III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
138 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100145
III.7. REFERIDAS A LOS CASOS −POTENCIALES O REALES− DE FRAUDE O CONFLICTO
DE INTERÉS PRODUCIDOS (SUBAPARTADO II.7)
20) La aplicación efectiva de las medidas de corrección y persecución sólo se pudo verificar en
el Ayuntamiento de Murcia, única entidad que identificó algún indicio de fraude, corrupción,
conflicto de interés o doble financiación entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre
de 2022. En concreto, se trataba de un posible caso de conflicto de interés –descartado
posteriormente− sobre el que el consistorio aportó documentación acreditativa que avalaba
la aplicación de las medidas definidas en su PMA ante este tipo de situaciones.
III.8. REFERIDAS A LA TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA (SUBAPARTADO
II.8)
21) Se detectaron algunas incidencias en relación con la información publicada por las
entidades en sus páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia. Con
carácter general, era en los propios PMA donde se establecía la necesidad de que las
entidades que los habían aprobado los publicaran, lo que no llevaron a cabo los
ayuntamientos de Santa María de Cayón, Santander y Santoña. Otras tres entidades
tampoco los tenían publicados, pero en estos casos sus planes no preveían expresamente
tal necesidad.
RECOMENDACIÓN N.º 06:
Las entidades deberían revisar y mantener actualizada la información publicada en sus
páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia.
Los ayuntamientos de Santa María de Cayón, Puente Genil, Santander y Santoña deberían
publicar los PMA aprobados en sus páginas web, sedes electrónicas y/o portales de
transparencia.
De igual forma, las entidades que, no disponiendo aún de PMA, los elaboren y aprueben,
deberían darles difusión a través de dichos medios, para su general conocimiento, tanto
por su propio personal como por la ciudadanía.
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100145
III.7. REFERIDAS A LOS CASOS −POTENCIALES O REALES− DE FRAUDE O CONFLICTO
DE INTERÉS PRODUCIDOS (SUBAPARTADO II.7)
20) La aplicación efectiva de las medidas de corrección y persecución sólo se pudo verificar en
el Ayuntamiento de Murcia, única entidad que identificó algún indicio de fraude, corrupción,
conflicto de interés o doble financiación entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre
de 2022. En concreto, se trataba de un posible caso de conflicto de interés –descartado
posteriormente− sobre el que el consistorio aportó documentación acreditativa que avalaba
la aplicación de las medidas definidas en su PMA ante este tipo de situaciones.
III.8. REFERIDAS A LA TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA (SUBAPARTADO
II.8)
21) Se detectaron algunas incidencias en relación con la información publicada por las
entidades en sus páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia. Con
carácter general, era en los propios PMA donde se establecía la necesidad de que las
entidades que los habían aprobado los publicaran, lo que no llevaron a cabo los
ayuntamientos de Santa María de Cayón, Santander y Santoña. Otras tres entidades
tampoco los tenían publicados, pero en estos casos sus planes no preveían expresamente
tal necesidad.
RECOMENDACIÓN N.º 06:
Las entidades deberían revisar y mantener actualizada la información publicada en sus
páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia.
Los ayuntamientos de Santa María de Cayón, Puente Genil, Santander y Santoña deberían
publicar los PMA aprobados en sus páginas web, sedes electrónicas y/o portales de
transparencia.
De igual forma, las entidades que, no disponiendo aún de PMA, los elaboren y aprueben,
deberían darles difusión a través de dichos medios, para su general conocimiento, tanto
por su propio personal como por la ciudadanía.
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 188