III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16661)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Tabernas 100 MW, de 99,85 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Almería".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193

Sábado 10 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103410

21) Queda prohibido el vertido de escombros a los cauces públicos, sus riberas o
márgenes, siendo responsable el peticionario de cuantos daños puedan producirse por
este motivo al dominio público y a terceros.
22) El plan de medidas de protección del paisaje fluvial incluirá actuaciones de
consolidación del terreno en las riberas y en las márgenes que impidan la erosión de las
mismas, evitar aportes de materiales al DPH que pudieran provocar su colmatación
aguas abajo de la zona de actuación, y mejorar las funciones ecológicas, hidrológicas y
paisajísticas del cauce, siendo recomendable a tal efecto la revegetación de las riberas
con especies autóctonas adecuadas.

23) Se respetará la vegetación natural dentro de la planta fotovoltaica y únicamente
se realizarán desbroces de vegetación, consistentes en una corta a baja altura, en las
áreas de implantación, sin decapado de tierra vegetal. El control de la vegetación de
mayor porte, que pueda interferir en el rendimiento de los paneles o en la prevención de
potenciales incendios, se realizará por medios exclusivamente mecánicos y de forma
selectiva, sin utilizarse tratamientos químicos, como herbicidas. Este control de la
vegetación se realizará, preferentemente, de marzo a abril. Asimismo, podrá realizarse
también un control y aprovechamiento a diente de la vegetación, mediante pastoreo de
ganado ovino, con un máximo de 0,2 UGM/ha, es decir, para 200 hectáreas, un máximo
de 400 ovejas. En ningún caso el control de la vegetación consistirá en erradicar la
cobertura vegetal dejando el suelo desnudo.
24) El proyecto de construcción incluirá un Programa de Restauración Ambiental y
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto,
incluidas las indicadas en la presente resolución (plan de medidas de protección del
paisaje fluvial en el Barranco del Salar, reforestación y restauración de la vegetación
nativa dentro de la parcela y en caminos y zonas auxiliares, así como en linderos
aledaños). Se deberán concretar y cuantificar las superficies de trabajo, métodos de
preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y
resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las
actuaciones. Deberá ser remitido, con carácter previo al inicio de los trabajos, a la
Dirección General de Recursos Hídricos y a la Delegación Territorial de Sostenibilidad de
Almería, de la Junta de Andalucía, para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y
supervivencia de todas las plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento
vegetal realizado (con olivos, retamas y lentiscos, entre otras especies), y garantizar su
mantenimiento durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de
marras y riegos de mantenimiento.
25) Igualmente se acordará con el órgano autonómico competente el número y
distribución de los olivos a trasplantar y/o mantener. Se elegirán aquellos que tengan
buen porte y un adecuado estado fitosanitario tanto para la pantalla vegetal perimetral
como para su conservación en hileras o manchas de superficie que favorezcan la
cobertura vegetal en la zona y minimicen el impacto visual del proyecto. Se mantendrán
las pequeñas manchas de terrenos forestales localizadas en los recintos en la parte
norte de la planta solar.
26) En relación con la prevención de incendios forestales, durante la ejecución de
los trabajos, y durante la fase de explotación del proyecto, deberán adoptarse las
medidas preventivas recogidas en la legislación vigente y en el Plan de Emergencia por
Incendios Forestales de Andalucía (Plan INFOCA).
Fauna:
27) Previo al inicio de las obras y durante la ejecución de las mismas, se realizará
una prospección del terreno por técnico especializado, con objeto de identificar la
presencia de las especies de fauna protegida, así como nidos y/o refugios. Dicho

cve: BOE-A-2024-16661
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Vegetación y paisaje: