III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100116
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA, en los 41 aprobados a 30 de septiembre de 202247 en
las EELL de las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La
Rioja y Región de Murcia, se preveía, con mayor o menor detalle, la existencia de algún tipo de
órgano o comité encargado del control y el seguimiento de las medidas antifraude. No obstante,
únicamente 24 entidades lo habían constituido formalmente.
Además de las 17 entidades que no contaban con un comité, se verificaron incidencias en los
ayuntamientos de Cádiz y Huelva y la DP de Cádiz que sí disponían, en tanto que estos órganos
no habían comenzado a funcionar, a fecha de cierre de los trabajos48.
Casi la totalidad de los comités antifraude, 22 de los 24, se crearon como consecuencia de la
participación de las entidades en la ejecución del PRTR. Los ayuntamientos de Algeciras y VélezMálaga disponían de estos órganos desde el año 2017, debido a su participación en la gestión de
otros fondos europeos en el marco de las estrategias EDUSI. El Ayuntamiento de Algeciras había
adaptado su comité a los nuevos requerimientos de gestión del PRTR.
En líneas generales, la regulación de su composición, funciones, régimen de reuniones y emisión
de informes de estos 24 órganos antifraude se recoge en los propios PMA, si bien algunas
entidades las incluyeron en otras disposiciones específicas.
En cuanto a su funcionamiento, lo habitual es que la celebración de reuniones estuviese
programada con una frecuencia, al menos, anual o incluso mayor (semestral o trimestral), aunque
los ayuntamientos de Santander49 y Vélez-Málaga no habían establecido una periodicidad
concreta.
Asimismo, estaba previsto que estos órganos emitieran informes anualmente, siendo habitual el
establecimiento de su remisión a los niveles más altos de las organizaciones, esto es, la alcaldía o
la presidencia, la junta de gobierno o el pleno, según la entidad. No obstante, 5 ayuntamientos no
habían previsto la emisión de informes periódicos50.
Todos los comités constituidos eran colegiados, con un número de miembros que oscilaba entre
los tres y los trece, pertenecientes, todos ellos, a servicios tales como secretaría, intervención,
tesorería, contratación, asesoría jurídica, fondos europeos, etc., en línea con la propuesta
realizada en el documento de Orientaciones del MHFP.
su Plan de Formación para 2023, en el que se incluían acciones formativas obligatorias sobre ética púbica y política
antifraude, entre otras materias.
47 No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
48
49
En el trámite de alegaciones, el Ayuntamiento de Santander puso de manifiesto haber establecido una periodicidad
semestral para las reuniones de 2023.
50
Los ayuntamientos de Azuqueca de Henares, Cádiz, Málaga, Toledo y Vélez-Málaga no habían previsto la emisión de
informes periódicos.
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
En el trámite de alegaciones, la DP de Cádiz acreditó el inicio de las actuaciones de su comité, lo que se produjo con
posterioridad al cierre de los trabajos de fiscalización.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100116
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA, en los 41 aprobados a 30 de septiembre de 202247 en
las EELL de las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La
Rioja y Región de Murcia, se preveía, con mayor o menor detalle, la existencia de algún tipo de
órgano o comité encargado del control y el seguimiento de las medidas antifraude. No obstante,
únicamente 24 entidades lo habían constituido formalmente.
Además de las 17 entidades que no contaban con un comité, se verificaron incidencias en los
ayuntamientos de Cádiz y Huelva y la DP de Cádiz que sí disponían, en tanto que estos órganos
no habían comenzado a funcionar, a fecha de cierre de los trabajos48.
Casi la totalidad de los comités antifraude, 22 de los 24, se crearon como consecuencia de la
participación de las entidades en la ejecución del PRTR. Los ayuntamientos de Algeciras y VélezMálaga disponían de estos órganos desde el año 2017, debido a su participación en la gestión de
otros fondos europeos en el marco de las estrategias EDUSI. El Ayuntamiento de Algeciras había
adaptado su comité a los nuevos requerimientos de gestión del PRTR.
En líneas generales, la regulación de su composición, funciones, régimen de reuniones y emisión
de informes de estos 24 órganos antifraude se recoge en los propios PMA, si bien algunas
entidades las incluyeron en otras disposiciones específicas.
En cuanto a su funcionamiento, lo habitual es que la celebración de reuniones estuviese
programada con una frecuencia, al menos, anual o incluso mayor (semestral o trimestral), aunque
los ayuntamientos de Santander49 y Vélez-Málaga no habían establecido una periodicidad
concreta.
Asimismo, estaba previsto que estos órganos emitieran informes anualmente, siendo habitual el
establecimiento de su remisión a los niveles más altos de las organizaciones, esto es, la alcaldía o
la presidencia, la junta de gobierno o el pleno, según la entidad. No obstante, 5 ayuntamientos no
habían previsto la emisión de informes periódicos50.
Todos los comités constituidos eran colegiados, con un número de miembros que oscilaba entre
los tres y los trece, pertenecientes, todos ellos, a servicios tales como secretaría, intervención,
tesorería, contratación, asesoría jurídica, fondos europeos, etc., en línea con la propuesta
realizada en el documento de Orientaciones del MHFP.
su Plan de Formación para 2023, en el que se incluían acciones formativas obligatorias sobre ética púbica y política
antifraude, entre otras materias.
47 No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
48
49
En el trámite de alegaciones, el Ayuntamiento de Santander puso de manifiesto haber establecido una periodicidad
semestral para las reuniones de 2023.
50
Los ayuntamientos de Azuqueca de Henares, Cádiz, Málaga, Toledo y Vélez-Málaga no habían previsto la emisión de
informes periódicos.
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
En el trámite de alegaciones, la DP de Cádiz acreditó el inicio de las actuaciones de su comité, lo que se produjo con
posterioridad al cierre de los trabajos de fiscalización.