I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-16328)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190

Miércoles 7 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 101448

Oficina de Asuntos Jurídicos–, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4.° del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a lo señalado en la nota verbal
LA 41 TR/2017/IV-4/Perú/1, de fecha 1 de marzo de 2017, tiene a honra informar lo
siguiente:
– Mediante Decreto Supremo n.° 003-2024-PCM, de fecha 10 de enero de 2024, el
Estado peruano ha declarado el estado de emergencia, por el plazo de (60) días
calendario, a partir del 11 de enero de 2024, en los distritos y provincias que se indican a
continuación:
N.°

Distrito

Provincia

Departamento

1

Todos los distritos. Zarumilla.

Tumbes.

2

Todos los distritos. Sullana.

Piura.

3

Todos los distritos. Ayabaca.

Piura.

4

Todos los distritos. Huancabamba. Piura.

5

Todos los distritos. San Ignacio.

6

Él Cenepa.

Condorcanqui. Amazonas.

7

Torres Causana.

Maynas.

Cajamarca.
Loreto.

– El motivo de la declaratoria de emergencia es el incremento de la inseguridad
ciudadana y la comisión de delitos en las zonas antes mencionadas; como el tráfico
ilícito de drogas, la trata de personas y la minería ilegal, entre otros, que ponen en riesgo
la vigencia y protección de los derechos fundamentales de la población. Asimismo, la
necesidad de ejecutar las acciones que garanticen la preservación del orden interno.
– Durante el estado de emergencia quedan suspendidos los derechos
constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de
domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los
Artículos 9, 12, 17 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas hace propicia la
oportunidad para reiterar a la Secretaría General de las Naciones Unidas –Sección de
Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos– las seguridades de su más alta y
distinguida consideración.
Nueva York, 12 de enero de 2024.»
CHILE.
06-02-2024 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
«Nota n.º 28/2024.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Política de la
República, por decreto supremo n.º 83, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
publicado el 3 de febrero de 2024, S.E. el Presidente de la República Gabriel Boric Font
declaró Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en las provincias de Marga
Marga y Valparaíso de la Región de Valparaíso.
Lo anterior, en respuesta a los incendios forestales verificados en la zona, que han
afectado reservas naturales, infraestructura y zonas residenciales, con graves
consecuencias en la vida e integridad de las personas afectadas. En ese sentido, el

cve: BOE-A-2024-16328
Verificable en https://www.boe.es

La Misión Permanente de Chile ante la Organización de las Naciones Unidas saluda
muy atentamente al señor Secretario General y, de conformidad lo dispuesto en el artículo 4
del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tiene a bien informar lo siguiente: