III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16159)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas en el ámbito de la Administración General del Estado para la implantación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 99487

Por otro lado, la documentación relativa al PRTR publicada en las correspondientes páginas web
incorpora, con carácter general, el logo del Plan y el de la UE, indicando el origen de la
financiación, a excepción de la documentación relativa al PERTE “Salud de vanguardia”
gestionado por el MSND y los planes antifraude del Ministerio de Universidades, MEFP, MSND y
Ministerio de Justicia (en este último caso, tampoco su declaración contra el fraude)38.

Asimismo, hay que señalar que la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los convenios
suscritos con CCAA, convocatorias de subvenciones y licitaciones de contratos no incorporan, con
carácter general, la referencia “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado
por la Unión Europea-NextGenerationEU”, pese a lo exigido en el artículo 9.3 b) de la Orden
HFP/1030/2021.
II.8.6. El Registro Estatal de entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la
Recuperación y Transformación Económica (REPERTE)

El artículo 9 del RDL 36/2020 crea el REPERTE (dependiente del MHFP), en el que se han de
inscribir todas las entidades vinculadas al desarrollo de un PERTE, al margen de su naturaleza
pública o privada y de su forma de constitución. Se faculta al titular del citado ministerio para el
desarrollo reglamentario del registro, estableciendo las normas sobre su funcionamiento y
estructura, sin perjuicio de que los ministros competentes por razón de la materia en relación con
cada uno de los PERTE puedan desarrollar reglamentariamente la correspondiente sección de
este registro. No ha sido hasta el 7 de marzo de 2022 cuando se ha dictado la Orden
HFP/168/2022, por la que se regula el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las
entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación
Económica.
Dicha orden prevé un procedimiento en dos fases para la acreditación e inscripción de las
entidades interesadas. En la primera, los ministerios competentes en relación con cada uno de los
PERTE han de establecer reglamentariamente las condiciones técnicas, económicas y jurídicas
exigibles, recibir las solicitudes de los interesados, valorarlas y acordar o denegar la acreditación.
En la segunda, los citados ministerios comunican a la IGAE las resoluciones de acreditación
adoptadas a efectos de su inscripción en el REPERTE.

Al cierre de 2022, la aplicación específica del REPERTE no se encontraba operativa (la web a
través de la cual se accederá a dicho registro únicamente enlaza con información relativa a los
PERTE ya aprobados). De acuerdo con el artículo 5 de la citada orden, corresponde a la IGAE la
gestión funcional y técnica del registro, y de acuerdo con su Disposición Transitoria Única, en
tanto no esté disponible la aplicación informática a través de la que se dará soporte al REPERTE,
la remisión por el órgano competente de la información exigida en el artículo 9 se hará a través de
registro electrónico dirigido a la propia IGAE.

El Ministerio de Justicia manifiesta en sus alegaciones que, a la vista de lo señalado en el anteproyecto de Informe,
se ha creado, en la página web del departamento ministerial, dentro de la sección Fondos Next Generation, un
apartado en el que se han incluido enlaces a la PLCSP, a la sección de convocatorias de la página web del PRTR y se
ha incluido la relación de convocatorias de licitaciones y encargos a medios propios tramitados por el Ministerio con el
enlace individualizado de cada una de ellas a la PLCSP. Asimismo, declara que se han producido actualizaciones en la
sección “Gestión del PRTR en Cogobernanza: Conferencias Sectoriales”. En relación con las convocatorias de
subvenciones, afirma que no gestiona convocatorias de subvenciones financiadas con el PRTR, por lo que no ha
incluido información al respecto.
38

INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023

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cve: BOE-A-2024-16159
Verificable en https://www.boe.es

A fecha 29 de abril de 2022, la IGAE manifestó no haber recibido solicitud de inscripción en este
registro por parte de los ministerios responsables de los PERTE aprobados. Tampoco se habían