III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2024-16577)
Orden TES/848/2024, de 3 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2024, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
167 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102786
través de la gestión de éstos, mientras que el 20 % restante se acaba haciendo
finalmente a través de otros canales.
También es frecuente que la denominación del puesto que finalmente se cubre no
coincida exactamente con la denominación del puesto que se ofertó, por lo que resulta
difícil determinar con exactitud si uno se corresponde con el otro.
Situaciones de las ofertas de empleo. Las ofertas de empleo pueden encontrarse en
distintas situaciones de gestión excluyentes entre sí, siendo las principales:
– Registrada. No se ha hecho ninguna gestión con la oferta.
– Atendida o emparejada. El SPE ha identificado al menos a una persona que
pudiera ser candidata (creación de la relación demanda-oferta a través de un sondeo,
cita, etc.).
– En casación. Se ha enviado a la empresa al menos a una persona.
– Concluida. Ya no se hace gestión directa con ella y queda con cero puestos
pendientes, pero la persona responsable de la gestión puede volverla a recuperar y
además hay procesos automáticos que siguen haciendo gestión con ella (proceso de
cobertura de puestos descrito más adelante).
– En baja. No se hace ninguna gestión con ella y no se puede recuperar para la
gestión.
Adicionalmente, cualquiera de las anteriores puede estar a la vez:
– En difusión nacional. Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en el Portal
del Sistema Nacional de Empleo, que a su vez se difunden en el portal Empléate.
– En difusión regional. Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en sus
propios portales.
Relación demanda-oferta. Es la relación que se genera cuando una persona
demandante entra en contacto con una oferta de empleo a través de los SPE. Estas
personas pueden estar en distintas situaciones, entre otras por haber sido:
– Sondeada. El SPE obtiene personas candidatas sondeando las demandas que
cumplen con los requerimientos de la oferta.
– Citada. El SPE la ha citado como paso previo al envío a la empresa, para
comprobar cuestiones relacionadas con su perfil, con su interés por el puesto de trabajo,
etc.
– Enviada. El SPE la envía a la empresa como candidata, quedando pendiente del
resultado. Como hemos indicado antes, muchas veces el resultado no retorna a los SPE.
Colocación de personas demandantes. Es la colocación por cuenta ajena de
demandantes. Se extraen del fichero de colocaciones y se generan como consecuencia
de la comunicación de contratos de trabajo.
A los efectos de las colocaciones tienen la consideración de demandantes aquellas
cuya demanda está en situación administrativa de:
– Alta.
– Suspensión.
– Baja de menos de seis meses.
Las colocaciones de demandantes en relación con la oferta de empleo registrada en
el servicio público de empleo (SPE), se realiza a través del código de cuenta de
cotización de la empresa (no a través del NIF de la empresa), y pueden ser:
– Con oferta previa. Se entiende que hay oferta previa cuando, o bien la empresa
consigna el número de oferta en la comunicación de la contratación, o bien se localiza
cve: BOE-A-2024-16577
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 192
Viernes 9 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102786
través de la gestión de éstos, mientras que el 20 % restante se acaba haciendo
finalmente a través de otros canales.
También es frecuente que la denominación del puesto que finalmente se cubre no
coincida exactamente con la denominación del puesto que se ofertó, por lo que resulta
difícil determinar con exactitud si uno se corresponde con el otro.
Situaciones de las ofertas de empleo. Las ofertas de empleo pueden encontrarse en
distintas situaciones de gestión excluyentes entre sí, siendo las principales:
– Registrada. No se ha hecho ninguna gestión con la oferta.
– Atendida o emparejada. El SPE ha identificado al menos a una persona que
pudiera ser candidata (creación de la relación demanda-oferta a través de un sondeo,
cita, etc.).
– En casación. Se ha enviado a la empresa al menos a una persona.
– Concluida. Ya no se hace gestión directa con ella y queda con cero puestos
pendientes, pero la persona responsable de la gestión puede volverla a recuperar y
además hay procesos automáticos que siguen haciendo gestión con ella (proceso de
cobertura de puestos descrito más adelante).
– En baja. No se hace ninguna gestión con ella y no se puede recuperar para la
gestión.
Adicionalmente, cualquiera de las anteriores puede estar a la vez:
– En difusión nacional. Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en el Portal
del Sistema Nacional de Empleo, que a su vez se difunden en el portal Empléate.
– En difusión regional. Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en sus
propios portales.
Relación demanda-oferta. Es la relación que se genera cuando una persona
demandante entra en contacto con una oferta de empleo a través de los SPE. Estas
personas pueden estar en distintas situaciones, entre otras por haber sido:
– Sondeada. El SPE obtiene personas candidatas sondeando las demandas que
cumplen con los requerimientos de la oferta.
– Citada. El SPE la ha citado como paso previo al envío a la empresa, para
comprobar cuestiones relacionadas con su perfil, con su interés por el puesto de trabajo,
etc.
– Enviada. El SPE la envía a la empresa como candidata, quedando pendiente del
resultado. Como hemos indicado antes, muchas veces el resultado no retorna a los SPE.
Colocación de personas demandantes. Es la colocación por cuenta ajena de
demandantes. Se extraen del fichero de colocaciones y se generan como consecuencia
de la comunicación de contratos de trabajo.
A los efectos de las colocaciones tienen la consideración de demandantes aquellas
cuya demanda está en situación administrativa de:
– Alta.
– Suspensión.
– Baja de menos de seis meses.
Las colocaciones de demandantes en relación con la oferta de empleo registrada en
el servicio público de empleo (SPE), se realiza a través del código de cuenta de
cotización de la empresa (no a través del NIF de la empresa), y pueden ser:
– Con oferta previa. Se entiende que hay oferta previa cuando, o bien la empresa
consigna el número de oferta en la comunicación de la contratación, o bien se localiza
cve: BOE-A-2024-16577
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 192