III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16160)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas para la prevención, detección y corrección del fraude aprobadas por las entidades del sector público estatal en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: similitudes, diferencias, riesgos y oportunidades de mejora.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99575
La comunicación al personal y responsables de la entidad.
Las señales de alarma las han de conocer todos aquellos que se encarguen de su seguimiento o
control y, en todo caso los que participan en los procesos de decisión, preparación, gestión y control
de las actividades a las que se refieren, así como también cualquiera que estuviera en situación de
observarlas.
De las 56 entidades a las que corresponden los 43 PA analizados que incorporan un catálogo de
banderas rojas, 1487 lo habían comunicado a los que intervienen en la gestión y/o en su control o
seguimiento mediante correos electrónicos, reuniones o la publicación en su intranet ; ADIF y ADIFAV habían impartido cursos en esta materia; y el resto de las entidades se remitían a la difusión
general dada a su PA, salvo EOI, SEIASA, INCIBE y LSC que estaban pendientes de comunicarlo
y no le habían dado una difusión general.
BUENAS PRÁCTICAS
La guía de medidas contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, para las actuaciones
del PRTR gestionados por el MCIN establecía que las incidencias sistémicas detectadas por la
materialización de las banderas suponía que en un plazo de quince días, además de corregir las
consecuencias, se revisase su evaluación de riesgos, se introdujeran nuevos controles o se
modificasen los existentes, teniendo diez días el órgano responsable de la medida del PRTR para
supervisar esos cambios y otros cinco el órgano responsable del componente para validarlos.
CERSA obliga a las sociedades de garantía recíproca (SGR) con las que opera a mostrar las
incidencias de riesgo de los beneficiarios de las ayudas detectadas en bases de datos, así como
otras incidencias relativas a la posible falsedad de los documentos aportados sobre los proyectos
empresariales sujetos a ayudas. Además, CERSA incorpora alertas automáticas en su sistema de
control interno sobre entidades con incidencias de fraude.
II.4. FASES DE CORRECCIÓN Y PERSECUCIÓN
Cuestiones generales
En este sentido, la Orden, recoge, fundamentalmente en los apartados 5 a 7 de su artículo 6, el
contenido mínimo de los PA y las obligaciones para las entidades que los implementan relativos a
las fases de corrección y de persecución de estos planes, su texto se recoge en el Anexo 3 de este
Informe.
87
ACUAMED, CDTI, CHG, CHMS, CIEMAT, CSIC, ENISA, FEGA, IAC, ICEX, MAPA, MCIN, MICT y OAPN.
cve: BOE-A-2024-16160
Verificable en https://www.boe.es
Los planes y sistemas antifraude, como en general los de ética o de integridad, tienen
principalmente una función de prevención y de detección. Sin embargo, para garantizar su
efectividad y potenciar el efecto disuasorio -y por tanto preventivo- que conlleva la implementación
de estos planes y sistemas, también deben contener medidas para: corregir oportunamente los
comportamientos constitutivos de fraude, corrupción o conflictos de intereses y/o sus posibles
efectos -incluida la recuperación de los fondos públicos-; revisar y, en su caso, corregir aquellos
actos u operaciones en los que se puedan repetir los comportamientos; así como llevar a cabo las
acciones que estén al alcance de esas entidades para perseguir o facilitar la persecución de las
responsabilidades de los que se comportaron indebidamente.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99575
La comunicación al personal y responsables de la entidad.
Las señales de alarma las han de conocer todos aquellos que se encarguen de su seguimiento o
control y, en todo caso los que participan en los procesos de decisión, preparación, gestión y control
de las actividades a las que se refieren, así como también cualquiera que estuviera en situación de
observarlas.
De las 56 entidades a las que corresponden los 43 PA analizados que incorporan un catálogo de
banderas rojas, 1487 lo habían comunicado a los que intervienen en la gestión y/o en su control o
seguimiento mediante correos electrónicos, reuniones o la publicación en su intranet ; ADIF y ADIFAV habían impartido cursos en esta materia; y el resto de las entidades se remitían a la difusión
general dada a su PA, salvo EOI, SEIASA, INCIBE y LSC que estaban pendientes de comunicarlo
y no le habían dado una difusión general.
BUENAS PRÁCTICAS
La guía de medidas contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, para las actuaciones
del PRTR gestionados por el MCIN establecía que las incidencias sistémicas detectadas por la
materialización de las banderas suponía que en un plazo de quince días, además de corregir las
consecuencias, se revisase su evaluación de riesgos, se introdujeran nuevos controles o se
modificasen los existentes, teniendo diez días el órgano responsable de la medida del PRTR para
supervisar esos cambios y otros cinco el órgano responsable del componente para validarlos.
CERSA obliga a las sociedades de garantía recíproca (SGR) con las que opera a mostrar las
incidencias de riesgo de los beneficiarios de las ayudas detectadas en bases de datos, así como
otras incidencias relativas a la posible falsedad de los documentos aportados sobre los proyectos
empresariales sujetos a ayudas. Además, CERSA incorpora alertas automáticas en su sistema de
control interno sobre entidades con incidencias de fraude.
II.4. FASES DE CORRECCIÓN Y PERSECUCIÓN
Cuestiones generales
En este sentido, la Orden, recoge, fundamentalmente en los apartados 5 a 7 de su artículo 6, el
contenido mínimo de los PA y las obligaciones para las entidades que los implementan relativos a
las fases de corrección y de persecución de estos planes, su texto se recoge en el Anexo 3 de este
Informe.
87
ACUAMED, CDTI, CHG, CHMS, CIEMAT, CSIC, ENISA, FEGA, IAC, ICEX, MAPA, MCIN, MICT y OAPN.
cve: BOE-A-2024-16160
Verificable en https://www.boe.es
Los planes y sistemas antifraude, como en general los de ética o de integridad, tienen
principalmente una función de prevención y de detección. Sin embargo, para garantizar su
efectividad y potenciar el efecto disuasorio -y por tanto preventivo- que conlleva la implementación
de estos planes y sistemas, también deben contener medidas para: corregir oportunamente los
comportamientos constitutivos de fraude, corrupción o conflictos de intereses y/o sus posibles
efectos -incluida la recuperación de los fondos públicos-; revisar y, en su caso, corregir aquellos
actos u operaciones en los que se puedan repetir los comportamientos; así como llevar a cabo las
acciones que estén al alcance de esas entidades para perseguir o facilitar la persecución de las
responsabilidades de los que se comportaron indebidamente.