III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16660)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones de protección frente a inundaciones en el campo de Cartagena. Recuperación de la rambla de la Pescadería. Fase 1 y Fase 2. Canalización de escorrentías a través de la Avenida Muñoz Zambudio hasta desembocadura, término municipal de Los Alcázares (Murcia)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
c.4
Sec. III. Pág. 103390
Vegetación, flora y fauna.
El impacto del proyecto sobre la vegetación consiste en la eliminación de la cubierta
vegetal. La eliminación de la vegetación tendrá lugar, tanto en la superficie de ocupación
definitiva por parte de la propia infraestructura como en las zonas de instalaciones
auxiliares y, en general, en todos los lugares en los que se haga necesaria la ocupación
del terreno, ya sea de manera definitiva o temporal.
El proyecto se ubica sobre zonas de uso agrícola y urbano, por lo que la vegetación
afectada se limita a cultivos de secano y regadío y vegetación ornamental. Tan sólo en
pequeñas extensiones condicionadas por la proximidad al nivel freático o por los
drenajes de la autovía se localiza otro tipo de vegetación, propia de zonas con mayor
humedad edáfica con presencia de especies como Arundo donax, Phragmites australis,
Tamarix sp o Nerium oleander. Por toda la superficie de actuación se han observado, de
forma más o menos dispersa, (con concentraciones puntuales de mayor abundancia)
diversas especies con potencial invasor. La zona de actuación no presenta tipos de
hábitats de interés comunitario (THIC) ni flora o vegetación de interés ya que la zona de
actuación corresponde con tierras de cultivo (Fase 2) y zonas urbanas del núcleo de Los
Alcázares (Fase 1). Dado el escaso valor ecológico de la flora y vegetación afectada, el
impacto es reducido.
La Fase 2 del proyecto supone la transformación de 29 ha de tierras de cultivo por un
parque inundable donde se llevarán a cabo labores de plantación con especies
autóctonas. Con objeto de favorecer un hábitat potencialmente característico de la zona,
el promotor ha seleccionado especies de porte herbáceo naturalizadas en la zona
características del hábitat prioritario de la Red Natura 2000 «1510 Estepas salinas
mediterráneas (Limonietalia)» como es el Lygeum spartum y el Limonium sp. Todas las
especies seleccionadas para la vegetación del parque son autóctonas, xerófilas y
adaptadas a ambientes salinos con el objetivo de minimizar al máximo el consumo de
agua para riego y asegurar la adecuada supervivencia de los ejemplares plantados.
Asimismo, se procederá a eliminar las especies exóticas presentes en la zona de
actuación.
La versión final del parque inundable incluye mayor número de árboles y arbustos. La
introducción de especies fitodepurativas en la lámina freática del parque inundable, con
elevada capacidad de eliminación de nitratos, así como las plantaciones previstas en
todos los taludes de los canales de aguas bajas, a modo de cunetas vegetadas, y en una
gran parte de superficie del parque inundable (62 % del total) contribuirán a filtrar
contaminantes y a retener sedimentos evitando su vertido al Mar Menor.
La versión final del proyecto prioriza la conservación de ejemplares de Pinus
halepensis de gran porte, inicialmente afectados por el proyecto, y mantiene gran parte
del Parque de las Peñas Huertanas con lo que se reduce el impacto sobre la vegetación
de interés.
No existe fauna de interés en la zona de actuación del proyecto, no obstante, el
promotor indica como medida preventiva que, antes del inicio de las obras, se procederá
a realizar una prospección de la zona afectada para verificar la ausencia de especies de
fauna. En caso contrario, se avisará a la autoridad competente en la gestión de especies
silvestres para seguir sus indicaciones.
Cambio climático.
La Dirección General de Patrimonio Natural y acción Climática de la Región de Murcia
indica que los principales impactos del proyecto sobre el cambio climático vienen derivados
de las emisiones debidas a la destrucción del almacenamiento de carbono (capacidad de
sumidero) en el suelo y, en su caso, las debidas a la capacidad de fijación y captura por la
vegetación destruida, así como a las emisiones de alcance 1, referidas a emisiones directas
durante las obras. Por este motivo indica, como medida compensatoria obligatoria, la
compensación del 37,7 % de la emisión de gases de efecto invernadero de alcance 1
emitidas durante la ejecución de las obras, así como el 100 % de la pérdida de sumidero
cve: BOE-A-2024-16660
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
c.4
Sec. III. Pág. 103390
Vegetación, flora y fauna.
El impacto del proyecto sobre la vegetación consiste en la eliminación de la cubierta
vegetal. La eliminación de la vegetación tendrá lugar, tanto en la superficie de ocupación
definitiva por parte de la propia infraestructura como en las zonas de instalaciones
auxiliares y, en general, en todos los lugares en los que se haga necesaria la ocupación
del terreno, ya sea de manera definitiva o temporal.
El proyecto se ubica sobre zonas de uso agrícola y urbano, por lo que la vegetación
afectada se limita a cultivos de secano y regadío y vegetación ornamental. Tan sólo en
pequeñas extensiones condicionadas por la proximidad al nivel freático o por los
drenajes de la autovía se localiza otro tipo de vegetación, propia de zonas con mayor
humedad edáfica con presencia de especies como Arundo donax, Phragmites australis,
Tamarix sp o Nerium oleander. Por toda la superficie de actuación se han observado, de
forma más o menos dispersa, (con concentraciones puntuales de mayor abundancia)
diversas especies con potencial invasor. La zona de actuación no presenta tipos de
hábitats de interés comunitario (THIC) ni flora o vegetación de interés ya que la zona de
actuación corresponde con tierras de cultivo (Fase 2) y zonas urbanas del núcleo de Los
Alcázares (Fase 1). Dado el escaso valor ecológico de la flora y vegetación afectada, el
impacto es reducido.
La Fase 2 del proyecto supone la transformación de 29 ha de tierras de cultivo por un
parque inundable donde se llevarán a cabo labores de plantación con especies
autóctonas. Con objeto de favorecer un hábitat potencialmente característico de la zona,
el promotor ha seleccionado especies de porte herbáceo naturalizadas en la zona
características del hábitat prioritario de la Red Natura 2000 «1510 Estepas salinas
mediterráneas (Limonietalia)» como es el Lygeum spartum y el Limonium sp. Todas las
especies seleccionadas para la vegetación del parque son autóctonas, xerófilas y
adaptadas a ambientes salinos con el objetivo de minimizar al máximo el consumo de
agua para riego y asegurar la adecuada supervivencia de los ejemplares plantados.
Asimismo, se procederá a eliminar las especies exóticas presentes en la zona de
actuación.
La versión final del parque inundable incluye mayor número de árboles y arbustos. La
introducción de especies fitodepurativas en la lámina freática del parque inundable, con
elevada capacidad de eliminación de nitratos, así como las plantaciones previstas en
todos los taludes de los canales de aguas bajas, a modo de cunetas vegetadas, y en una
gran parte de superficie del parque inundable (62 % del total) contribuirán a filtrar
contaminantes y a retener sedimentos evitando su vertido al Mar Menor.
La versión final del proyecto prioriza la conservación de ejemplares de Pinus
halepensis de gran porte, inicialmente afectados por el proyecto, y mantiene gran parte
del Parque de las Peñas Huertanas con lo que se reduce el impacto sobre la vegetación
de interés.
No existe fauna de interés en la zona de actuación del proyecto, no obstante, el
promotor indica como medida preventiva que, antes del inicio de las obras, se procederá
a realizar una prospección de la zona afectada para verificar la ausencia de especies de
fauna. En caso contrario, se avisará a la autoridad competente en la gestión de especies
silvestres para seguir sus indicaciones.
Cambio climático.
La Dirección General de Patrimonio Natural y acción Climática de la Región de Murcia
indica que los principales impactos del proyecto sobre el cambio climático vienen derivados
de las emisiones debidas a la destrucción del almacenamiento de carbono (capacidad de
sumidero) en el suelo y, en su caso, las debidas a la capacidad de fijación y captura por la
vegetación destruida, así como a las emisiones de alcance 1, referidas a emisiones directas
durante las obras. Por este motivo indica, como medida compensatoria obligatoria, la
compensación del 37,7 % de la emisión de gases de efecto invernadero de alcance 1
emitidas durante la ejecución de las obras, así como el 100 % de la pérdida de sumidero
cve: BOE-A-2024-16660
Verificable en https://www.boe.es
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