III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-16487)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Prolongación del muelle 9 y relleno del muelle 8 para la creación de una nueva explanada polivalente en el puerto de Málaga (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191

Jueves 8 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 102368

El promotor establece los diferentes informes a presentar durante la ejecución de las
obras: condiciones generales del proyecto, niveles preoperacionales de calidad
hidrológica, censo de especies protegidas, seguimiento sobre calidad hidrológica y de las
especies protegidas y en su caso los informes especiales que se presentarán cuando
ocurra alguna anomalía que afecte el normal desarrollo de las obras o a la explotación, y
que pueda ocasionar un deterioro ambiental mayor del previsto.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala que
el PVA deberá incluir, durante la ejecución del proyecto, un control periódico de la calidad
del agua en las inmediaciones de las actuaciones, junto a la zona de vertido del material
dragado, estableciendo las condiciones en las que se efectuará dicho control, además de
solicitar que le sea remitida esta información. En caso de detectar niveles
significativamente superiores a los observados en el estado o darse una tendencia hacia
el empeoramiento de la calidad del agua durante los trabajos, deberá reducirse la
intensidad de las operaciones y realizar nuevos análisis para comprobar si persiste la
situación. Si los resultados superan nuevamente los valores de referencia, se detendrán
las operaciones hasta identificar la fuente de contaminación e implementar nuevas
medidas correctoras.
El promotor indica que en el documento ambiental se recoge la campaña de
caracterización de la columna de agua y las características fisicoquímicas. No obstante,
se remitirá la información solicitada. Además, se establecerá un protocolo con el fin de
informar a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO de
aquellas incidencias que se registren durante la fase de ejecución del proyecto, y se le
remitirá la información recabada en el PVA.
d.

Prescripciones adicionales:

Del análisis técnico realizado por el órgano ambiental, se desprende que es
necesario añadir al proyecto las siguientes prescripciones adicionales que el promotor
deberá cumplir e integrar en el proyecto, junto con las demás medidas preventivas y
correctoras contempladas en el documento ambiental y demás documentación
complementaria generada. Ello no le exime de la obligación de obtener todas las
autorizaciones ambientales o sectoriales, que resulten legalmente exigibles, ni del
cumplimiento de la legislación ambiental vigente.
El Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de Málaga de la Junta de
Andalucía concluye su informe condicionando la autorización del proyecto a la ejecución
de una serie de condicionantes, que se resumen a continuación:
Cautelas previas a las obras en puerto y vaciadero:

– Se realizará una prospección geofísica, asegurando la cobertura total de las
diferentes zonas definida en el proyecto, tanto las afectadas por dragados como por las
nuevas construcciones. Se definen las condiciones en las que ha de ejecutarse la
prospección. Los resultados obtenidos, una vez interpretados los datos geofísicos y
realizada la comprobación de las anomalías detectadas, irán encaminados a la obtención
de un diagnóstico arqueológico que servirá de base para el establecimiento de nuevas
cautelas arqueológicas, siempre que se estime necesario desde la Delegación Territorial
de Turismo, Cultura y Deporte. En el caso de verterse en zonas en las que no se haya
vertido con anterioridad, se propone la realización de una prospección geofísica
completa.
2.

Cautelas durante la ejecución de la obra:

– Se realizarán un control arqueológico de movimientos de tierra a bordo de draga
por parte de personal técnico especializado en arqueología subacuática, durante toda la
fase de dragado.
– Se ejecutarán prospecciones arqueológicas subacuáticas en el caso de extracción
de material que indicara la existencia de pecios en la zona, con el fin de evaluar la

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