2.016.929,83 2.016.929,83 1.152.556,83 1.152.556,83 6.338.973,32
Las transferencias para explotación se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria. 28.07.463B.44913, o equivalente que la sustituya. Las
transferencias para inversiones se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.07.463B.74917, o equivalente que la sustituya.»
cve: BOE-A-2024-16679
Verificable en https://www.boe.es
2.