III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-16383)
Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 101716

de los productos, procesos o servicios existentes, incluidos los productos, procesos o
servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector. La investigación
industrial incluye la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la
construcción de prototipos en entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces
simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario
para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
b) Proyectos de desarrollo experimental: La adquisición, combinación,
configuración y utilización de conocimientos y capacidades científicos, tecnológicos,
empresariales y de otros tipos existentes con el objetivo de desarrollar productos,
procesos o servicios nuevos o mejorados, incluidos los productos, procesos o servicios
digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector. Podrá englobar también, por
ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos
productos, procesos o servicios. El desarrollo experimental podrá comprender la
creación de prototipos, la demostración, la realización piloto, el ensayo y la validación de
productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en entornos representativos de
condiciones reales de funcionamiento cuando el objetivo principal sea aportar mejoras
técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente fijados; podrá
incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente
cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte
demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación. El
desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas
en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras
operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de
los mismos.
c) Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a
proyectos de desarrollo experimental. Evaluación y análisis del potencial de un proyecto
primario, con el objetivo de apoyar el proceso de toma de decisiones de forma objetiva y
racional descubriendo sus puntos fuertes y débiles, y sus oportunidades y amenazas, así
como de determinar los recursos necesarios para llevarlo a cabo y, en última instancia,
sus perspectivas de éxito.
3. Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos. Dentro
de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos, de conformidad con el
artículo 29 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:
a) Proyectos de innovación en materia de organización: la aplicación de un nuevo
método organizativo a nivel de la empresa –a nivel de grupo en el sector industrial dado
en el Espacio Económico Europeo (EEE)–, la organización del centro de trabajo o las
relaciones exteriores; quedan excluidos de esta definición los cambios basados en
métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en la estrategia de
gestión, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, la mera sustitución o
ampliación de capital, los cambios derivados exclusivamente de variaciones del precio
de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los
cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de
productos nuevos o significativamente mejorados.
b) Proyectos de innovación en materia de procesos: la aplicación de un método de
producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios
significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos, a nivel de la
empresa (a nivel de grupo en el sector industrial dado en el EEE); quedan excluidos de
esta definición los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las
capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de
fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la
mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de
variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los
usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el
comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.

cve: BOE-A-2024-16383
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Núm. 190