III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-16300)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Alicante, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario al pasaje para el tráfico internacional de pasajeros en el puerto de Alicante.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189
Martes 6 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101166
tendrá preparado, para todos los servicios al pasaje, un protocolo alternativo y coordinado
con la naviera, la Autoridad Portuaria y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
que permitan la prestación del servicio en óptimas condiciones de operativa y calidad.
7. Si los medios materiales adscritos al servicio no fueran propiedad de la empresa
titular de la licencia, ésta deberá presentar los contratos de arrendamiento
correspondientes, que deberán estar vigentes durante toda la duración de la licencia y
deberán garantizar que el prestador tiene el control operativo total de dichos medios. En el
caso de que los plazos de los contratos de arrendamiento fueran inferiores al plazo de la
licencia otorgada, se deberán presentar también los sucesivos contratos de arrendamiento
que acrediten la disponibilidad de los medios durante toda la duración de la licencia.
b.
Medios humanos mínimos y su cualificación.
1. Los mínimos humanos adscritos al servicio serán los necesarios para atender las
operaciones unitarias habituales y serán como mínimo las siguientes:
a)
Régimen de transporte.
Servicio de embarque/desembarque de pasajeros y carga/descarga de equipajes
Funciones y formación requerida
N.º de Medios
Humanos u horario
mínimo de la
prestación
Disposición de
medios
(Concesionario/
Licenciatario)
Responsable de
Explotación.
Las principales funciones serán:
− Interlocutor con la Autoridad Portuaria, debiendo estar localizado de forma
permanente.
− Responsable de la correcta prestación de los servicios conforme a los
niveles de calidad exigidos y con capacidad suficiente de toma de decisiones.
Deberá contar como mínimo con la siguiente formación:
− Titulación de grado medio.
− Dominio del idioma castellano e inglés (mínimo nivel B2 certificado).
− Experiencia mínima requerida:
Al menos 3 años en funciones similares en empresas dedicadas al transporte
de pasajeros o la prestación de servicios a los mismos.
1
C
Coordinadores del servicio.
Las principales funciones del equipo de coordinadores para la cobertura
permanente del servicio mediante turnos son:
− Cumplimiento de los procedimientos operativos de los diferentes servicios
que integran el servicio portuario al pasaje.
− Gestión de los medios humanos y técnicos dispuestos por la empresa
titular de la licencia.
− Gestión y trámites administrativos relacionados con la atención al cliente y
a los usuarios del servicio.
− Atención y gestión de las quejas y reclamaciones que se pudieran
presentar por deficiencias en los servicios prestados.
− Redacción de informes a la Autoridad Portuaria.
− Velar por las instalaciones y equipos titularidad de la Autoridad Portuaria.
− Gestión del mantenimiento de los equipos necesarios para la prestación del
servicio.
− Apoyo al Responsable de Explotación.
− Reportar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado toda la
información necesaria y prestar colaboración solicitada.
1 Equipo
C
Personal de limpieza.
Limpieza de las zonas de embarque, desembarque, y acceso al buque.
Deberá contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la legislación
laboral vigente.
Operativa de
embarque: 4
Operativa de
desembarque: 4
C
Medios Humanos
cve: BOE-A-2024-16300
Verificable en https://www.boe.es
i.
Núm. 189
Martes 6 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 101166
tendrá preparado, para todos los servicios al pasaje, un protocolo alternativo y coordinado
con la naviera, la Autoridad Portuaria y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
que permitan la prestación del servicio en óptimas condiciones de operativa y calidad.
7. Si los medios materiales adscritos al servicio no fueran propiedad de la empresa
titular de la licencia, ésta deberá presentar los contratos de arrendamiento
correspondientes, que deberán estar vigentes durante toda la duración de la licencia y
deberán garantizar que el prestador tiene el control operativo total de dichos medios. En el
caso de que los plazos de los contratos de arrendamiento fueran inferiores al plazo de la
licencia otorgada, se deberán presentar también los sucesivos contratos de arrendamiento
que acrediten la disponibilidad de los medios durante toda la duración de la licencia.
b.
Medios humanos mínimos y su cualificación.
1. Los mínimos humanos adscritos al servicio serán los necesarios para atender las
operaciones unitarias habituales y serán como mínimo las siguientes:
a)
Régimen de transporte.
Servicio de embarque/desembarque de pasajeros y carga/descarga de equipajes
Funciones y formación requerida
N.º de Medios
Humanos u horario
mínimo de la
prestación
Disposición de
medios
(Concesionario/
Licenciatario)
Responsable de
Explotación.
Las principales funciones serán:
− Interlocutor con la Autoridad Portuaria, debiendo estar localizado de forma
permanente.
− Responsable de la correcta prestación de los servicios conforme a los
niveles de calidad exigidos y con capacidad suficiente de toma de decisiones.
Deberá contar como mínimo con la siguiente formación:
− Titulación de grado medio.
− Dominio del idioma castellano e inglés (mínimo nivel B2 certificado).
− Experiencia mínima requerida:
Al menos 3 años en funciones similares en empresas dedicadas al transporte
de pasajeros o la prestación de servicios a los mismos.
1
C
Coordinadores del servicio.
Las principales funciones del equipo de coordinadores para la cobertura
permanente del servicio mediante turnos son:
− Cumplimiento de los procedimientos operativos de los diferentes servicios
que integran el servicio portuario al pasaje.
− Gestión de los medios humanos y técnicos dispuestos por la empresa
titular de la licencia.
− Gestión y trámites administrativos relacionados con la atención al cliente y
a los usuarios del servicio.
− Atención y gestión de las quejas y reclamaciones que se pudieran
presentar por deficiencias en los servicios prestados.
− Redacción de informes a la Autoridad Portuaria.
− Velar por las instalaciones y equipos titularidad de la Autoridad Portuaria.
− Gestión del mantenimiento de los equipos necesarios para la prestación del
servicio.
− Apoyo al Responsable de Explotación.
− Reportar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado toda la
información necesaria y prestar colaboración solicitada.
1 Equipo
C
Personal de limpieza.
Limpieza de las zonas de embarque, desembarque, y acceso al buque.
Deberá contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la legislación
laboral vigente.
Operativa de
embarque: 4
Operativa de
desembarque: 4
C
Medios Humanos
cve: BOE-A-2024-16300
Verificable en https://www.boe.es
i.