III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 100141

III.3. REFERIDAS A LA APROBACIÓN DE LOS PMA (SUBAPARTADO II.3)
4) El 83 % de las entidades que no renunciaron a los recursos, 170 de ellas, disponían de
un PMA al cierre de los trabajos de fiscalización. No obstante, el 23 % de los planes, 39
de ellos, se aprobaron con retraso respecto del plazo máximo establecido de 90 días
desde la entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021 o, en su caso, desde que tuvieron
conocimiento de su participación en la ejecución del PRTR.
Después de la finalización de los trabajos de la fiscalización, otras 17 entidades
aprobaron sus PMA, superando, de igual forma, el citado plazo de 90 días.
Un total de 18 entidades no habían aprobado un PMA, ni en el plazo establecido ni con
posterioridad, en contra de la exigencia contenida en la Orden HFP/1030/2021, los
ayuntamientos de Alcudia, Arapiles, Baiona, Balsareny, Banyeres del Penedés, Bárcena
de Campos, Daroca de Rioja, Fuente de Santa Cruz, Fuentesaúco, Higuera la Real,
Mogente, Noja, Sahagún, Solana de Rioalmar, Traspinedo y Yeste, la Comarca de Cinca
Medio y el Consorci del Bages per la Gestió de Residus.
5) Únicamente el 35 % de las entidades que aprobaron un PMA siguió las
recomendaciones establecidas por el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude
(SNCA), y remitió sus planes aprobados para que pudieran ser tenidos en cuenta en el
proceso de elaboración de la Estrategia Nacional Antifraude.
RECOMENDACIÓN N.º 02:
Las entidades deberían remitir sus PMA aprobados al Servicio Nacional de Coordinación
Antifraude al objeto de contribuir al proceso de elaboración de la Estrategia Nacional
Antifraude.
III.4. REFERIDAS A LOS PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN DE LOS PMA Y
EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS (SUBAPARTADO II.4)
6) El cumplimiento de las obligaciones en materia antifraude establecidas por la Orden
HFP/1030/2021 generó costes externos a 66 de las 170 entidades que tenían
aprobado un PMA al cierre de los trabajos, por un importe de 740.960,39 euros,
derivados tanto de las contrataciones realizadas para la elaboración de los planes como
del cumplimiento del resto de obligaciones de la citada orden.
La mayor parte de los procedimientos de contratación no tenían por objeto exclusivo la
elaboración de los PMA, sino que incluían, además, otros servicios vinculados al
cumplimiento de los requisitos en materia antifraude, tales como la práctica de
autoevaluaciones, la elaboración de códigos éticos o la implantación de canales de
denuncias, entre otros.
El coste total incurrido por las entidades fiscalizadas que externalizaron, total o
parcialmente, la elaboración de sus PMA, así como por el ayuntamiento que lo realizó
mediante la formalización de un convenio con una universidad, ascendió a 530.176,34
euros, mientras que el coste en aquellas que elaboraron internamente sus PMA y
formalizaron contratos para el cumplimiento de otras obligaciones de la citada orden, así
como el ayuntamiento que lo encomendó a una sociedad municipal, ascendió a 210.784,05
euros.

cve: BOE-A-2024-16166
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Núm. 188