III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16660)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones de protección frente a inundaciones en el campo de Cartagena. Recuperación de la rambla de la Pescadería. Fase 1 y Fase 2. Canalización de escorrentías a través de la Avenida Muñoz Zambudio hasta desembocadura, término municipal de Los Alcázares (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103384

rampa de captación y facilitar el depósito de materiales de arrastre. Todos los canales
están conectados con el canal abierto de la Fase 1, a través de la mota. Superado dicho
caudal, se producirá la inundación controlada del resto del parque. En las márgenes de
los canales de aguas bajas y caminos interiores del parque se proyectan zonas
habilitadas para el paseo y uso recreativo con pavimento capaz de soportar las mayores
escorrentías. Con objeto de garantizar la evolución verde del parque durante el tiempo
que tarde en materializarse la conexión definitiva, se construirá un depósito de hormigón
de 209 m3 para el riego del parque.
Entre las mejoras introducidas en la Fase 2 del proyecto respecto a su versión inicial
destaca el incremento de superficies ajardinadas, pasando del 53 % inicial al 62 % de
superficie revegetada sobre la superficie total afectada, la sustitución del cuenco receptor
de los canales de aguas bajas por una superficie que permite la surgencia del nivel
freático (lámina freática) y zonas verdes ajardinadas lo cual supone un aumento del 13 %
de superficie permeable, pasando del 53 % inicial al 66 % de superficie total permeable,
la plantación de un 45 % más de ejemplares arbóreos con el consiguiente aumento de
zonas de sombra, la introducción de especies fitodepuradoras en la lámina freática, la
mejora del funcionamiento hidráulico del proyecto en caso de avenida o la introducción
de elementos sencillos de depuración.
El estudio de gestión de residuos del proyecto se basa en la Ley 7/2022, de 8 de abril,
de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Una de las mejoras
implementadas, que afecta a las dos fases del proyecto, es el acuerdo de colaboración de
la Confederación Hidrográfica del Segura y la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación del MITECO para reutilizar el 100 % de las tierras excavadas en
las obras de Restauración de la Sierra Minera que se van a ejecutar dentro del Marco de
Actuaciones Prioritarias para Recuperar el Mar Menor. Este acuerdo evita la generación
de residuos procedentes de las excavaciones y movimientos de tierras conforme a lo
establecido en el marco de la de la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre
normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización
en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron. El
proyecto y su anejo de residuos contemplan la posibilidad de que una parte de las tierras
excavadas no sea apta para reutilizar. Por ello, el promotor estima un volumen total
de 28.756,47 m3 de tierras excavadas, que se considerarán Residuos de Construcción y
Demolición (RCD) Nivel Iy serán destinados a vertedero autorizado. En la versión inicial
del proyecto se destinaba a vertedero un total de 348.608,42 m3, lo que supone una
mejora sustancial respecto al potencial impacto del proyecto sobre la generación de
residuos. El apartado de prescripciones de la presente resolución incluye diversas
medidas indicadas por la Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia
relacionadas con la gestión de los residuos, que deberán ser incorporadas al proyecto.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto ante riesgo de accidentes graves o
catástrofes, el documento ambiental analiza el riesgo sísmico, inundación y
meteorología, incendios, riesgos tecnológicos y contaminación marina accidental. Para
dicho análisis de riesgos se ha considerado la información disponible en los planes
especiales de protección civil de la Región de Murcia y de fuentes oficiales.
Tras el análisis sobre la vulnerabilidad del proyecto ante el riesgo de accidente o
catástrofe, el promotor indica que las actuaciones del proyecto producen efectos
positivos sobre el riesgo de accidente grave o catástrofe por inundación y no aumentan
ningún otro riesgo natural como puede ser el riesgo sísmico, ni ninguno de los riesgos
tecnológico o antrópico analizados. Asimismo, en la valoración de los efectos de estos
riesgos sobre los factores ambientales, el promotor indica que no cabe esperar efectos
adversos ya que tanto las infraestructuras del parque fluvial como las del canal de la
rambla de la Pescadería se han diseñado teniendo en cuenta las características del
subsuelo y conforme a los estándares de estabilidad dinámica para su funcionamiento
óptimo frente a estos riesgos.
De acuerdo con el Plan Especial de Protección Civil ante riesgo sísmico en la Región
de Murcia y el Plan Territorial de Protección Civil de la Región de Murcia, la zona de

cve: BOE-A-2024-16660
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Núm. 193