III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16660)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones de protección frente a inundaciones en el campo de Cartagena. Recuperación de la rambla de la Pescadería. Fase 1 y Fase 2. Canalización de escorrentías a través de la Avenida Muñoz Zambudio hasta desembocadura, término municipal de Los Alcázares (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193

Sábado 10 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103386

inundable previsto inicialmente hacia el canal existente de la urbanización La Dorada ya
que esto evita que para caudales de periodo de retorno T100 se produzca inundación en
esta parte de la localidad. Anteriormente, para estos caudales, se producía derivación de
caudal hacia la población, con una caudal punta de salida por el desagüe intermedio
de 5,5 m3/s hacia el canal de La Dorada. Como consecuencia de la eliminación de este
desagüe, la cota de la lámina de agua en el interior del parque se incrementa 17 cm,
pero sin llegar a verter por el aliviadero, lo cual aumenta la laminación del caudal punta
más de un 7 %. La versión final del proyecto amplia la longitud del aliviadero sobre la
mota (742 m) para evitar cualquier concentración del flujo provocada por la actuación,
eliminando a su vez, los marcos de salida hacia el canal de la Urbanización de la
Dorada. De esta forma, cuando el vertedero entre en funcionamiento, para periodos de
retorno superiores a 100 años, casi la totalidad de la mota se convierte en un vertedero
para la salida controlada de las aguas siguiendo la dirección actual de la escorrentía.
El proyecto permite disminuir de forma generalizada los calados máximos
alcanzados en el núcleo urbano de Los Alcázares en todos los periodos de lluvia
modelizados. Las mejoras implementadas en la Fase 1 en la versión final del proyecto
permiten eliminar las zonas de flujo supercrítico y resalto hidráulico en todo el
encauzamiento, lo cual evita problemas de mantenimiento gracias a su mayor ajuste de
pendientes y aumento de las zonas revegetadas. El promotor indica que, en la zona de
la desembocadura de la rambla, es inevitable el aumento de calado y velocidad ya que el
objetivo del proyecto es precisamente recoger la escorrentía difusa y conducirla al mar
de forma más ordenada y concentrada y no de forma descontrolada a través del casco
urbano del municipio, como ocurre actualmente. Esta concentración implica un aumento
de caudal y velocidad en esta zona (aguas abajo del puente de los nueve ojos), aunque
para el periodo de retorno de 500 años, las diferencias entre el estado actual y el estado
futuro tras la ejecución de la infraestructura hidráulica, no incrementan de manera
significativa los valores de calado y velocidad en esta zona de la desembocadura de la
rambla.
Esta resolución no se pronuncia sobre la metodología y las conclusiones del análisis
sobre la vulnerabilidad del proyecto ante el riesgo de accidentes graves o catástrofes
naturales o cuestiones relacionadas con la seguridad de los trabajadores, que poseen
normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la
evaluación de impacto ambiental, al corresponder dichos pronunciamientos a las
autoridades sustantivas en el procedimiento de autorización del proyecto.
Ubicación del proyecto:

Las actuaciones proyectadas se localizan en el término municipal de Los Alcázares
(Murcia), en el espacio ocupado por la rambla de la Pescadería, la Avenida Fernando
Muñoz Zambudio y su entorno hasta la Autopista AP7.
Todas las actuaciones previstas tendrán lugar en medio terrestre. El ámbito de la
actuación del proyecto se encuentra en las inmediaciones del deslinde del dominio
público marítimo-terrestre aprobado por Orden Ministerial de 30 de noviembre de 2006,
pero las obras no se adentran en el demanio ni en zona de servidumbre de tránsito ni de
protección ni, por tanto, en la masa de agua del Mar Menor.
Las actuaciones se localizan en la rambla de la Pescadería, muy próxima a la rambla
de La Maraña. La pérdida de sección y la presión urbana sobre esta última han derivado
en que en la actualidad su desembocadura haya desaparecido. Esto, junto a la
discontinuidad de su cauce aguas arriba, hace que las aguas confluyan de forma difusa y
sin ordenación alguna, lo que, unido a otros factores, produce los repetidos problemas
de inundabilidad de Los Alcázares. En la actualidad, el cauce principal con desemboca
en el Mar Menor más cercano a la desaparecida desembocadura de la rambla de la
Maraña y que da salida a las escorrentías de una parte importante de su cuenca, es la
rambla de la Pescadería, objeto de este proyecto.

cve: BOE-A-2024-16660
Verificable en https://www.boe.es

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