III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16587)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Orla Solar, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica Orla Solar II, de 49,11 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Coín, Casarabonela y Pizarra (Málaga).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103030

A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto, y autorización administrativa de construcción, con
fecha 26 de abril de 2023, el promotor presenta documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la
citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración
responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– 5 circuitos subterráneos a 30 kV desde la instalación fotovoltaica «Orla Solar II»
hasta la «SET Lomas 30/220 kV».
– Subestación eléctrica transformadora «SET Lomas 30/220 kV».
– Línea aero-subterránea de alta tensión (LASAT) a 220 kV, entre la subestación
«SET Lomas 30/220 kV» hasta el entronque en el apoyo 32 de la «LAAT 220-400 kV
SET Álora-SE Cártama REE».
– Línea aérea de alta tensión (LAAT) a 220 kV y 400 kV, desde el apoyo 32 de la
«LAAT 220-400 kV SET Álora-SE Cártama REE» hasta la SE Cártama 220-400 kV REE,
autorizada en el expediente PFot-367 «Faballones».
– Subestación SE Cártama 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU,
que se encuentra en servicio.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha de 17 de abril de 2024, declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del
promotor, el cual ha respondido al mismo manifestando conformidad, aportando
documentación y realizando sugerencias, que han sido analizadas y, en su caso,
incorporadas a la presente resolución.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor
ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el
correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 20 de abril
de 2023.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción del proyecto.
El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de
transporte y distribución de energía eléctrica establece en su disposición transitoria

cve: BOE-A-2024-16587
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Núm. 192