III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-16383)
Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Criterio
c.7) Para aquellos casos en los que el proyecto haya de someterse a procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados
de la contaminación, acreditación de la solicitud de la licencia ambiental correspondiente.
Sec. III. Pág. 101773
Puntuación máxima
Umbral de puntuación
3
La forma de valoración de dichos criterios será la siguiente:
Criterio/subcriterio
Valor
Puntuación
c.1) Cociente entre la suma de los pre-acuerdos de venta o pre-contratos comerciales referidos a
los productos objeto del proyecto en los primeros dos años de producción que se presente junto con
la solicitud y el presupuesto de inversión total.
Menor que 50 %
(X1)*6/50
Mayor o igual que 50 %
6
Menor que 75 %
(X2)*9/75
Mayor o igual que 75 %
9
c.2) Cociente entre los pre-acuerdos de compra de los conceptos financiables que se presenten
junto con la solicitud y el presupuesto financiable.
c.1) se calcula con una precisión de un decimal. Para puntuar en este subcriterio se
deberán aportar los pre-acuerdos de venta o pre-contratos comerciales referidos a los
productos objeto del plan de inversión de los primeros dos años de la producción.
c.2) Cociente entre el presupuesto presentado y los pre-acuerdos de compra de los
conceptos financiables que se presenten junto con la solicitud. Aportación de factura proforma o preacuerdos de compra debidamente firmados.
X2 es el cociente entre la suma de los pre-acuerdos de compra de los conceptos
financiables que se presenten junto con la solicitud y el presupuesto financiable. Se
obtiene la máxima puntuación si es mayor o igual que el 50 % en importe de los equipos
y se interpola linealmente si es menor o igual que 50 %. c.2) se calcula con una precisión
de un decimal.
Para puntuar en este subcriterio se deberán aportar las facturas pro-forma o los preacuerdos de compra de los conceptos financiables que se presenten junto con la
solicitud.
c.3) Acreditación de la titularidad o contrato de alquiler relativo a la ubicación (suelo
industrial o nave, en caso que exista) en la que se va a ejecutar el proyecto; Para
puntuar en este subcriterio se deberá aportar bien nota simple, bien escritura de compraventa que acredite la titularidad del inmueble por parte del solicitante. En el caso de que
el inmueble se encuentre arrendado se deberá aportar el contrato de alquiler en el que
figure como arrendatario la empresa solicitante. Si se cumplen estas condiciones, se
obtendrán 3 puntos.
c.4) Acreditación de la solicitud de la licencia de obra o acreditación de la solicitud
de la licencia de actividad. Para puntuar en este subcriterio se deberá aportar bien la
licencia de obra, bien la solicitud de la licencia de actividad. En caso de que la ejecución
del plan de inversión no requiera la tramitación de licencia de obra se aportará certificado
emitido por profesional o técnico colegiado que certifique la no necesidad de licencia de
obra. En este último caso también se puntuará con 3 puntos.
c.5) Acreditación de la licencia de actividad o acreditación de la solicitud de la
licencia de actividad. Para puntuar en este criterio se deberá aportar la licencia de
actividad o solicitud de la licencia de actividad.
c.6) Acreditación del uso del suelo donde se va a realizar la inversión como
industrial. Para puntuar en este subcriterio se deberá aportar certificado de
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
X1 es el cociente entre la suma de los pre-acuerdos de venta o pre-contratos
comerciales referidos a los productos objeto del proyecto en los primeros dos años de
producción que se presente junto con la solicitud y el presupuesto de inversión total. Se
obtiene la máxima puntuación si es mayor o igual que el 50 %, en importe, y se interpola
linealmente si es menor o igual que 50 %.
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Criterio
c.7) Para aquellos casos en los que el proyecto haya de someterse a procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados
de la contaminación, acreditación de la solicitud de la licencia ambiental correspondiente.
Sec. III. Pág. 101773
Puntuación máxima
Umbral de puntuación
3
La forma de valoración de dichos criterios será la siguiente:
Criterio/subcriterio
Valor
Puntuación
c.1) Cociente entre la suma de los pre-acuerdos de venta o pre-contratos comerciales referidos a
los productos objeto del proyecto en los primeros dos años de producción que se presente junto con
la solicitud y el presupuesto de inversión total.
Menor que 50 %
(X1)*6/50
Mayor o igual que 50 %
6
Menor que 75 %
(X2)*9/75
Mayor o igual que 75 %
9
c.2) Cociente entre los pre-acuerdos de compra de los conceptos financiables que se presenten
junto con la solicitud y el presupuesto financiable.
c.1) se calcula con una precisión de un decimal. Para puntuar en este subcriterio se
deberán aportar los pre-acuerdos de venta o pre-contratos comerciales referidos a los
productos objeto del plan de inversión de los primeros dos años de la producción.
c.2) Cociente entre el presupuesto presentado y los pre-acuerdos de compra de los
conceptos financiables que se presenten junto con la solicitud. Aportación de factura proforma o preacuerdos de compra debidamente firmados.
X2 es el cociente entre la suma de los pre-acuerdos de compra de los conceptos
financiables que se presenten junto con la solicitud y el presupuesto financiable. Se
obtiene la máxima puntuación si es mayor o igual que el 50 % en importe de los equipos
y se interpola linealmente si es menor o igual que 50 %. c.2) se calcula con una precisión
de un decimal.
Para puntuar en este subcriterio se deberán aportar las facturas pro-forma o los preacuerdos de compra de los conceptos financiables que se presenten junto con la
solicitud.
c.3) Acreditación de la titularidad o contrato de alquiler relativo a la ubicación (suelo
industrial o nave, en caso que exista) en la que se va a ejecutar el proyecto; Para
puntuar en este subcriterio se deberá aportar bien nota simple, bien escritura de compraventa que acredite la titularidad del inmueble por parte del solicitante. En el caso de que
el inmueble se encuentre arrendado se deberá aportar el contrato de alquiler en el que
figure como arrendatario la empresa solicitante. Si se cumplen estas condiciones, se
obtendrán 3 puntos.
c.4) Acreditación de la solicitud de la licencia de obra o acreditación de la solicitud
de la licencia de actividad. Para puntuar en este subcriterio se deberá aportar bien la
licencia de obra, bien la solicitud de la licencia de actividad. En caso de que la ejecución
del plan de inversión no requiera la tramitación de licencia de obra se aportará certificado
emitido por profesional o técnico colegiado que certifique la no necesidad de licencia de
obra. En este último caso también se puntuará con 3 puntos.
c.5) Acreditación de la licencia de actividad o acreditación de la solicitud de la
licencia de actividad. Para puntuar en este criterio se deberá aportar la licencia de
actividad o solicitud de la licencia de actividad.
c.6) Acreditación del uso del suelo donde se va a realizar la inversión como
industrial. Para puntuar en este subcriterio se deberá aportar certificado de
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
X1 es el cociente entre la suma de los pre-acuerdos de venta o pre-contratos
comerciales referidos a los productos objeto del proyecto en los primeros dos años de
producción que se presente junto con la solicitud y el presupuesto de inversión total. Se
obtiene la máxima puntuación si es mayor o igual que el 50 %, en importe, y se interpola
linealmente si es menor o igual que 50 %.