III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2024-16573)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192

Viernes 9 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 102705

Se pondrán a disposición de los referidos centros, los recursos humanos y materiales
necesarios para su correcto funcionamiento, siendo la Dirección provincial la
responsable de informar a los directores y de transmitir las oportunas instrucciones; por
su parte, los directores informarán al Consejo Escolar del centro.
B)

Programa de formación.

Este programa trata de responder a las necesidades detectadas en la ciudad
respecto de la formación de jóvenes y adultos desfavorecidos, con riesgo de exclusión
social y dificultades de inserción laboral por carecer de la educación básica o de una
primera formación profesional.
El objetivo será que los participantes puedan adquirir competencias y formación de
iniciación profesional que les permita:
a) Conocer las ocupaciones de un sector o campo profesional y la adquisición de
competencias con el fin de facilitar su reincorporación al sistema educativo y/o
productivo.
b) Despertar en los jóvenes inquietudes e intereses, con el objetivo de atraerlos a la
formación.
c) Adquirir las competencias necesarias para superar las pruebas de acceso a
ciclos formativos de grado medio.
d) Alcanzar una formación básica en informática y tecnologías de la información y
comunicación.
e) Obtener competencias profesionales que permitan reducir la baja tasa de
empleabilidad.
f) Lograr competencias lingüísticas en castellano que facilite su inserción social y
laboral.
Asimismo, la selección de los demandantes de las distintas actividades responderá a
los perfiles educativos exigidos en las mismas, teniendo en cuenta la pluralidad de la
oferta formativa de las distintas Administraciones, con el ánimo de evitar duplicidades en
la misma.
El Programa de formación se desarrollará a través de las siguientes acciones
prioritarias:
B.1)

Programa de alfabetización e inmersión lingüística en castellano.

B.2)
a)

Programas de impulso formativo hacia la empleabilidad.
«Programa de preparación en la mejora de la actitud».

Las actuaciones incluidas en este programa se dirigen a jóvenes mayores de
dieciséis años y menores de veinticuatro, con bajo nivel formativo, en situación de
desempleo y desescolarización. Esto es, jóvenes que no están en posesión de una
titulación básica o que, aun disponiendo de ella, no han continuado formándose o están
próximos a abandonar.

cve: BOE-A-2024-16573
Verificable en https://www.boe.es

Este programa se focaliza en el alumnado de escolarización tardía en el sistema
educativo español.
Para los menores extranjeros no acompañados se programarán actuaciones dirigidas
a atender las necesidades educativas de estos adolescentes, siguiendo el protocolo de
inmersión lingüística, refuerzo tutorial y adaptación al currículum diseñado por el
Ministerio. Igualmente, se reforzarán las acciones educativas destinadas a los niños del
Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes.
En paralelo, se impulsarán las propuestas pedagógicas diseñadas para la
adquisición del castellano como lengua extranjera con el objetivo de lograr la inclusión y
la plena integración de esos niños en sus grupos de iguales en los centros a los que
estén adscritos.