III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16649)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., para colaborar en la realización de un curso «España en el Mundo II».
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193

Sábado 10 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103310

III. Compromiso económico.
i. La realización del curso supone a la UIMP un gasto máximo de cuarenta y seis
mil quinientos setenta euros (46.570,00 euros), según se recoge en el Presupuesto que
figura como anexo II. De este importe:
– La cantidad de 32.659,00 euros, correspondiente a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado, traducción, streaming, publicidad, programas y otros
materiales (cuadernos, carpetas y otros materiales), gastos de infraestructura
(mantenimiento y limpieza de locales, vigilancia y personal) y becas de la convocatoria
oficial de la UIMP, se realizará mediante aportación de medios personales propios con
cargo a los créditos de personal del presupuesto ordinario de la UIMP, con cargo a
expedientes de contratación ya gestionados con carácter general para el conjunto de la
programación según la legislación aplicable, y a través de la convocatoria general de
becas para el conjunto de su programación, que la UIMP ya ha aprobado y publicado de
acuerdo con el procedimiento económico y administrativo previsto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por tanto, no es preciso aprobar un
gasto específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 13.911,00 euros, correspondiente a los
honorarios y transfers y kilometraje del profesorado, a la trasera y a las actividades
complementarias, irá con cargo a los conceptos de su presupuesto de gastos vigente
que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y suficiente, para lo
cual se aprueba el correspondiente gasto:
28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, trasera y actividades
complementarias, por importe de 8.950,00 euros.
28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a transfers, por importe de 4.961,00 euros.

IV. La UIMP se compromete a destacar la colaboración de la SEAEG en cuantos
medios se utilicen para la promoción y difusión del curso, incorporando el logotipo
institucional según el formato y directrices que se faciliten oportunamente con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
Cuarta.

Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.

I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
curso se destacará la colaboración del MAEUEC con la UIMP, respetando en todo caso
los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.

cve: BOE-A-2024-16649
Verificable en https://www.boe.es

ii. La UIMP, de acuerdo con lo que se recoge en el presupuesto que figura como
anexo II, asumirá la financiación de las partidas correspondientes a otros gastos
(cuadernos, carpetas y otros materiales) y a becas, por un importe máximo de cinco mil
ciento cincuenta euros (5.150,00 euros), ya incluidos en el gasto máximo indicado en el
punto i) de este apartado.
iii. La UIMP se compromete a presentar al MAEUEC, una vez finalizado el curso y
antes del 31 de octubre de 2024, una memoria de actividades realizadas en relación con
el objeto del convenio y la liquidación final del presupuesto revisando las unidades
realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios aprobados
en el presupuesto que se incluye como anexo II.
Dichos documentos deberán ir suscritos por el representante legal de la entidad,
conforme establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y presentarse
electrónicamente a través, exclusivamente, de la Sede Electrónica Central del Ministerio,
no siendo válido ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal electrónico de
las Administraciones Públicas.