III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16487)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Prolongación del muelle 9 y relleno del muelle 8 para la creación de una nueva explanada polivalente en el puerto de Málaga (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191

Jueves 8 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 102358

El promotor establece como medidas que las zonas de rodadura de camiones y
maquinaria se limpiarán y se regarán en caso de que se acumulen muchos materiales
pulverulentos.
Respecto al cambio climático, la principal afección se deriva del incremento de
emisiones asociado al incremento de capacidad de buques. Se aborda un análisis de
factores climáticos referidos a la estimación de emisiones de Gases de Efecto
Invernadero (GEI), realizando un estudio de la huella de carbono actual y de su
evolución esperada con el desarrollo de la infraestructura contemplada en el presente
proyecto. La estimación se ciñe a las emisiones generadas durante la fase de
funcionamiento. El cálculo se realiza a partir de las rutas de los buques se calculan los
consumos estimados de las diferentes fuentes de emisión.
El documento ambiental incluye el cálculo de las emisiones de GEI y huella de
carbono. A partir de 2025, comienza a apreciarse el incremento asociado al proyecto,
siendo las emisiones del orden del doble con proyecto que sin proyecto, con valores
de 17.600 t en 2030 con proyecto, frente a 8.800 sin proyecto, y 38.700 t con proyecto
en 2055, frente a 19.300 t sin proyecto.
La Oficina de Cambio Climático del MITECO informa que se aborda un análisis de
factores climáticos referidos a la estimación de emisiones GEI. En referencia al cálculo
de la huella de carbono, se comprueba que, para realizar el cálculo de las emisiones
GEI, se ha empleado la metodología recogida en la Guía Metodológica para el cálculo de
la huella de carbono de Puertos del Estado publicada en diciembre de 2020. No
obstante, recuerda que la finalidad de este cálculo es proponer alternativas para reducir
y compensar la huella de carbono por lo que los resultados se deben traducir en
medidas. El promotor indica que, en el documento ambiental, se incluye el cálculo de la
huella de carbono, sin proyecto y con el proyecto realizado.
Batimetría, fondo marino y naturaleza del sustrato.

En la parte terrestre, la alteración de los suelos será mínima, ya que la zona de
actuación cuenta con suelo cementado o asfaltado, que aísla cualquier tipo de alteración
producida por la maquinaria. También pueden ocurrir vertidos o derrames que provoquen
la contaminación accidental del suelo, que se minimizará con la aplicación de las
medidas correctoras y protectoras propuestas. Por todo ello, el impacto sobre el suelo se
considera no significativo.
Respecto a la zona de dragado, en la zona de ampliación del Muelle 9, el fondo
marino se encuentra en torno a la cota -14. Según recoge la ecocartografía de Málaga
(2005), los fondos en la zona de dragado están compuestos por sedimentos no
consolidados de grano muy fino-fino. La caracterización granulométrica muestra que los
sedimentos son muy homogéneos y tienen un alto contenido en finos (un porcentaje
medio del 69 %).
El promotor indica que se van a dragar los fondos para acondicionar el lecho para
aumentar el calado del muelle 9, por lo que se ha realizado un muestreo y
caracterización de los sedimentos siguiendo las Directrices para Caracterización de
Material dragado (en adelante DCMD) y su reubicación en aguas del Dominio Público
Marítimo Terrestre (CIEM, 2021), para lo que se han tomado 40 muestras en la zona a
dragar. La clasificación final del material muestra que es de categoría B por presencia de
níquel, por lo que, en cuanto a su gestión, puede ser vertido exclusivamente fuera de las
zonas de vertido restringidas.
En cuanto a la zona de vertido, las dos zonas consideradas se sitúan al suroeste de
la bocana del puerto, entre los 54 y los 70 m de profundidad, en una zona de pendiente
prácticamente constante del 14 %. La caracterización granulométrica muestra que la
fracción de finos la predominante en todas las muestras, así como la d50 de todas las
muestras. El porcentaje medio de finos es del 86,75 %, con un máximo de 94 % y un
mínimo del 77,5 %. La fracción arenosa tiene un valor medio de 13,25 %, un máximo
de 22,5 % y un mínimo del 6 %.

cve: BOE-A-2024-16487
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