III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100143
de fraude, disponían de medidas para prevenir los conflictos de interés, habían establecido
procedimientos para evitar la doble financiación y se había recibido formación en la
materia.
No obstante, las entidades disponían de la mayor parte de las medidas de prevención
analizadas: el 66 % de las entidades contaba con, al menos, cinco de las siete medidas y
el 83 % con al menos cuatro.
12) La gran mayoría de las entidades dispuso, como medidas de prevención, de la elaboración
de declaraciones de ausencia de conflicto de interés −DACI− (99 % de las entidades);
declaraciones institucionales como manifestación de un compromiso firme contra el fraude,
aprobadas al más alto nivel (97 %); códigos éticos y procedimientos en caso de conflicto
de interés (89 %); comités antifraude encargados de elaborar, aplicar y llevar a cabo el
seguimiento de las disposiciones contenidas en los PMA (70 %).
Sin embargo, la formación en materia antifraude sólo alcanzó al 54 % de las entidades; la
evaluación del riesgo de fraude, de su impacto y probabilidad, en los procesos clave de la
ejecución del PRTR, al 50 %; y los procedimientos para evitar la doble financiación
únicamente estaban implantados en el 43 %.
13) En el 66 % los comités antifraude constituidos por las entidades no había una presencia
equilibrada de mujeres y hombres. El desequilibrio tuvo su origen, en algunos casos, en
que la designación de la mayor parte de las personas que componían estos comités
estaba vinculada al cargo que desempeñaban en las entidades, y en otros, por el reducido
número de personas integrantes de los mismos que dificultaba su cumplimiento.
14) Se pusieron de manifiesto importantes carencias en la difusión entre el personal de las
entidades de algunas de las medidas de prevención analizadas, tales como la
comunicación de la existencia de las políticas antifraude y los códigos éticos aprobados.
RECOMENDACIÓN N.º 04:
Los ayuntamientos de Manzanares y Torrijos y la Diputación Provincial de Toledo deberían
difundir entre su personal las políticas antifraude aprobadas, al objeto de incrementar la
concienciación de sus trabajadores sobre la importancia de la materia.
Los ayuntamientos de Baeza, La Matanza de Acentejo, Manzanares, Puente Genil,
Reinosa, San Javier y Sevilla y la Diputación Provincial de Toledo deberían difundir entre
su personal los códigos éticos y/o de conducta aprobados, al objeto de facilitar su
conocimiento y fomentar su cumplimiento.
III.5.2. Medidas de detección (Epígrafe II.5.2)
15) En líneas generales, las entidades disponían de la mayor parte de las medidas de
detección de situaciones de fraude analizadas −consulta de información relevante
contenida en BBDD, desarrollo de catálogos de indicadores de riesgo de fraude y
establecimiento de mecanismos para informar de las posibles sospechas de fraude− y el
81 % de ellas contaban con, al menos, dos de ellas. Sin embargo, sólo el 41 % de las
entidades que habían aprobado un PMA contaban, a 30 de septiembre de 2022, con
todas las medidas de detección analizadas, esto es, consultaban información relevante
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100143
de fraude, disponían de medidas para prevenir los conflictos de interés, habían establecido
procedimientos para evitar la doble financiación y se había recibido formación en la
materia.
No obstante, las entidades disponían de la mayor parte de las medidas de prevención
analizadas: el 66 % de las entidades contaba con, al menos, cinco de las siete medidas y
el 83 % con al menos cuatro.
12) La gran mayoría de las entidades dispuso, como medidas de prevención, de la elaboración
de declaraciones de ausencia de conflicto de interés −DACI− (99 % de las entidades);
declaraciones institucionales como manifestación de un compromiso firme contra el fraude,
aprobadas al más alto nivel (97 %); códigos éticos y procedimientos en caso de conflicto
de interés (89 %); comités antifraude encargados de elaborar, aplicar y llevar a cabo el
seguimiento de las disposiciones contenidas en los PMA (70 %).
Sin embargo, la formación en materia antifraude sólo alcanzó al 54 % de las entidades; la
evaluación del riesgo de fraude, de su impacto y probabilidad, en los procesos clave de la
ejecución del PRTR, al 50 %; y los procedimientos para evitar la doble financiación
únicamente estaban implantados en el 43 %.
13) En el 66 % los comités antifraude constituidos por las entidades no había una presencia
equilibrada de mujeres y hombres. El desequilibrio tuvo su origen, en algunos casos, en
que la designación de la mayor parte de las personas que componían estos comités
estaba vinculada al cargo que desempeñaban en las entidades, y en otros, por el reducido
número de personas integrantes de los mismos que dificultaba su cumplimiento.
14) Se pusieron de manifiesto importantes carencias en la difusión entre el personal de las
entidades de algunas de las medidas de prevención analizadas, tales como la
comunicación de la existencia de las políticas antifraude y los códigos éticos aprobados.
RECOMENDACIÓN N.º 04:
Los ayuntamientos de Manzanares y Torrijos y la Diputación Provincial de Toledo deberían
difundir entre su personal las políticas antifraude aprobadas, al objeto de incrementar la
concienciación de sus trabajadores sobre la importancia de la materia.
Los ayuntamientos de Baeza, La Matanza de Acentejo, Manzanares, Puente Genil,
Reinosa, San Javier y Sevilla y la Diputación Provincial de Toledo deberían difundir entre
su personal los códigos éticos y/o de conducta aprobados, al objeto de facilitar su
conocimiento y fomentar su cumplimiento.
III.5.2. Medidas de detección (Epígrafe II.5.2)
15) En líneas generales, las entidades disponían de la mayor parte de las medidas de
detección de situaciones de fraude analizadas −consulta de información relevante
contenida en BBDD, desarrollo de catálogos de indicadores de riesgo de fraude y
establecimiento de mecanismos para informar de las posibles sospechas de fraude− y el
81 % de ellas contaban con, al menos, dos de ellas. Sin embargo, sólo el 41 % de las
entidades que habían aprobado un PMA contaban, a 30 de septiembre de 2022, con
todas las medidas de detección analizadas, esto es, consultaban información relevante
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