III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2024-16573)
Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102704
c) La colaboración con los programas de gratuidad, de préstamo y reposición de
libros de texto y material didáctico, desarrollados por la Ciudad de Ceuta, en los centros
de educación infantil, primaria y secundaria sostenidos con fondos públicos de la ciudad.
d) La mejora de la convivencia en los centros, favoreciendo las relaciones
interpersonales entre el alumnado y el resto de la comunidad educativa. En particular, se
pondrá el acento en la prevención de la violencia contra la mujer y en la promoción de la
igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Se crearán aulas de convivencia y se
ofrecerá la posibilidad de intervención de mediadores entre los equipos educativos y las
familias.
e) La prevención, detección y denuncia del acoso escolar, incluyendo el ciberacoso
producido en entornos digitales a través de las tecnologías de la información y
comunicación.
La Ciudad de Ceuta destinará a este plan un equipo formado por un Psicólogo,
Trabajadores Sociales, Técnicos Superiores en Integración Social y Mediadores
Sociales; sin perjuicio de la solicitud de colaboración para la detección de estas
situaciones al resto de trabajadores que interactúan con el alumnado.
Este equipo multidisciplinar facilitará la mediación entre los centros y las familias en
los casos de absentismo escolar y se encargará de coordinar y organizar los recursos
que las Administraciones pongan a disposición de los centros y de las familias. Para ello,
colaborará con los centros educativos, el Servicio de Inspección educativa, la Consejería
de Educación, Cultura y Juventud, la Policía Local y demás instituciones involucradas en
garantizar la escolaridad obligatoria y la protección de la infancia.
A.2) Plan de refuerzo a la escritura y competencia lectora.
Este plan está dirigido a la apertura de las bibliotecas escolares de los centros
públicos a toda la comunidad educativa. Las actividades deberán estar estrechamente
relacionadas con el fomento de la lectura y la utilización de la biblioteca como recurso
educativo.
El apoyo a la lectura y escritura será un objetivo prioritario en los centros, siendo una
competencia básica y esencial para el posterior desarrollo integral del alumnado.
A.3) Plan de apoyo socioeducativo.
Si una vez aseguradas las actuaciones prioritarias descritas anteriormente, existiera
remanente, se llevará a cabo un «Plan de apoyo socioeducativo» estructurado del
siguiente modo:
a) «Plan de apoyo de acompañamiento al programa Tránsito de 6.º de primaria
a 1.º de la ESO»: A través de este programa se acompañará al alumnado de 6.º de
primaria a 1.º de la ESO con el propósito de paliar las dificultades educativas inherentes
en la transición entre las etapas de primaria y secundaria, en particular, entre el
alumnado más vulnerable y en riesgo de exclusión. Este acompañamiento se realizará
en el aula e irá dirigido al refuerzo y a la compensación educativa. La Dirección provincial
del Ministerio será la responsable de la organización de dichas actuaciones y de la
elaboración de las instrucciones que acompañen a este programa educativo.
b) «Plan Abierto para jugar»: La Consejería de Educación, Cultura y Juventud y la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad de Ceuta colaborarán con la
Dirección provincial del Ministerio en la apertura de los colegios de educación infantil y
primaria en períodos vacacionales para desarrollar actividades lúdico-educativas y para
colaborar en el servicio de los comedores sociales. Estos centros, cuyo número mínimo
será estudiado y decidido por ambas partes según la necesidad de la ciudad y su
contexto, actuarán como «centros abiertos de refuerzo y acompañamiento» en los que el
alumnado pueda desarrollar actividades educativas, deportivas y de ocio. La Comisión
de seguimiento del convenio se encargará de coordinar el diseño y el funcionamiento de
estos centros abiertos.
cve: BOE-A-2024-16573
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102704
c) La colaboración con los programas de gratuidad, de préstamo y reposición de
libros de texto y material didáctico, desarrollados por la Ciudad de Ceuta, en los centros
de educación infantil, primaria y secundaria sostenidos con fondos públicos de la ciudad.
d) La mejora de la convivencia en los centros, favoreciendo las relaciones
interpersonales entre el alumnado y el resto de la comunidad educativa. En particular, se
pondrá el acento en la prevención de la violencia contra la mujer y en la promoción de la
igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Se crearán aulas de convivencia y se
ofrecerá la posibilidad de intervención de mediadores entre los equipos educativos y las
familias.
e) La prevención, detección y denuncia del acoso escolar, incluyendo el ciberacoso
producido en entornos digitales a través de las tecnologías de la información y
comunicación.
La Ciudad de Ceuta destinará a este plan un equipo formado por un Psicólogo,
Trabajadores Sociales, Técnicos Superiores en Integración Social y Mediadores
Sociales; sin perjuicio de la solicitud de colaboración para la detección de estas
situaciones al resto de trabajadores que interactúan con el alumnado.
Este equipo multidisciplinar facilitará la mediación entre los centros y las familias en
los casos de absentismo escolar y se encargará de coordinar y organizar los recursos
que las Administraciones pongan a disposición de los centros y de las familias. Para ello,
colaborará con los centros educativos, el Servicio de Inspección educativa, la Consejería
de Educación, Cultura y Juventud, la Policía Local y demás instituciones involucradas en
garantizar la escolaridad obligatoria y la protección de la infancia.
A.2) Plan de refuerzo a la escritura y competencia lectora.
Este plan está dirigido a la apertura de las bibliotecas escolares de los centros
públicos a toda la comunidad educativa. Las actividades deberán estar estrechamente
relacionadas con el fomento de la lectura y la utilización de la biblioteca como recurso
educativo.
El apoyo a la lectura y escritura será un objetivo prioritario en los centros, siendo una
competencia básica y esencial para el posterior desarrollo integral del alumnado.
A.3) Plan de apoyo socioeducativo.
Si una vez aseguradas las actuaciones prioritarias descritas anteriormente, existiera
remanente, se llevará a cabo un «Plan de apoyo socioeducativo» estructurado del
siguiente modo:
a) «Plan de apoyo de acompañamiento al programa Tránsito de 6.º de primaria
a 1.º de la ESO»: A través de este programa se acompañará al alumnado de 6.º de
primaria a 1.º de la ESO con el propósito de paliar las dificultades educativas inherentes
en la transición entre las etapas de primaria y secundaria, en particular, entre el
alumnado más vulnerable y en riesgo de exclusión. Este acompañamiento se realizará
en el aula e irá dirigido al refuerzo y a la compensación educativa. La Dirección provincial
del Ministerio será la responsable de la organización de dichas actuaciones y de la
elaboración de las instrucciones que acompañen a este programa educativo.
b) «Plan Abierto para jugar»: La Consejería de Educación, Cultura y Juventud y la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad de Ceuta colaborarán con la
Dirección provincial del Ministerio en la apertura de los colegios de educación infantil y
primaria en períodos vacacionales para desarrollar actividades lúdico-educativas y para
colaborar en el servicio de los comedores sociales. Estos centros, cuyo número mínimo
será estudiado y decidido por ambas partes según la necesidad de la ciudad y su
contexto, actuarán como «centros abiertos de refuerzo y acompañamiento» en los que el
alumnado pueda desarrollar actividades educativas, deportivas y de ocio. La Comisión
de seguimiento del convenio se encargará de coordinar el diseño y el funcionamiento de
estos centros abiertos.
cve: BOE-A-2024-16573
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 192