III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-16383)
Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024.
121 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101818
El auditor ha recibido también una declaración del beneficiario en donde certifica no
encontrarse en una de las situaciones previstas en los apartados 4 y 7 del artículo 29 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El auditor ha tenido presente a lo largo de su revisión la información contenida en el
listado y en esa declaración, con objeto de comprobar su concordancia con el resto de
información o documentación utilizada por el auditor para la ejecución de los
procedimientos contemplados en esta norma.
7. Que se produce la necesaria coherencia entre los gastos e inversiones
justificadas y la naturaleza de las actividades subvencionadas conforme a la resolución
del Ministerio de Industria y Turismo concedente de la subvención.
c) Solicitud a la entidad beneficiaria de una declaración relativa a la financiación del
proyecto primario. El auditor ha recibido de la entidad beneficiaria una declaración conteniendo
la relación detallada de otros recursos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación de su importe y procedencia. Sobre la base de esta información
y de las condiciones impuestas al beneficiario para la percepción de la subvención objeto de
revisión, el auditor analizará la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o
privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, a efectos de
determinar la posible incompatibilidad y, en su caso, el exceso de financiación.
d) Otros procedimientos. Además, el auditor ha verificado el cumplimiento de aquellos
otros procedimientos adicionales que exige la resolución del Ministerio de Industria y Turismo, y
también ha verificado que los conceptos y las actuaciones objeto de subvención responden a
las normas y los criterios vigentes para la concesión de las ayudas.
e) Carta de manifestaciones. Al término de su trabajo el auditor ha solicitado a la
entidad beneficiaria una carta, firmada por la persona que suscribió la cuenta justificativa,
en la que se indica que se ha informado al auditor acerca de todas las circunstancias que
puedan afectar a la correcta percepción, aplicación y justificación de la subvención.
También se han incluido las manifestaciones que sean relevantes y que sirvan de
evidencia adicional al auditor sobre los procedimientos realizados.
Como resultado del trabajo realizado a continuación les informamos de aquellos
hechos o circunstancias que pudieran suponer incumplimientos de la normativa aplicable
o de las condiciones impuestas a (identificación del beneficiario de la subvención) para la
percepción de la subvención a que se refiere el apartado 1 anterior.
Lugar y fecha:
Firma y sello del auditor o auditores
XXX
Auditor de cuentas.
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
Dado que este trabajo de revisión, por sus características, no tiene la naturaleza de
auditoría de cuentas ni se encuentra sometido a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de
Auditoría de Cuentas, salvo en lo especialmente señalado en la Orden EHA/1434/2007,
de 17 de mayo, no expresamos una opinión de auditoría sobre la cuenta justificativa.
3. La entidad beneficiaria ha puesto a mi/nuestra disposición cuanta información le
ha sido requerida para realización de mi/nuestro trabajo con el alcance establecido en el
párrafo anterior.
4. Como resultado del trabajo realizado, les informamos de que no he/hemos
observado hechos o circunstancias que pudieran suponer incumplimientos de la
normativa aplicable o de las condiciones impuestas a (identificación del beneficiario de la
subvención) para la percepción de la subvención a que se refiere el apartado 1 anterior.
En caso contrario, cuando se detecten hechos relevantes el párrafo a incluir será el
siguiente:
Núm. 190
Miércoles 7 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101818
El auditor ha recibido también una declaración del beneficiario en donde certifica no
encontrarse en una de las situaciones previstas en los apartados 4 y 7 del artículo 29 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El auditor ha tenido presente a lo largo de su revisión la información contenida en el
listado y en esa declaración, con objeto de comprobar su concordancia con el resto de
información o documentación utilizada por el auditor para la ejecución de los
procedimientos contemplados en esta norma.
7. Que se produce la necesaria coherencia entre los gastos e inversiones
justificadas y la naturaleza de las actividades subvencionadas conforme a la resolución
del Ministerio de Industria y Turismo concedente de la subvención.
c) Solicitud a la entidad beneficiaria de una declaración relativa a la financiación del
proyecto primario. El auditor ha recibido de la entidad beneficiaria una declaración conteniendo
la relación detallada de otros recursos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación de su importe y procedencia. Sobre la base de esta información
y de las condiciones impuestas al beneficiario para la percepción de la subvención objeto de
revisión, el auditor analizará la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o
privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, a efectos de
determinar la posible incompatibilidad y, en su caso, el exceso de financiación.
d) Otros procedimientos. Además, el auditor ha verificado el cumplimiento de aquellos
otros procedimientos adicionales que exige la resolución del Ministerio de Industria y Turismo, y
también ha verificado que los conceptos y las actuaciones objeto de subvención responden a
las normas y los criterios vigentes para la concesión de las ayudas.
e) Carta de manifestaciones. Al término de su trabajo el auditor ha solicitado a la
entidad beneficiaria una carta, firmada por la persona que suscribió la cuenta justificativa,
en la que se indica que se ha informado al auditor acerca de todas las circunstancias que
puedan afectar a la correcta percepción, aplicación y justificación de la subvención.
También se han incluido las manifestaciones que sean relevantes y que sirvan de
evidencia adicional al auditor sobre los procedimientos realizados.
Como resultado del trabajo realizado a continuación les informamos de aquellos
hechos o circunstancias que pudieran suponer incumplimientos de la normativa aplicable
o de las condiciones impuestas a (identificación del beneficiario de la subvención) para la
percepción de la subvención a que se refiere el apartado 1 anterior.
Lugar y fecha:
Firma y sello del auditor o auditores
XXX
Auditor de cuentas.
cve: BOE-A-2024-16383
Verificable en https://www.boe.es
Dado que este trabajo de revisión, por sus características, no tiene la naturaleza de
auditoría de cuentas ni se encuentra sometido a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de
Auditoría de Cuentas, salvo en lo especialmente señalado en la Orden EHA/1434/2007,
de 17 de mayo, no expresamos una opinión de auditoría sobre la cuenta justificativa.
3. La entidad beneficiaria ha puesto a mi/nuestra disposición cuanta información le
ha sido requerida para realización de mi/nuestro trabajo con el alcance establecido en el
párrafo anterior.
4. Como resultado del trabajo realizado, les informamos de que no he/hemos
observado hechos o circunstancias que pudieran suponer incumplimientos de la
normativa aplicable o de las condiciones impuestas a (identificación del beneficiario de la
subvención) para la percepción de la subvención a que se refiere el apartado 1 anterior.
En caso contrario, cuando se detecten hechos relevantes el párrafo a incluir será el
siguiente: