III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16159)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas en el ámbito de la Administración General del Estado para la implantación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 99473

Cabe señalar que, por Orden TED/1374/2021, de 1 de diciembre, se crea la División para el
Seguimiento de la Aplicación de la Normativa Medioambiental en la Subsecretaría para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Según dicha norma, su función está enfocada en la
ejecución de las políticas públicas y en asegurar que no tengan efectos directos o colaterales
dañinos para el medio ambiente, y en acreditar este extremo ante instancias internacionales, y en
particular ante la UE. Pese a que esta unidad persigue la coordinación y el seguimiento, en cuanto
a sus efectos medioambientales, de los diversos instrumentos de gestión de que se dote la
Administración del Estado, incluyendo el propio PRTR, no se ha aprobado ningún procedimiento
para dichos seguimiento y coordinación, actuando esta unidad, en relación con otros
departamentos ministeriales, solo previa solicitud discrecional de estos. También es reseñable, a
estos efectos, la directriz del artículo 4 del RDL 36/2020 a aplicar por los órganos responsables,
dirigida a la búsqueda de sinergias con distintas unidades administrativas de modo vertical y
horizontal para aprovechar recursos y generar mayores impactos. Así, en relación con el principio
DNSH y el etiquetado climático, se ha informado de la revisión, por parte de la referida División, de
307 instrumentos jurídicos de ejecución de reformas e inversiones del PRTR como consecuencia
de consultas procedentes de distintos departamentos ministeriales o de conferencias sectoriales,
además de una labor de asesoría que se habría concretado en la resolución de 137 consultas
formuladas por diversos organismos (en su mayor parte CCAA y el propio Departamento).
En relación con los trabajos ya mencionados de la Autoridad de Control, en el correspondiente al
MTMA se destaca la detección de deficiencias leves relativas al procedimiento de autoevaluación
del test de daños medioambientales, ya que “las autoevaluaciones se han presentado sin un
soporte justificativo adecuado de las puntuaciones otorgadas ni Plan de Acción para los casos en
los que el riesgo no es bajo”. También se indica que este ministerio no contempla que los fondos
utilizados en el MRR a través de encargos a medios propios no causen un perjuicio significativo a
alguno de los objetivos medioambientales.
En el informe correspondiente a ADIF y ADIF AV se señala, respecto al criterio de si la entidad
dispone de procedimientos para asegurar que las actuaciones, actividades, proyectos y
subproyectos contribuyen al cumplimiento del objetivo de transición ecológica en la medida
prevista, que, si bien las entidades cuentan con un procedimiento no escrito, “no se tiene
constancia de que incluya medidas de seguimiento para verificar que se cumplen los porcentajes
de etiquetado a nivel global o acumulado, considerando todo el gasto realizado hasta la fecha, así
como su comunicación a la Entidad Decisora (MTMA)”.

En el informe de 6 de septiembre de 2022, sobre el MTED se hace observación sobre la
conveniencia de elaborar un manual que identifique los requisitos a incluir en los instrumentos
jurídicos en función de cada una de las medidas o, alternativamente, que se establezca con
carácter previo y obligatorio la emisión del informe de la División de DNSH de este Departamento.

Respecto al cumplimiento del objetivo de contribución a la transición ecológica, MTED manifiesta
el uso de COFFEE-MRR, el cual, en el estado de avance en la fecha de la realización de la
auditoría, no incorporaba las funcionalidades de seguimiento necesarias para verificar que se
cumplen los porcentajes de etiquetado a nivel global o acumulado.

INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023

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cve: BOE-A-2024-16159
Verificable en https://www.boe.es

En el informe de la auditoría sobre la segunda solicitud de pago al MRR, de 29 de abril de 2022, la
Autoridad de Control puso de manifiesto deficiencias en la evidencia soporte que garantiza el
cumplimiento del principio DNSH en los objetivos 46 y 217, siendo los responsables el Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación y el MICT, respectivamente.