III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2024-16574)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Viernes 9 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 102724

Ministerio. El objetivo es la formación en competencias digitales de las familias para
favorecer su integración social y educativa.
C)

Unidad de apoyo a la orientación y seguimiento del abandono escolar temprano.

Esta Unidad tiene por objeto el seguimiento y apoyo específico a jóvenes y adultos
sin suficiente cualificación, con el ánimo de ofrecerles información sobre las distintas
posibilidades formativas y las diferentes vías de reincorporación al sistema educativo.
La Unidad debe contribuir a dicha reincorporación y a facilitar su inserción social y
laboral, en relación con las necesidades del mercado de trabajo en la Ciudad de Melilla.
Se dirigirá, principalmente, a los jóvenes que han abandonado prematuramente el
sistema educativo sin titulación o que, teniendo el título de Graduado en educación
secundaria obligatoria, han abandonado el sistema educativo sin concluir el bachillerato
o los ciclos formativos de formación profesional de grado medio. Esta unidad, además,
ofrecerá información sobre el reconocimiento de las competencias profesionales
adquiridas mediante experiencia profesional.
La Unidad tendrá los siguientes cometidos:
a) Confeccionar un registro de los jóvenes que se hallen en los supuestos
señalados anteriormente.
b) Recabar y disponer de materiales que permitan la orientación acerca de la oferta
formativa en la Ciudad de Melilla, de las posibilidades de ayudas y oportunidades para el
estudio y para la orientación profesional.
c) Contactar mediante llamadas telefónicas, correo electrónico o carta con los
jóvenes incluidos en el registro. Realizar entrevistas personales y facilitarles información
sobre la oferta formativa y la orientación profesional.
d) Llevar a cabo un seguimiento, mediante tutorías individualizadas, de los jóvenes
que hayan sido entrevistados.
e) Informar y difundir, a través de diferentes medios, la oferta formativa.
f) Fomentar redes de apoyo al estudio para los jóvenes participantes, en
colaboración con los agentes sociales.
g) Recoger en protocolos la labor realizada, así como dejar constancia de la misma
en una base de datos.
h) Coordinarse con los responsables locales de la Unidad de orientación y
seguimiento de jóvenes que abandonan prematuramente la educación y la formación.
Para su funcionamiento, en dependencias facilitadas por el Gobierno de la Ciudad de
Melilla, la Unidad contará con los siguientes recursos humanos:
i) Un graduado en psicopedagogía, psicología o titulación equivalente, que ejercerá
la jefatura de la Unidad.
j) Un técnico superior de integración social y un auxiliar administrativo, ambos a
media jornada, seleccionados por la Ciudad de Melilla.

Tercera.

Elaboración y contenido de la Memoria.

1. Coincidiendo con cada uno de los tres pagos que lleva a cabo el Ministerio
conforme a lo establecido en la cláusula séptima del convenio, la Ciudad de Melilla
remitirá al Ministerio una Memoria.
Esta Memoria servirá de soporte documental de las actuaciones realizadas hasta ese
momento, con el propósito de verificar que los gastos han sido realizados y que los
objetivos pretendidos han sido alcanzados o están en la vía de lograrlos.

cve: BOE-A-2024-16574
Verificable en https://www.boe.es

La Unidad actuará bajo las directrices de la Dirección provincial del Ministerio en
cuanto a autorización para recabar de los centros, de las Consejerías competentes o de
la Administración General del Estado la información necesaria que pueda ser útil para el
desempeño de sus funciones.