III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-16383)
Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101774
compatibilidad urbanística o certificado firmado por el Ayuntamiento que acredite el uso
industrial del suelo en el que se emplaza el plan de inversión.
c.7) Para aquellos casos en los que el proyecto haya de someterse a procedimiento
de autorización, de acuerdo con Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de
la contaminación, acreditación de la solicitud de la autorización correspondiente.
Para puntuar en este subcriterio se deberá aportar bien la solicitud de autorización,
bien la autorización ambiental. En caso de que la ejecución del plan de inversión no
requiera la tramitación de autorización ambiental se aportará certificado emitido por
profesional o técnico colegiado que certifique la no necesidad de autorización ambiental.
En este caso también se obtendrán tres puntos.
d) Emisiones de gases de efecto invernadero evitadas con respecto a las mejores
técnicas disponibles en el sector y otras mejores medioambientales:
Criterio
Puntuación máxima
Umbral de puntuación
Emisiones de gases de efecto invernadero evitadas con respecto a las mejores técnicas
disponibles en el sector y otras mejores medioambientales:
40
7
d.1) Emisiones directas de GEI evitadas.
15
d.2) Cociente entre la subvención bruta equivalente solicitada y las emisiones directas de GEI evitadas.
15
d.3) Reducción relativa del consumo de agua.
4
d.4) Contribución a la reducción de la generación de residuos.
3
d.5) Aprovechamiento de residuos generados en otras actividades.
3
Criterio/subcriterio
d.1) Emisiones directas de GEI evitadas.
Valor
Puntuación
Menor que 5.000 tCO2e
No elegible
Mayor o igual que 5.000 y menor que 25.000 tCO2e
1
Mayor o igual que 25.000 y menor que 50.000 tCO2e
2
Mayor o igual que 50.000 y menor que 75.000 tCO2e
3
Mayor o igual que 75.000 y menor que 100.000 tCO2e
4
Mayor o igual que 100.000 y menor que 200.000 tCO2e
5
Mayor o igual que 200.000 y menor que 300.000 tCO2e
6
Mayor o igual que 300.000 y menor que 400.000 tCO2e
7
Mayor o igual que 400.000 y menor que 500.000 tCO2e
8
Mayor o igual que 500.000 y menor que 600.000 tCO2e
9
Mayor o igual que 600.000 y menor que 700.000 tCO2e
10
Mayor o igual que 700.000 y menor que 800.000 tCO2e
11
Mayor o igual que 800.000 y menor que 900.000 tCO2e
12
Mayor o igual que 900.000 y menor que 1.000.000 tCO2e
13
Mayor o igual que 1.000.000 y menor que 2.000.000 tCO2e
14
Mayor o igual que 2.000.000 tCO2e
15
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
La forma de valoración de dichos criterios será la siguiente:
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101774
compatibilidad urbanística o certificado firmado por el Ayuntamiento que acredite el uso
industrial del suelo en el que se emplaza el plan de inversión.
c.7) Para aquellos casos en los que el proyecto haya de someterse a procedimiento
de autorización, de acuerdo con Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de
la contaminación, acreditación de la solicitud de la autorización correspondiente.
Para puntuar en este subcriterio se deberá aportar bien la solicitud de autorización,
bien la autorización ambiental. En caso de que la ejecución del plan de inversión no
requiera la tramitación de autorización ambiental se aportará certificado emitido por
profesional o técnico colegiado que certifique la no necesidad de autorización ambiental.
En este caso también se obtendrán tres puntos.
d) Emisiones de gases de efecto invernadero evitadas con respecto a las mejores
técnicas disponibles en el sector y otras mejores medioambientales:
Criterio
Puntuación máxima
Umbral de puntuación
Emisiones de gases de efecto invernadero evitadas con respecto a las mejores técnicas
disponibles en el sector y otras mejores medioambientales:
40
7
d.1) Emisiones directas de GEI evitadas.
15
d.2) Cociente entre la subvención bruta equivalente solicitada y las emisiones directas de GEI evitadas.
15
d.3) Reducción relativa del consumo de agua.
4
d.4) Contribución a la reducción de la generación de residuos.
3
d.5) Aprovechamiento de residuos generados en otras actividades.
3
Criterio/subcriterio
d.1) Emisiones directas de GEI evitadas.
Valor
Puntuación
Menor que 5.000 tCO2e
No elegible
Mayor o igual que 5.000 y menor que 25.000 tCO2e
1
Mayor o igual que 25.000 y menor que 50.000 tCO2e
2
Mayor o igual que 50.000 y menor que 75.000 tCO2e
3
Mayor o igual que 75.000 y menor que 100.000 tCO2e
4
Mayor o igual que 100.000 y menor que 200.000 tCO2e
5
Mayor o igual que 200.000 y menor que 300.000 tCO2e
6
Mayor o igual que 300.000 y menor que 400.000 tCO2e
7
Mayor o igual que 400.000 y menor que 500.000 tCO2e
8
Mayor o igual que 500.000 y menor que 600.000 tCO2e
9
Mayor o igual que 600.000 y menor que 700.000 tCO2e
10
Mayor o igual que 700.000 y menor que 800.000 tCO2e
11
Mayor o igual que 800.000 y menor que 900.000 tCO2e
12
Mayor o igual que 900.000 y menor que 1.000.000 tCO2e
13
Mayor o igual que 1.000.000 y menor que 2.000.000 tCO2e
14
Mayor o igual que 2.000.000 tCO2e
15
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
La forma de valoración de dichos criterios será la siguiente: