III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-16675)
Resolución de 2 de agosto de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Consejo Insular de Menorca, para la cesión de información procedente de la base padronal del INE en el ámbito de los trabajos previstos en la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103556
Undécimo.
Que el Instituto Nacional de Estadística, conforme a los principios de cooperación y
coordinación en la actuación entre las Administraciones públicas, desea habilitar los
medios oportunos para que la cesión de la información procedente de su base padronal
se lleve a cabo de la forma más eficiente posible en el marco legalmente vigente.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer el marco en cuanto a las condiciones y
procedimiento para la cesión de la información procedente de la base padronal del
Instituto Nacional de Estadística, en la forma de los ficheros denominados de
«personas», «hogares» y «viviendas» en el ámbito de los trabajos para la puesta en
marcha de un nuevo sistema de gestión de información territorial para la coordinación de
los Padrones municipales, a las entidades beneficiaras de las subvenciones previstas en
la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, del Ministerio de Política Territorial, por la
que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente
a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los
sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondientes a los municipios
destinatarios de la actuación subvencionable.
El contenido y la descripción de estos ficheros figura en la Guía Técnica del INE a la
que se refiere el artículo 5.2, primer párrafo, de la Orden TER/1235/2023; la cual se
encuentra publicada en el portal de internet del INE: IDA-Padrón: https://
idapadron.ine.es/idapadron-web/idapadron-documentacion.
Segunda. Cesión de ficheros municipales y municipios adheridos en base a la
disposición adicional cuarta de la Orden TER/1235/2023.
Tercera. Obligaciones de confidencialidad y uso exclusivo de los ficheros para la
finalidad para la que son cedidos, por todas las personas intervinientes en los
trabajos.
En virtud de lo establecido en el artículo 5.1.b) Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre
circulación de estos datos, así como lo contemplado por la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
cve: BOE-A-2024-16675
Verificable en https://www.boe.es
El INE entregará al Consell Insular de Menorca los ficheros de los municipios
destinatarios de la actuación subvencionable, conforme al listado de municipios incluido
en la solicitud de la subvención, previsto en el artículo 15.3.b).2.º de la Orden
TER/1235/2023, de 15 de noviembre.
Asimismo, el INE facilitará los ficheros de los municipios mayores de 20.000
habitantes que se hayan adherido con posterioridad a la presentación de la solicitud de
la subvención, o que puedan adherirse con posterioridad a la fecha de suscripción del
presente convenio, conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Orden
TER/1235/2023, mediante la remisión de los anexos de adhesión correspondientes para
su aprobación e inclusión en el proyecto, a través de la sede electrónica de la
convocatoria
de
subvenciones
(https://sede.administracionespublicas.gob.es/
procedimientos/portada/ida/0/idp/520).
Núm. 193
Sábado 10 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103556
Undécimo.
Que el Instituto Nacional de Estadística, conforme a los principios de cooperación y
coordinación en la actuación entre las Administraciones públicas, desea habilitar los
medios oportunos para que la cesión de la información procedente de su base padronal
se lleve a cabo de la forma más eficiente posible en el marco legalmente vigente.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer el marco en cuanto a las condiciones y
procedimiento para la cesión de la información procedente de la base padronal del
Instituto Nacional de Estadística, en la forma de los ficheros denominados de
«personas», «hogares» y «viviendas» en el ámbito de los trabajos para la puesta en
marcha de un nuevo sistema de gestión de información territorial para la coordinación de
los Padrones municipales, a las entidades beneficiaras de las subvenciones previstas en
la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, del Ministerio de Política Territorial, por la
que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente
a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los
sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondientes a los municipios
destinatarios de la actuación subvencionable.
El contenido y la descripción de estos ficheros figura en la Guía Técnica del INE a la
que se refiere el artículo 5.2, primer párrafo, de la Orden TER/1235/2023; la cual se
encuentra publicada en el portal de internet del INE: IDA-Padrón: https://
idapadron.ine.es/idapadron-web/idapadron-documentacion.
Segunda. Cesión de ficheros municipales y municipios adheridos en base a la
disposición adicional cuarta de la Orden TER/1235/2023.
Tercera. Obligaciones de confidencialidad y uso exclusivo de los ficheros para la
finalidad para la que son cedidos, por todas las personas intervinientes en los
trabajos.
En virtud de lo establecido en el artículo 5.1.b) Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre
circulación de estos datos, así como lo contemplado por la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
cve: BOE-A-2024-16675
Verificable en https://www.boe.es
El INE entregará al Consell Insular de Menorca los ficheros de los municipios
destinatarios de la actuación subvencionable, conforme al listado de municipios incluido
en la solicitud de la subvención, previsto en el artículo 15.3.b).2.º de la Orden
TER/1235/2023, de 15 de noviembre.
Asimismo, el INE facilitará los ficheros de los municipios mayores de 20.000
habitantes que se hayan adherido con posterioridad a la presentación de la solicitud de
la subvención, o que puedan adherirse con posterioridad a la fecha de suscripción del
presente convenio, conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Orden
TER/1235/2023, mediante la remisión de los anexos de adhesión correspondientes para
su aprobación e inclusión en el proyecto, a través de la sede electrónica de la
convocatoria
de
subvenciones
(https://sede.administracionespublicas.gob.es/
procedimientos/portada/ida/0/idp/520).