III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 100130

del MRR, habiendo sido designado como el canal externo oficial de denuncias relativas a los
fondos procedentes de la ejecución del PRTR.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
El 34 % de las entidades que aprobaron un PMA a 30 de
septiembre de 202296, 57 de ellas97, no tenían
establecidos canales para que cualquier persona,
perteneciente o ajena a la organización, pudiera
interponer denuncias por supuestos casos de fraude,
corrupción o conflicto de interés, así como sospechas de
doble
financiación
ocurridas
o
presuntamente
producidas. El detalle de las entidades que no disponían
de canales de denuncias se recoge en el anexo X98.

GRÁFICO 21. CANALES DE
DENUNCIA A 30/09/22

Fuente: Elaboración propia.

Los canales internos de denuncias establecidos por las
entidades eran accesibles tanto para su propio personal como para cualquier otra persona ajena,
excepto en los ayuntamientos de Palencia y Sabadell, donde su acceso estaba restringido al
personal de la propia entidad.
Además, únicamente 42 entidades99 tenían establecidas medidas para intentar detectar la
interposición de posibles denuncias falsas en sus canales internos y definidos procedimientos a
seguir en el caso de producirse.
Desde el 1 de enero de 2021, y hasta la finalización de trabajos, sólo 7 entidades manifestaron
haber recibido denuncias a través de los canales establecidos, los ayuntamientos de Barcelona,
L'Hospitalet de Llobregat, Lleida, Madrid y Sabadell y las DDPP de Barcelona y Pontevedra.
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA, en los 41 aprobados a 30 de septiembre de 2022100 en
las entidades de las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura,
La Rioja y Región de Murcia estaba prevista explícitamente la existencia de un canal de denuncias
para la interposición de alertas o denuncias de fraude, corrupción, conflicto de interés y/o
sospechas de doble financiación ocurridas o presuntamente producidas. No obstante, únicamente
21 entidades los habían habilitado.

96

No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.

97

La DP de Ourense no aportó información sobre la disponibilidad de canal de denuncias.

Entre las entidades que no tenían establecidos canales de denuncia destacaron, por su población, los ayuntamientos
de Leganés, Logroño, Málaga, San Cristóbal de La Laguna, Pamplona, Santander, Sevilla, Teruel y las DDPP de A
Coruña, Albacete, Cuenca, Guadalajara, León, Soria, Tarragona y Toledo y el CI de Gran Canaria. Con posterioridad al
cierre de los trabajos, los ayuntamientos de Santander y Teruel, el CI de Gran Canaria y la DP de Guadalajara
habilitaron un canal de denuncias.
99 Los ayuntamientos de Albentosa, Alcalá de Henares, Alcorisa, Alfaro, Alicante, Arganda del Rey, Azuqueca de
Henares, Baeza, Barcelona, Bilbao, Burgos, Dos Hermanas, Eivissa, El Prat de Llobregat, Ermua, Fuenlabrada, Girona,
La Matanza de Acentejo, La Sotonera, Lleida, Manacor, Manresa, Marratxí, Monzón, Muro, Pollença, Sabadell,
Salamanca, Soria, Tarragona, Torrejón de Ardoz, Torrelavega, Torrent, Valladolid, Viladecans, Zaragoza y Zumarraga;
las DDPP de Burgos, Cádiz, Teruel y Salamanca y el Área Metropolitana de Barcelona habían establecido medidas para
intentar detectar denuncias falsas y habían definido procedimientos a seguir en caso de producirse.
100

No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.

cve: BOE-A-2024-16166
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