III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16489)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar II, de 42,57 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla y Ambite, en las provincias de Guadalajara y Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102382
Ojeadores Solar II se situaría parcialmente en dominio público hidráulico y zona de
servidumbre del citado cauce, así como dentro de la zona de policía de cauces públicos
y requiere que se aporte el estudio hidrológico e hidráulico con los cálculos realizados,
teniendo en cuenta la limitación de no disponer de instalaciones de media y alta tensión
en zona de flujo preferente. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el
cual expresa su conformidad con las mismas, y aporta los requeridos estudios
hidrológicos donde hace una serie de aclaraciones sobre la incidencia del cauce la
Vertiente del Portillo. Posteriormente, se recibe, procedente del promotor, resolución de
la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre la ejecución de obras del proyecto en la
zona de policía de cauces, en el que, además, el citado organismo concluye que la
Vertiente del Portillo puede ser considerado un elemento despreciable a los efectos del
cálculo de zonas inundables.
Se ha recibido respuesta de UFD Distribución Electricidad, SA, en el que pone de
manifiesto, entre otros condicionados técnicos, que la línea de evacuación a 220 kV
«SET Ojeadores – SET Armada» puede suponer múltiples afecciones sobre
infraestructuras propiedad del organismo en cuestión. Se ha dado traslado al promotor,
que contesta prestando conformidad al condicionado técnico y manifiesta la intención de
cumplir la normativa vigente a tal efecto.
Preguntados la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de
la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, la
Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Almoguera, el Ayuntamiento de
Fuentenovilla, el Ayuntamiento de Mondéjar, el Ayuntamiento de Ambite, la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, Distribución Eléctrica Las Mercedes, SLU, la
Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Transportes y
Movilidad de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, y Telefónica de España, SAU, no se ha recibido contestación por su parte, por
lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 5 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 31 de
agosto de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara», y el 15 de
septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», el 31 de agosto
de 2023 en el diario «ABC», el 1 de septiembre de 2023 en el diario «Nueva Alcarria» y
con la exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Ambite
(con fecha 4 de septiembre de 2023), de Mondéjar (con fecha 13 de septiembre
de 2023), de Fuentenovilla (con fecha 14 de septiembre de 2023), de Ambite (con
fecha 4 de septiembre de 2023) y de Almoguera. Se han recibido alegaciones, que han
sido contestadas por el promotor.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Guadalajara ha emitido informe en fecha 18 de diciembre de 2023, complementado
posteriormente.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid ha emitido
informe en fecha 2 de noviembre de 2023, complementado posteriormente.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación, y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) fueron sometidos al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaración de impacto
ambiental favorable, mediante Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
cve: BOE-A-2024-16489
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 191
Jueves 8 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 102382
Ojeadores Solar II se situaría parcialmente en dominio público hidráulico y zona de
servidumbre del citado cauce, así como dentro de la zona de policía de cauces públicos
y requiere que se aporte el estudio hidrológico e hidráulico con los cálculos realizados,
teniendo en cuenta la limitación de no disponer de instalaciones de media y alta tensión
en zona de flujo preferente. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el
cual expresa su conformidad con las mismas, y aporta los requeridos estudios
hidrológicos donde hace una serie de aclaraciones sobre la incidencia del cauce la
Vertiente del Portillo. Posteriormente, se recibe, procedente del promotor, resolución de
la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre la ejecución de obras del proyecto en la
zona de policía de cauces, en el que, además, el citado organismo concluye que la
Vertiente del Portillo puede ser considerado un elemento despreciable a los efectos del
cálculo de zonas inundables.
Se ha recibido respuesta de UFD Distribución Electricidad, SA, en el que pone de
manifiesto, entre otros condicionados técnicos, que la línea de evacuación a 220 kV
«SET Ojeadores – SET Armada» puede suponer múltiples afecciones sobre
infraestructuras propiedad del organismo en cuestión. Se ha dado traslado al promotor,
que contesta prestando conformidad al condicionado técnico y manifiesta la intención de
cumplir la normativa vigente a tal efecto.
Preguntados la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de
la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, la
Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Almoguera, el Ayuntamiento de
Fuentenovilla, el Ayuntamiento de Mondéjar, el Ayuntamiento de Ambite, la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, Distribución Eléctrica Las Mercedes, SLU, la
Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Transportes y
Movilidad de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, y Telefónica de España, SAU, no se ha recibido contestación por su parte, por
lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 5 de septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 31 de
agosto de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara», y el 15 de
septiembre de 2023 en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», el 31 de agosto
de 2023 en el diario «ABC», el 1 de septiembre de 2023 en el diario «Nueva Alcarria» y
con la exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Ambite
(con fecha 4 de septiembre de 2023), de Mondéjar (con fecha 13 de septiembre
de 2023), de Fuentenovilla (con fecha 14 de septiembre de 2023), de Ambite (con
fecha 4 de septiembre de 2023) y de Almoguera. Se han recibido alegaciones, que han
sido contestadas por el promotor.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Guadalajara ha emitido informe en fecha 18 de diciembre de 2023, complementado
posteriormente.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid ha emitido
informe en fecha 2 de noviembre de 2023, complementado posteriormente.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación, y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) fueron sometidos al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaración de impacto
ambiental favorable, mediante Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
cve: BOE-A-2024-16489
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 191