III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-16383)
Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101742
órgano obtenga de forma directa la acreditación de tal cumplimiento, en los términos
previstos en el artículo 27.2.g).
b) No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni
estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la
Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado
interior.
c) Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera
otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado.
d) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el
artículo 13, apartados 2, 3 y 3 bis, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) Todos los beneficiarios propuestos deben enviar el modelo de declaración
conjunta denominada «Declaración responsable para prevenir la doble financiación y el
conflicto de intereses», según el modelo del anexo XI y sus posibles actualizaciones en
el portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo.
4. Para importes de ayudas superiores a 30.000 euros, los interesados propuestos
como beneficiarios deberán acreditar, en los términos previstos en el artículo 13.3 bis de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en un plazo de diez días
desde la notificación de la propuesta de resolución provisional, el cumplimiento de los
plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Cualquier
financiación que permita el cobro anticipado de la empresa proveedora se considerará
válida a efectos del cumplimiento de este apartado, siempre y cuando su coste corra a
cargo del cliente y se haga sin posibilidad de recurso al proveedor en caso de impago.
Las empresas que puedan presentar cuentas abreviadas adjuntarán el modelo de
certificado en el anexo XII y sus posibles actualizaciones en el portal de ayudas del
Ministerio de Industria y Turismo.
5. Una vez examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por los
interesados, y recibida la acreditación citada en el apartado anterior, el órgano instructor
formulará la propuesta de resolución definitiva, que será notificada a los interesados que
hayan sido propuestos como beneficiarios, para que comuniquen, en un plazo de diez
días, la aceptación de la ayuda propuesta y acrediten el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en el caso de aquellos interesados
que hayan denegado expresamente su consentimiento para que el órgano obtenga de
forma directa la acreditación de tal cumplimiento, en los términos previstos en el
artículo 27.2.g).
La aceptación de la ayuda implicará el consentimiento de la cesión de datos entre las
Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa
europea, y en cumplimiento del artículo 8.1.d) de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como el
compromiso correspondiente en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR.
En aplicación de la normativa europea y nacional, la Dirección General de Programas
Industriales, podrá solicitar a la entidad ejecutora de los proyectos derivados del PRTR la
documentación y las autorizaciones que sean necesarias a efectos de cumplir con la
necesidad de cesión de datos a efectos de dar cumplimiento a los requerimientos del
artículo 22.2.d) del el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021.
6. Asimismo, el interesado deberá presentar, en un plazo de quince días desde la
propuesta de resolución definitiva, el justificante de constitución de garantías ante la Caja
General de Depósitos así como el dictamen favorable y el correspondiente informe de
validación emitido por una entidad de validación acreditada por ENAC en el Esquema de
Acreditación de organismos de verificación y validación para el cumplimiento del principio
de «no causar un perjuicio significativo al medioambiente» (Informe DNSH) (RDE-31), en
el que se acredite que el proyecto presentado cumple con dicho principio.
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101742
órgano obtenga de forma directa la acreditación de tal cumplimiento, en los términos
previstos en el artículo 27.2.g).
b) No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni
estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la
Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado
interior.
c) Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera
otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado.
d) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el
artículo 13, apartados 2, 3 y 3 bis, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) Todos los beneficiarios propuestos deben enviar el modelo de declaración
conjunta denominada «Declaración responsable para prevenir la doble financiación y el
conflicto de intereses», según el modelo del anexo XI y sus posibles actualizaciones en
el portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo.
4. Para importes de ayudas superiores a 30.000 euros, los interesados propuestos
como beneficiarios deberán acreditar, en los términos previstos en el artículo 13.3 bis de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en un plazo de diez días
desde la notificación de la propuesta de resolución provisional, el cumplimiento de los
plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Cualquier
financiación que permita el cobro anticipado de la empresa proveedora se considerará
válida a efectos del cumplimiento de este apartado, siempre y cuando su coste corra a
cargo del cliente y se haga sin posibilidad de recurso al proveedor en caso de impago.
Las empresas que puedan presentar cuentas abreviadas adjuntarán el modelo de
certificado en el anexo XII y sus posibles actualizaciones en el portal de ayudas del
Ministerio de Industria y Turismo.
5. Una vez examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por los
interesados, y recibida la acreditación citada en el apartado anterior, el órgano instructor
formulará la propuesta de resolución definitiva, que será notificada a los interesados que
hayan sido propuestos como beneficiarios, para que comuniquen, en un plazo de diez
días, la aceptación de la ayuda propuesta y acrediten el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en el caso de aquellos interesados
que hayan denegado expresamente su consentimiento para que el órgano obtenga de
forma directa la acreditación de tal cumplimiento, en los términos previstos en el
artículo 27.2.g).
La aceptación de la ayuda implicará el consentimiento de la cesión de datos entre las
Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa
europea, y en cumplimiento del artículo 8.1.d) de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como el
compromiso correspondiente en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR.
En aplicación de la normativa europea y nacional, la Dirección General de Programas
Industriales, podrá solicitar a la entidad ejecutora de los proyectos derivados del PRTR la
documentación y las autorizaciones que sean necesarias a efectos de cumplir con la
necesidad de cesión de datos a efectos de dar cumplimiento a los requerimientos del
artículo 22.2.d) del el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021.
6. Asimismo, el interesado deberá presentar, en un plazo de quince días desde la
propuesta de resolución definitiva, el justificante de constitución de garantías ante la Caja
General de Depósitos así como el dictamen favorable y el correspondiente informe de
validación emitido por una entidad de validación acreditada por ENAC en el Esquema de
Acreditación de organismos de verificación y validación para el cumplimiento del principio
de «no causar un perjuicio significativo al medioambiente» (Informe DNSH) (RDE-31), en
el que se acredite que el proyecto presentado cumple con dicho principio.
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 190