III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-16300)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Alicante, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario al pasaje para el tráfico internacional de pasajeros en el puerto de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de agosto de 2024
b)

Sec. III. Pág. 101168

Servicio de carga y descarga de vehículos en régimen de pasaje

Funciones y formación requerida

N.º de Medios
Humanos u horario
mínimo de la
prestación

Disposición de
medios
(Concesionario/
Licenciatario)

Responsable de
Explotación.

Las principales funciones serán:
− Interlocutor con la Autoridad Portuaria, siendo localizable en todo momento
− Representante de la empresa titular de la licencia
− Responsable de la correcta prestación de los servicios conforme a los
niveles de calidad exigidos con capacidad suficiente de toma de decisiones
Deberá contar como mínimo con la siguiente formación:
− Titulación de grado medio.
− Dominio del idioma castellano e inglés (mínimo nivel B2 certificado)
− Experiencia mínima requerida:
Al menos 3 años en funciones similares en empresas dedicadas al transporte
de pasajeros o la prestación de servicios a los mismos

1

C

Coordinadores del servicio.

Las principales funciones del equipo de coordinadores para la cobertura
permanente del servicio mediante turnos son:
− Cumplimiento de los procedimientos operativos de los diferentes servicios
que integran el servicio portuario al pasaje.
− Gestión de los medios humanos y técnicos dispuestos por la empresa
titular de la licencia.
− Gestión administrativa relacionada con la atención al cliente y a los
usuarios del servicio.
− Atención y gestión de las quejas y reclamaciones que se pudieran
presentar por deficiencias en los servicios prestados.
− Redacción de informes a la Autoridad Portuaria.
− Velar por las instalaciones y equipos titularidad de la Autoridad Portuaria.
− Gestión del mantenimiento de los equipos necesarios para la prestación del
servicio.
− Apoyo al Responsable de Explotación.
− Reportar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado toda la
información necesaria y prestar colaboración solicitada.

1 Equipo

C

Operarios-auxiliar.

Se encargarán de la preparación y ordenación de vehículos en las áreas de
estacionamiento previo a la zona de operaciones y de pre- embarque.
Asimismo se encargarán de la colocación, manejo y retirada de la rampa
cuando el buque no disponga de medios propios.
También realizarán el control de tarjetas de embarque de los vehículos y de
los pasajeros que viajen en este.
Deberán contar, como mínimo, con la siguiente formación:
– ESO.
– Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la legislación
laboral vigente.
– Certificado de haber realizado el curso de atención a personal con
discapacidad, según la Orden PRE/3028/2011, de 4 de noviembre, por la que
se establecen los protocolos de actuación y de formación de las tripulaciones
de los buques de pasaje y la formación del personal de las empresas
navieras que presten servicio en las terminales portuarias para la atención de
las personas con discapacidad (los auxiliares que se vayan a ocupar de las
personas discapacitadas).

Operativa de
embarque: 5
Operativa de
desembarque: 8

L

Medios Humanos

cve: BOE-A-2024-16300
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 189