III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-16648)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., el Instituto Cervantes, la Asociación Española de Terminología, el Barcelona Supercomputing Center, la Universidad Politécnica de Madrid y la Real Academia de Ingeniería, para la realización del Portal de Acceso a Terminologías en España y Servicios de Inteligencia Artificial (TeresIA).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103286
uso y la protección del agua, desarrollado en virtud de la misma para la masa o masas
de agua potencialmente afectadas, en consulta con las partes interesadas pertinentes.
iv. Transición a una economía circular, incluidos la prevención y el reciclaje de
residuos: Los equipos utilizados cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales
establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento
de datos, u ordenadores y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas. Los equipos
no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la
Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales
homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Al final de su vida útil, el equipo
se someterá a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o
un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento
selectivo de acuerdo con el anexo VII de la Directiva 2012/19/ UE.
v. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas: Se asegurará
que las instalaciones de infraestructuras IT no afectarán negativamente a las buenas
condiciones y la resiliencia de los ecosistemas, tampoco al estado de conservación de
los hábitats y las especies, en particular, los espacios de interés de la Unión. Por ello,
cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de
acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
d. Firmar los modelos del anexo IV de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre:
– Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
– Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
– Compromiso de cumplimiento de principios transversales mediante la firma del
Modelo declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan
de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
c) En caso de subcontratar parte o toda la actividad financiada con cargo al
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la entidad beneficiaria de la ayuda, ya sean
contratistas o subcontratistas, tendrán que cumplir con la normativa europea y nacional
que les resulte aplicable y, en particular, con las obligaciones reflejadas en la cláusula
segunda b) de este convenio, así como con el resto de las obligaciones que se derivan
del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, especialmente en
materia de etiquetado digital y verde, principio de no causar daño significativo, evitar
conflictos de intereses, fraude, corrupción, comunicación, transferencia de datos y
publicación obligatoria, cuando corresponda, en la Plataforma de Contratos del Sector
Público («PLACSP») o en la herramienta de contratación aplicable en cada caso.
d) Llevar un inventario de los bienes, materiales o inmateriales, adquiridos con
cargo a las aportaciones previstas. El inventario deberá registrar, para cada elemento
que se incluya en los apartados correspondientes, información sobre cada uno de los
gastos imputados, concepto, importes abonados, fechas de los gastos y de los pagos, y
denominación y NIF o equivalente de los proveedores o destinatarios, de acuerdo con lo
recogido en el artículo 22, letra d) del Reglamento (UE) 2021/241.
e) Cumplir con las obligaciones en materia de información, comunicación y
publicidad contempladas en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, relativo al
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, sobre la financiación europea en las medidas
incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Remitir con la periodicidad, procedimiento y formato, según se establece en las
Órdenes HFP 1030/2021 y HFP 1031/2021, y con referencia a las fechas contables que
establezca la Autoridad Responsable del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
(MRR), información sobre el seguimiento de la ejecución contable de los gastos
financiados con estos fondos. La información se emitirá de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 46.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. Las partes remitirán
esta información al CSIC con tiempo suficiente para que, en su calidad de entidad
cve: BOE-A-2024-16648
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103286
uso y la protección del agua, desarrollado en virtud de la misma para la masa o masas
de agua potencialmente afectadas, en consulta con las partes interesadas pertinentes.
iv. Transición a una economía circular, incluidos la prevención y el reciclaje de
residuos: Los equipos utilizados cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales
establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento
de datos, u ordenadores y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas. Los equipos
no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la
Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales
homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Al final de su vida útil, el equipo
se someterá a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o
un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento
selectivo de acuerdo con el anexo VII de la Directiva 2012/19/ UE.
v. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas: Se asegurará
que las instalaciones de infraestructuras IT no afectarán negativamente a las buenas
condiciones y la resiliencia de los ecosistemas, tampoco al estado de conservación de
los hábitats y las especies, en particular, los espacios de interés de la Unión. Por ello,
cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de
acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
d. Firmar los modelos del anexo IV de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre:
– Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
– Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
– Compromiso de cumplimiento de principios transversales mediante la firma del
Modelo declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan
de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
c) En caso de subcontratar parte o toda la actividad financiada con cargo al
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la entidad beneficiaria de la ayuda, ya sean
contratistas o subcontratistas, tendrán que cumplir con la normativa europea y nacional
que les resulte aplicable y, en particular, con las obligaciones reflejadas en la cláusula
segunda b) de este convenio, así como con el resto de las obligaciones que se derivan
del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, especialmente en
materia de etiquetado digital y verde, principio de no causar daño significativo, evitar
conflictos de intereses, fraude, corrupción, comunicación, transferencia de datos y
publicación obligatoria, cuando corresponda, en la Plataforma de Contratos del Sector
Público («PLACSP») o en la herramienta de contratación aplicable en cada caso.
d) Llevar un inventario de los bienes, materiales o inmateriales, adquiridos con
cargo a las aportaciones previstas. El inventario deberá registrar, para cada elemento
que se incluya en los apartados correspondientes, información sobre cada uno de los
gastos imputados, concepto, importes abonados, fechas de los gastos y de los pagos, y
denominación y NIF o equivalente de los proveedores o destinatarios, de acuerdo con lo
recogido en el artículo 22, letra d) del Reglamento (UE) 2021/241.
e) Cumplir con las obligaciones en materia de información, comunicación y
publicidad contempladas en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, relativo al
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, sobre la financiación europea en las medidas
incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Remitir con la periodicidad, procedimiento y formato, según se establece en las
Órdenes HFP 1030/2021 y HFP 1031/2021, y con referencia a las fechas contables que
establezca la Autoridad Responsable del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
(MRR), información sobre el seguimiento de la ejecución contable de los gastos
financiados con estos fondos. La información se emitirá de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 46.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. Las partes remitirán
esta información al CSIC con tiempo suficiente para que, en su calidad de entidad
cve: BOE-A-2024-16648
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 193