III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16166)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100098
refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de interés. En el marco del desempeño de la función de control de gestión, los órganos
responsables y gestores deben llevar a cabo una autoevaluación de sus procedimientos a la
entrada en vigor de la orden y repetirla, al menos, una vez al año durante la vigencia del PRTR. El
objetivo es garantizar que el resultado de dicha autoevaluación configura un escenario de «riesgo
bajo».
Para facilitar esta autoevaluación, la orden incluye seis cuestionarios14 y el método de cálculo del
riesgo, estableciendo tres tramos en función de las puntuaciones obtenidas (bajo, medio y alto) y
que determinarán las medidas que deberán adoptar las entidades orientadas a mejorar las
carencias apreciadas.
En el gráfico siguiente se resumen los aspectos básicos contenidos en la Orden HFP/1030/2021
referidos a las autoevaluaciones de cumplimiento:
GRÁFICO 3. ASPECTOS BÁSICOS DE LA AUTOEVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO
Fuente: Elaboración propia.
14
GRÁFICO 4. AUTOEVALUACIONES
REALIZADAS A 30/09/22
Los seis cuestionarios están referidos a:
1. Aspectos esenciales.
2. Control de gestión.
Fuente: Elaboración propia.
3. Hitos y objetivos.
4. Daños medioambientales.
5. Conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción.
6. Compatibilidad régimen de ayudas de Estado y evitar doble financiación.
15 Los ayuntamientos de Besalú y El Astillero y la Comarca del Berguedà realizaron la autoevaluación de sus
procedimientos con posterioridad al periodo analizado. No se dispuso de esta información del Ayuntamiento de Cuenca.
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
A la fecha de cierre de los trabajos, únicamente el 57
% de las 210 entidades, 119 de ellas, habían realizado
una autoevaluación de sus procedimientos. Entre las
90 entidades que no realizaron tal autoevaluación15,
como indicaba la citada orden (se identifican todas
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 100098
refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de interés. En el marco del desempeño de la función de control de gestión, los órganos
responsables y gestores deben llevar a cabo una autoevaluación de sus procedimientos a la
entrada en vigor de la orden y repetirla, al menos, una vez al año durante la vigencia del PRTR. El
objetivo es garantizar que el resultado de dicha autoevaluación configura un escenario de «riesgo
bajo».
Para facilitar esta autoevaluación, la orden incluye seis cuestionarios14 y el método de cálculo del
riesgo, estableciendo tres tramos en función de las puntuaciones obtenidas (bajo, medio y alto) y
que determinarán las medidas que deberán adoptar las entidades orientadas a mejorar las
carencias apreciadas.
En el gráfico siguiente se resumen los aspectos básicos contenidos en la Orden HFP/1030/2021
referidos a las autoevaluaciones de cumplimiento:
GRÁFICO 3. ASPECTOS BÁSICOS DE LA AUTOEVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO
Fuente: Elaboración propia.
14
GRÁFICO 4. AUTOEVALUACIONES
REALIZADAS A 30/09/22
Los seis cuestionarios están referidos a:
1. Aspectos esenciales.
2. Control de gestión.
Fuente: Elaboración propia.
3. Hitos y objetivos.
4. Daños medioambientales.
5. Conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción.
6. Compatibilidad régimen de ayudas de Estado y evitar doble financiación.
15 Los ayuntamientos de Besalú y El Astillero y la Comarca del Berguedà realizaron la autoevaluación de sus
procedimientos con posterioridad al periodo analizado. No se dispuso de esta información del Ayuntamiento de Cuenca.
cve: BOE-A-2024-16166
Verificable en https://www.boe.es
A la fecha de cierre de los trabajos, únicamente el 57
% de las 210 entidades, 119 de ellas, habían realizado
una autoevaluación de sus procedimientos. Entre las
90 entidades que no realizaron tal autoevaluación15,
como indicaba la citada orden (se identifican todas