III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-16383)
Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101715
3. Los subcontratistas quedarán obligados únicamente ante la entidad beneficiaria,
que asumirá la total responsabilidad de la ejecución de la actuación subvencionada
frente a la Administración.
4. El beneficiario deberá, en todo caso, informar sobre las actividades
subcontratadas y el presupuesto de subcontratación en la solicitud. En su caso, la
subcontratación estará sometida al cumplimiento de los requisitos apartado 3 del
artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En la fase de justificación el
contratista aportará en la cuenta justificativa la relación de las empresas subcontratadas.
CAPÍTULO II
Requisitos de las ayudas
Artículo 10.
Requisitos de los proyectos tractores.
1. Un proyecto tractor deberá consistir en la puesta en funcionamiento de una
nueva instalación industrial altamente eficiente y descarbonizada en la que se realice
alguna de las actividades descritas en el anexo I. Esta instalación no podrá utilizar
combustibles fósiles como fuente de energía ni como materia prima en ninguno de sus
procesos, excepto para el arranque de la instalación, para equipos de emergencia o
similares.
2. La nueva instalación industrial a la que se refiere el apartado anterior podrá ser:
a) Una nueva planta de producción industrial.
b) Una nueva línea de producción completa en una planta existente. Esta línea de
producción deberá integrar todas las etapas y procesos productivos necesarios para
obtener los productos finales a partir de materias primas.
Si existiesen etapas o procesos productivos, que no puedan separarse de forma
técnica o económicamente viable, compartidos entre la nueva línea de producción
descarbonizada y las líneas de producción ya existentes, estas etapas o procesos
compartidos no podrán utilizar combustibles fósiles. La inversión para su transformación
también podrá formar parte del proyecto tractor.
3. Un proyecto tractor contendrá uno o varios proyectos primarios de alguna de las
líneas de ayudas y tipologías del artículo 11 de esta orden.
Al menos uno de los proyectos primarios se encuadrará obligatoriamente en la línea
de ayudas del artículo 11.4.a). El incumplimiento de esta condición dará lugar a la
inadmisión de la solicitud.
4. Para poder obtener financiación en esta línea de ayudas un proyecto tractor
deberá evitar, al menos, la emisión de 5.000 toneladas de CO2 equivalente anuales. El
cálculo de las emisiones evitadas se realizará de acuerdo con el artículo 18.
1. Cada uno de los proyectos primarios que compongan un proyecto tractor se
enmarcará dentro de una de las líneas de ayuda detalladas en los siguientes apartados,
según las contempladas en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de
junio de 2014, y dentro de cada línea, únicamente en una de sus tipologías.
2. Línea de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad.
Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos, de
conformidad con el artículo 25 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17
de junio de 2014:
a) Proyectos de investigación industrial: La investigación planificada o los estudios
críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes para desarrollar
nuevos productos, procesos o servicios, o encaminados a lograr una mejora significativa
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 11. Clasificación de cada proyecto primario dentro de una línea de ayudas y de
alguna de sus tipologías.
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101715
3. Los subcontratistas quedarán obligados únicamente ante la entidad beneficiaria,
que asumirá la total responsabilidad de la ejecución de la actuación subvencionada
frente a la Administración.
4. El beneficiario deberá, en todo caso, informar sobre las actividades
subcontratadas y el presupuesto de subcontratación en la solicitud. En su caso, la
subcontratación estará sometida al cumplimiento de los requisitos apartado 3 del
artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En la fase de justificación el
contratista aportará en la cuenta justificativa la relación de las empresas subcontratadas.
CAPÍTULO II
Requisitos de las ayudas
Artículo 10.
Requisitos de los proyectos tractores.
1. Un proyecto tractor deberá consistir en la puesta en funcionamiento de una
nueva instalación industrial altamente eficiente y descarbonizada en la que se realice
alguna de las actividades descritas en el anexo I. Esta instalación no podrá utilizar
combustibles fósiles como fuente de energía ni como materia prima en ninguno de sus
procesos, excepto para el arranque de la instalación, para equipos de emergencia o
similares.
2. La nueva instalación industrial a la que se refiere el apartado anterior podrá ser:
a) Una nueva planta de producción industrial.
b) Una nueva línea de producción completa en una planta existente. Esta línea de
producción deberá integrar todas las etapas y procesos productivos necesarios para
obtener los productos finales a partir de materias primas.
Si existiesen etapas o procesos productivos, que no puedan separarse de forma
técnica o económicamente viable, compartidos entre la nueva línea de producción
descarbonizada y las líneas de producción ya existentes, estas etapas o procesos
compartidos no podrán utilizar combustibles fósiles. La inversión para su transformación
también podrá formar parte del proyecto tractor.
3. Un proyecto tractor contendrá uno o varios proyectos primarios de alguna de las
líneas de ayudas y tipologías del artículo 11 de esta orden.
Al menos uno de los proyectos primarios se encuadrará obligatoriamente en la línea
de ayudas del artículo 11.4.a). El incumplimiento de esta condición dará lugar a la
inadmisión de la solicitud.
4. Para poder obtener financiación en esta línea de ayudas un proyecto tractor
deberá evitar, al menos, la emisión de 5.000 toneladas de CO2 equivalente anuales. El
cálculo de las emisiones evitadas se realizará de acuerdo con el artículo 18.
1. Cada uno de los proyectos primarios que compongan un proyecto tractor se
enmarcará dentro de una de las líneas de ayuda detalladas en los siguientes apartados,
según las contempladas en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de
junio de 2014, y dentro de cada línea, únicamente en una de sus tipologías.
2. Línea de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad.
Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos, de
conformidad con el artículo 25 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17
de junio de 2014:
a) Proyectos de investigación industrial: La investigación planificada o los estudios
críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes para desarrollar
nuevos productos, procesos o servicios, o encaminados a lograr una mejora significativa
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 11. Clasificación de cada proyecto primario dentro de una línea de ayudas y de
alguna de sus tipologías.