III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-16596)
Resolución de 22 de julio de 2024, del Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad Carlos III de Madrid y la Fundación Universidad Carlos III.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103111
Asimismo, para el cumplimiento de las previsiones contenidas en la cláusula octava
de este convenio, es necesario que la Fundación Universidad Carlos III trate los datos
personales de los estudiantes, tratamiento que realiza en la condición de encargada de
tratamiento conforme a las previsiones contenidas en el acuerdo de encargo de
tratamiento suscrito entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Fundación, todo ello
conforme a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
2) Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto. Se informa a
las partes que sus datos personales serán tratados con la finalidad de gestionar la
relación contractual y favorecer la comunicación entre las partes.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Universidad como
responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: Convenios UC3M; finalidad:
Coordinación, tramitación, gestión y archivo de convenios, junto con sus anexos y
adendas en caso de existir, suscritos tanto con personas físicas y jurídicas nacionales,
como extranjeras; ejercicio de derechos: Podrá ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el
envío de un correo a la siguiente dirección: dpd@uc3m.es; información adicional: Puede
consultar la información adicional y detallada sobre nuestra política de privacidad en
https://www.uc3m.es/protecciondedatos.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Fundación como
responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: Gestión de prácticas;
finalidad: Coordinación, tramitación, gestión y archivo de convenios, junto con sus
anexos; ejercicio de derechos: Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un
correo a la siguiente dirección; dspo@fund.uc3m.es; información adicional: Puede
consultar la información adicional y detallada sobre nuestra política de privacidad en
https://www.fundacion.uc3m.es/politica-de-privacidad.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza el CLPU: Identificación del
tratamiento: Control de accesos y recursos humanos; finalidad: Controlar el acceso de,
entre otro personal, becarios a las instalaciones del CLPU con el objeto de garantizar la
seguridad de personas, bienes e instalaciones, especialmente teniendo en cuenta de
que parte de la infraestructura del Centro tiene la consideración de instalación radiactiva
por parte del Consejo de Seguridad Nuclear, así como la gestión y control de
expedientes de becarios, incluyendo formación y prevención de riesgos; ejercicio de
derechos: Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación,
portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente
dirección: protecciondatos@clpu.es; información adicional: Puede consultar la
información adicional y detallada sobre nuestra política de privacidad en https://
www.clpu.es/portal-transparencia/proteccion-de-datos/#contenido_pt.
Decimoséptima.
Extinción del convenio.
a. El transcurso del plazo de vigencia sin que se hubiese producido la prórroga del
convenio.
b. El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c. El incumplimiento de las obligaciones previstas en el convenio por cualquiera de
las partes.
d. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e. Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
2. En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en el convenio,
cualquiera de las partes podrá notificar de manera fehaciente a la otra un requerimiento
cve: BOE-A-2024-16596
Verificable en https://www.boe.es
1. Los convenios se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Serán causas de resolución del convenio:
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103111
Asimismo, para el cumplimiento de las previsiones contenidas en la cláusula octava
de este convenio, es necesario que la Fundación Universidad Carlos III trate los datos
personales de los estudiantes, tratamiento que realiza en la condición de encargada de
tratamiento conforme a las previsiones contenidas en el acuerdo de encargo de
tratamiento suscrito entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Fundación, todo ello
conforme a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
2) Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto. Se informa a
las partes que sus datos personales serán tratados con la finalidad de gestionar la
relación contractual y favorecer la comunicación entre las partes.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Universidad como
responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: Convenios UC3M; finalidad:
Coordinación, tramitación, gestión y archivo de convenios, junto con sus anexos y
adendas en caso de existir, suscritos tanto con personas físicas y jurídicas nacionales,
como extranjeras; ejercicio de derechos: Podrá ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el
envío de un correo a la siguiente dirección: dpd@uc3m.es; información adicional: Puede
consultar la información adicional y detallada sobre nuestra política de privacidad en
https://www.uc3m.es/protecciondedatos.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Fundación como
responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: Gestión de prácticas;
finalidad: Coordinación, tramitación, gestión y archivo de convenios, junto con sus
anexos; ejercicio de derechos: Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un
correo a la siguiente dirección; dspo@fund.uc3m.es; información adicional: Puede
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https://www.fundacion.uc3m.es/politica-de-privacidad.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza el CLPU: Identificación del
tratamiento: Control de accesos y recursos humanos; finalidad: Controlar el acceso de,
entre otro personal, becarios a las instalaciones del CLPU con el objeto de garantizar la
seguridad de personas, bienes e instalaciones, especialmente teniendo en cuenta de
que parte de la infraestructura del Centro tiene la consideración de instalación radiactiva
por parte del Consejo de Seguridad Nuclear, así como la gestión y control de
expedientes de becarios, incluyendo formación y prevención de riesgos; ejercicio de
derechos: Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación,
portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente
dirección: protecciondatos@clpu.es; información adicional: Puede consultar la
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www.clpu.es/portal-transparencia/proteccion-de-datos/#contenido_pt.
Decimoséptima.
Extinción del convenio.
a. El transcurso del plazo de vigencia sin que se hubiese producido la prórroga del
convenio.
b. El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c. El incumplimiento de las obligaciones previstas en el convenio por cualquiera de
las partes.
d. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e. Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
2. En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en el convenio,
cualquiera de las partes podrá notificar de manera fehaciente a la otra un requerimiento
cve: BOE-A-2024-16596
Verificable en https://www.boe.es
1. Los convenios se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
Serán causas de resolución del convenio: