III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-16289)
Resolución 420/38340/2024, de 31 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Servicio Regional de Empleo y Formación, para la realización de acciones conjuntas orientadas a la incorporación laboral de los militares de tropa y marinería y a reservistas de especial disponibilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 189

Martes 6 de agosto de 2024

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resultados alcanzados, en el que deberá constar, al menos, los siguientes datos: número
de UCO militares donde se han desarrollado actividades, cursos, seminarios y talleres y
número de horas de cada uno de ellos, número de participantes, número de
demandantes de empleo, número de ofertas de empleo, número de militares y RED
empleados, y número de proyectos de autoempleo realizados, así como información de
los PREAR.
l) Aportar la formación y preparación necesaria del personal tutor del SEF que
garantice su especialización en información, orientación, formación e inserción laboral a
través del empleo y autoempleo.
m) Difundir, entre los demandantes de empleo inscritos en el SEF, las
convocatorias para la incorporación a las FAS, a través de las Oficinas de Empleo y del
Portal de Empleo del Gobierno de la Región de Murcia, manteniendo los vínculos que
procedan entre las páginas Web del MINISDEF y las del SEF.
Cuarta. Financiación.
El presente convenio no implica por sí mismo obligación alguna de contenido
económico para ninguna de las partes. Por lo tanto, no generará ni dará lugar a
contraprestaciones financieras que requieran, en su caso, de otros acuerdos y
formalidades, ni supondrá coste económico adicional al MINISDEF como entidad.
Quinta.

Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

Para el efectivo seguimiento de la ejecución de las acciones previstas en el convenio
y resolución de las controversias que pudieran plantearse en su desarrollo, se crea una
Comisión de Seguimiento integrada del siguiente modo:
a) Por parte del MINISDEF: el subdirector general de reclutamiento y desarrollo
profesional de personal militar y reservistas de especial disponibilidad o persona en
quien delegue; el jefe del Área de Salidas Profesionales o persona en quien delegue; y el
Delegado de Defensa en la Región de Murcia o persona en quien delegue, que actuará
como interlocutor y coordinador en las actividades que se vayan realizando.
b) Por parte de la Consejería Educación, Formación Profesional y Empleo de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:

Esta Comisión de Seguimiento se constituirá en el plazo máximo de tres meses a
partir de que el convenio sea eficaz, con alternancia anual de la Presidencia, iniciada por
el MINISDEF, rigiéndose en su organización y funcionamiento por lo dispuesto por la
Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Dicha Comisión de Seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año, pudiendo ser
asistida por el personal técnico que se considere necesario, según los temas a tratar,
que actuarán con voz pero sin voto. También se reunirá con carácter extraordinario
cuando así lo solicite cualquiera de las partes. La persona que ejerza de Secretario de la
Comisión de Seguimiento será designada por quien la presida.
Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento se adoptarán por mayoría. En caso de
empate, el miembro de la Comisión de Seguimiento que ostente el cargo de presidente
tendrá voto de calidad.
A la Comisión de Seguimiento le corresponde acordar las cualificaciones
profesionales y las unidades de competencia objeto de desarrollo por el PREAR.

cve: BOE-A-2024-16289
Verificable en https://www.boe.es

– La persona titular de la Dirección General del SEF o persona en quien delegue; la
persona titular de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de
Régimen Especial con competencias en materia de formación profesional del sistema
educativo o persona en quien delegue; el representante del Instituto de las
Cualificaciones de la Región de Murcia (ICUAM), o persona en quien delegue, que
actuará como interlocutor.