III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100099
ellas en el anexo VII), destacan, por su tamaño, los ayuntamientos de A Coruña, Getafe, Girona,
Huelva, Leganés, León, Lugo, San Cristóbal de La Laguna y Santiago de Compostela, además de
las Diputaciones Provinciales (DDPP) de A Coruña, Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Granada16,
Guadalajara, León, Teruel y Toledo.
Puesto que estos ejercicios han sido realizados por las propias entidades, podrían llevar implícita
cierta carga de subjetividad. La puntuación obtenida por el 39 % de las 119 entidades, 46 de ellas,
no alcanzó la mitad de la calificación máxima. En el 61 % restante, 73 entidades, se rebasó la
mitad de los puntos máximos y, de ellas, 44 obtuvieron una puntuación superior al 75 % de la
puntuación máxima.
En general, las entidades realizaron estas autoevaluaciones durante 2022, el 84 % de ellas (100
entidades), y el 8 %, 10 de ellas, a lo largo del último trimestre de 2021. Las 9 entidades restantes
no aportaron la fecha de su realización.
Además, la mayor parte de las entidades realizaron sus autoevaluaciones antes o
simultáneamente a la aprobación de sus PMA, habiéndose observado que la mayoría de las
entidades que realizaron las autoevaluaciones antes o simultáneamente a la aprobación de sus
PMA obtuvieron peores puntuaciones (una media de 37 sobre 64 puntos) respecto de aquellas
que las cumplimentaron después de la aprobación de estos (una media de 51 sobre 64).
En cuanto al personal que debe realizar estas autoevaluaciones, es recomendable que las
autoevaluaciones sean realizadas por un equipo evaluador multidisciplinar que conozca en
profundidad los sistemas y procesos de la entidad. Sin embargo, el 24 % de las 119 entidades que
llevaron a cabo tales autoevaluaciones, 28 de ellas, externalizaron su realización.
En general, esas externalizaciones se llevaron a cabo a través de contratos menores17 cuyo objeto
abarcaba no sólo este servicio, sino que incluía, además, otros aspectos vinculados al
cumplimiento de la Orden HFP/1030/2021, tales como la elaboración de códigos éticos,
evaluaciones de riesgos vinculados con el fraude, la corrupción, el conflicto de interés y la doble
financiación, alcanzando, además, en algunos casos, la elaboración de los propios PMA. El
análisis de los procedimientos de contratación para la elaboración de las autoevaluaciones y los
PMA se desarrolla posteriormente en el subapartado II.4.
Por su parte, el Ayuntamiento de Teruel encargó su realización a una sociedad municipal
mediante una encomienda de gestión.
En cuanto al plazo para realizar la autoevaluación del procedimiento, tal y como se ha indicado
previamente, y, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, debe ser una tarea
recurrente para las entidades y debe reiterarse en el tiempo con una periodicidad de, al menos,
una vez al año durante la vigencia del PRTR. No obstante, 9 de ellas18 tenían previsto realizarlas
16
17
En el Ayuntamiento de Madrid se formalizó un contrato no menor de asistencia técnica especializada para los
programas de ayudas europeas, como se desarrolla en el subapartado II.4.
18
Los ayuntamientos de Canovelles, Consuegra, Coslada, Ermua, Sant Feliu de Guíxols, Santa Margalida, así como la
Comarca de La Garrotxa, la Mancomunidad del Alto Valle del Aragón y el Consorcio de les Vies Verdes de Girona.
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
La entidad puso de manifiesto en el trámite de alegaciones haber realizado la evaluación de sus procedimientos en el
propio PMA, en el que se incluyen notas a pie con la correlación entre las medidas antifraude y las preguntas de
autoevaluación que componen el test del anexo II.B.5 de la Orden HFP/1030/2021. Sin embargo, no ha podido
verificarse su efectiva realización, al no estar cumplimentado el anexo 7 de autoevaluación de su PMA ni haberse
puntuado las distintas cuestiones a valorar.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100099
ellas en el anexo VII), destacan, por su tamaño, los ayuntamientos de A Coruña, Getafe, Girona,
Huelva, Leganés, León, Lugo, San Cristóbal de La Laguna y Santiago de Compostela, además de
las Diputaciones Provinciales (DDPP) de A Coruña, Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Granada16,
Guadalajara, León, Teruel y Toledo.
Puesto que estos ejercicios han sido realizados por las propias entidades, podrían llevar implícita
cierta carga de subjetividad. La puntuación obtenida por el 39 % de las 119 entidades, 46 de ellas,
no alcanzó la mitad de la calificación máxima. En el 61 % restante, 73 entidades, se rebasó la
mitad de los puntos máximos y, de ellas, 44 obtuvieron una puntuación superior al 75 % de la
puntuación máxima.
En general, las entidades realizaron estas autoevaluaciones durante 2022, el 84 % de ellas (100
entidades), y el 8 %, 10 de ellas, a lo largo del último trimestre de 2021. Las 9 entidades restantes
no aportaron la fecha de su realización.
Además, la mayor parte de las entidades realizaron sus autoevaluaciones antes o
simultáneamente a la aprobación de sus PMA, habiéndose observado que la mayoría de las
entidades que realizaron las autoevaluaciones antes o simultáneamente a la aprobación de sus
PMA obtuvieron peores puntuaciones (una media de 37 sobre 64 puntos) respecto de aquellas
que las cumplimentaron después de la aprobación de estos (una media de 51 sobre 64).
En cuanto al personal que debe realizar estas autoevaluaciones, es recomendable que las
autoevaluaciones sean realizadas por un equipo evaluador multidisciplinar que conozca en
profundidad los sistemas y procesos de la entidad. Sin embargo, el 24 % de las 119 entidades que
llevaron a cabo tales autoevaluaciones, 28 de ellas, externalizaron su realización.
En general, esas externalizaciones se llevaron a cabo a través de contratos menores17 cuyo objeto
abarcaba no sólo este servicio, sino que incluía, además, otros aspectos vinculados al
cumplimiento de la Orden HFP/1030/2021, tales como la elaboración de códigos éticos,
evaluaciones de riesgos vinculados con el fraude, la corrupción, el conflicto de interés y la doble
financiación, alcanzando, además, en algunos casos, la elaboración de los propios PMA. El
análisis de los procedimientos de contratación para la elaboración de las autoevaluaciones y los
PMA se desarrolla posteriormente en el subapartado II.4.
Por su parte, el Ayuntamiento de Teruel encargó su realización a una sociedad municipal
mediante una encomienda de gestión.
En cuanto al plazo para realizar la autoevaluación del procedimiento, tal y como se ha indicado
previamente, y, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, debe ser una tarea
recurrente para las entidades y debe reiterarse en el tiempo con una periodicidad de, al menos,
una vez al año durante la vigencia del PRTR. No obstante, 9 de ellas18 tenían previsto realizarlas
16
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En el Ayuntamiento de Madrid se formalizó un contrato no menor de asistencia técnica especializada para los
programas de ayudas europeas, como se desarrolla en el subapartado II.4.
18
Los ayuntamientos de Canovelles, Consuegra, Coslada, Ermua, Sant Feliu de Guíxols, Santa Margalida, así como la
Comarca de La Garrotxa, la Mancomunidad del Alto Valle del Aragón y el Consorcio de les Vies Verdes de Girona.
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
La entidad puso de manifiesto en el trámite de alegaciones haber realizado la evaluación de sus procedimientos en el
propio PMA, en el que se incluyen notas a pie con la correlación entre las medidas antifraude y las preguntas de
autoevaluación que componen el test del anexo II.B.5 de la Orden HFP/1030/2021. Sin embargo, no ha podido
verificarse su efectiva realización, al no estar cumplimentado el anexo 7 de autoevaluación de su PMA ni haberse
puntuado las distintas cuestiones a valorar.