III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16379)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para la instrumentación de la "Facilidad para promoción de vivienda social".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190

Miércoles 7 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 101604

Recuperación y Resiliencia. Este contrato permite a España disponer de hasta 69.500
millones de euros en ayudas financieras no reembolsables.
Que el Consejo de Ministros, en su reunión de 9 de mayo de 2023, adoptó un
acuerdo por el que se encomendó al entonces Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y al Instituto de Crédito Oficial la definición y desarrollo de una nueva
línea de préstamos ICO para el impulso de la vivienda social.
Quinto.
Que en el Consejo de Ministros de 6 de junio de 2023 se ha aprobado el documento
final de la Adenda de Ampliación al PRTR. Esta incorpora la asignación de las
transferencias adicionales que corresponden a España.
Sexto.
Que en la adenda se ha priorizado el empleo de financiación reembolsable para la
realización de inversiones ligadas a instrumentos financieros reembolsables, con el
objeto de favorecer así el uso eficiente de estos recursos en proyectos del sector privado
con inversiones que generen retornos económicos y sociales, limitando al mismo tiempo
el impacto sobre la deuda pública neta.
Que dentro de la adenda se establece una inversión C02.I07 a través de la cual se
asigna un presupuesto de 4.000 millones de euros a la «Facilidad para promoción de
vivienda social», para financiar actuaciones de promoción de vivienda social en alquiler,
alineada con el objetivo de la inversión C02.I02. «Programa de construcción de viviendas
en alquiler social en edificios energéticamente eficientes», que se aplica a través del
Programa 6 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los
programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del PRTR,
ampliando su alcance. Esta medida consistirá en una inversión pública en un
instrumento, el Mecanismo de Préstamos ICO para la Promoción de la Vivienda Social,
con el fin de incentivar la inversión privada y mejorar el acceso a la financiación para la
construcción y renovación de viviendas sociales asequibles y eficientes desde el punto
de vista energético, así como para desarrollar mercados de capitales en estos ámbitos.
Séptimo.
Que en lo relativo a la «Facilidad para promoción de vivienda social», el MIVAU
actuará como Entidad Decisora a través de la Secretaría de Estado de Vivienda y
Agenda Urbana, y el ICO como Entidad Ejecutora, ambos términos de acuerdo con el
artículo 3 de la Orden HFP/1031/2021.
Octavo.

Noveno.
Que el 27 de febrero de 2024 se ha aprobado por el Consejo de Ministros (en
adelante ACM), el Acuerdo por el que se establecen las condiciones generales de
ejecución y los términos financieros para la implementación de las Facilidades
gestionadas por el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y/o AXIS Participaciones
Empresariales SGEICC, SA, S.M.E., en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, para ejecutar y canalizar hasta un total de 39.862 millones

cve: BOE-A-2024-16379
Verificable en https://www.boe.es

Que el desembolso de los fondos que se reciben a través del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (MRR) queda supeditado y vinculado al cumplimiento de los
hitos y objetivos del anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo de la Unión Europea
(CID por sus siglas en inglés). En particular, la «Facilidad para promoción de vivienda
social» es acorde a las condiciones de la descripción de la medida C2.I7 y atiende a los
hitos y objetivos L4, L5, L6 y L7.