III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16380)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para la gestión de avales por cuenta del Estado de la "Facilidad para promoción de vivienda social".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190

Miércoles 7 de agosto de 2024

Año

Comisión administración ICO
(millones de euros)

2047

0,57

2048

0,5

2049

0,43

2050

0,37

2051

0,3

2052

0,23

2053

0,17

2054

0,1

2055

0,04

2056

0,04

Total

Sec. III. Pág. 101659

31

Si en alguna anualidad el importe disponible para el abono de la comisión de
administración de ICO por parte del MIVAU no fuera suficiente para cubrir los
desembolsos que deba realizar al ICO de acuerdo con la presente Estipulación, el
MIVAU desembolsará a ICO los importes correspondientes pendientes de pago en la
siguiente o siguientes anualidades en las que haya importe disponible suficiente.
En los casos de reajuste de las anualidades entre ejercicios de los importes
comprometidos, siempre que no se altere el importe total de los mismos, la tramitación
del expediente financiero de reajuste de anualidades no precisará la suscripción de una
Adenda, siendo suficiente el acuerdo de la Comisión de Seguimiento con la propuesta de
reprogramación de los importes, una vez valorada por dicha comisión la certificación
emitida por el ICO.
Undécima.

Envío de datos relativos a operaciones.

Con carácter anual, el ICO enviará al MIVAU un informe descriptivo con la relación
de todas las operaciones formalizadas hasta 31 de diciembre de 2026 dentro de la
«Facilidad para promoción de vivienda social», el importe de aval ejecutado, los
préstamos que las entidades financieras hayan reportado a ICO como amortizados
totalmente y los préstamos financiados por ICO directamente que estén amortizados
totalmente, las operaciones que las entidades financieras o el ICO hayan comunicado
como fallidas contables y/o jurídicas y los importes recuperados que hayan abonado las
entidades financieras a ICO o que se hayan recuperado por ICO.
A estos efectos, el envío de los informes al MIVAU, podrá realizarse a través de la
aplicación Banc@ico (o la plataforma informática que ICO indique), a la que se dará
acceso por el ICO, en su caso, al MIVAU.
Comisión de Seguimiento y evaluación.

Para el seguimiento, vigilancia y control de ejecución del presente Convenio se
constituirá una Comisión de Seguimiento constituida por los siguientes miembros:
– Tres representantes del MIVAU designados por la Secretaría General de Agenda
Urbana, Vivienda y Arquitectura, uno de los cuales ejercerá las funciones de Presidente
de la Comisión.
– Tres representantes de ICO, uno de los cuales pertenecerá de la Dirección de
Mediación y Pymes, otro a la Dirección de Asesoría Jurídica y otro a la Dirección de
Seguimiento y Recuperaciones.

cve: BOE-A-2024-16380
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.