III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16159)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas en el ámbito de la Administración General del Estado para la implantación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99469
En relación con este riesgo de doble financiación es práctica generalmente recomendada que los
controles que se implementen no solo se basen en autodeclaraciones de los beneficiarios,
complementándose con otros mecanismos como la coordinación suficiente con otros organismos,
la separación de los flujos de financiación o las verificaciones cruzadas.
Finalmente, de las auditorías concluidas por la Autoridad encargada del control de tercer nivel
previsto en el PRTR, al que se dedica el epígrafe II.6.5 del presente Informe, cabe destacar lo
siguiente:
-
-
En el informe de 23 de mayo de 2022 sobre el MTMA, entidad decisora y ejecutora del
plan, se resalta que se encuentra pendiente de valoración la aplicación correcta de la
autoevaluación de los test de régimen de ayudas de Estado y para evitar la doble
financiación, informándose de que no se había remitido procedimiento ni cronograma de
implementación de procedimientos de doble financiación.
En el informe, de 6 de septiembre de 2022 sobre MTED, se concluye que no ha podido
verificarse, entre otros, el funcionamiento de los sistemas implantados para evitar la doble
financiación “ya que el tiempo transcurrido entre la aprobación de la normativa e
instrucciones nacionales en esta materia (Orden 1030/2021 de Gestión y Orientaciones
SGFE en materia de fraude) y la realización de este trabajo de auditoría no ha permitido a
la Entidad auditada desarrollar e implementar los procedimientos”, si bien el equipo auditor
de esa Autoridad de control constató que se estaba redactando un Plan de Medidas
Antifraude incluyendo el conflicto de intereses y la doble financiación. Por esta razón, dicho
equipo consideró que no podía valorar los test de autoevaluación relativos a la doble
financiación.
En el ámbito competencial de la SGFE, sin perjuicio de las competencias de la Autoridad de
Control (IGAE), se considera esencial la formación en los aspectos horizontales de la gestión del
PRTR exigidos por el RMRR, entre los que se encuentran evitar la doble financiación y el respeto
a la normativa de ayudas de estado, no obstante en los programas de formación llevados a cabo
hasta marzo de 2022, al igual que en los que actualmente se encuentran en proceso, no consta
formación específica en la materia analizada en este apartado. Adicionalmente, la SGFE admite
además de la sobrecarga que supone asumir la formación, que las nuevas incorporaciones de
personal a la AR, así como en las estructuras temporales y demás unidades creadas o destinadas
ad hoc por las distintas Administraciones Públicas a la gestión del PRTR deben, a su vez,
formarse en primer término para poder acometer con eficacia y eficiencia su rol en la ejecución del
Plan y que la falta de operatividad de la herramienta informática impide la adecuada formación de
los usuarios en la misma.
La AR trasladó a las entidades decisoras que, para la ejecución de los proyectos, debería seguirse
el uso de las fuentes de financiación declaradas en el PRTR aprobado y, en concreto, la
información que figura en el apartado específico “Sinergias con otros fondos UE” que, para cada
medida, recoge el punto “10. Financiación” incluido en el texto de cada uno de los componentes
que configuran el Plan”. No obstante las cautelas anteriores, se observa que:
sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el PRTR, mediante la herramienta
MINERVA.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023
59
cve: BOE-A-2024-16159
Verificable en https://www.boe.es
El plan de formación permanente de la IGAE contempla dos cursos que imparte el SNCA
(“Medidas antifraude en el MRR” y “Prevención y lucha contra el fraude a los intereses financieros
de la UE”). En el primero de ellos se trata la doble financiación según se deduce del programa del
curso.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99469
En relación con este riesgo de doble financiación es práctica generalmente recomendada que los
controles que se implementen no solo se basen en autodeclaraciones de los beneficiarios,
complementándose con otros mecanismos como la coordinación suficiente con otros organismos,
la separación de los flujos de financiación o las verificaciones cruzadas.
Finalmente, de las auditorías concluidas por la Autoridad encargada del control de tercer nivel
previsto en el PRTR, al que se dedica el epígrafe II.6.5 del presente Informe, cabe destacar lo
siguiente:
-
-
En el informe de 23 de mayo de 2022 sobre el MTMA, entidad decisora y ejecutora del
plan, se resalta que se encuentra pendiente de valoración la aplicación correcta de la
autoevaluación de los test de régimen de ayudas de Estado y para evitar la doble
financiación, informándose de que no se había remitido procedimiento ni cronograma de
implementación de procedimientos de doble financiación.
En el informe, de 6 de septiembre de 2022 sobre MTED, se concluye que no ha podido
verificarse, entre otros, el funcionamiento de los sistemas implantados para evitar la doble
financiación “ya que el tiempo transcurrido entre la aprobación de la normativa e
instrucciones nacionales en esta materia (Orden 1030/2021 de Gestión y Orientaciones
SGFE en materia de fraude) y la realización de este trabajo de auditoría no ha permitido a
la Entidad auditada desarrollar e implementar los procedimientos”, si bien el equipo auditor
de esa Autoridad de control constató que se estaba redactando un Plan de Medidas
Antifraude incluyendo el conflicto de intereses y la doble financiación. Por esta razón, dicho
equipo consideró que no podía valorar los test de autoevaluación relativos a la doble
financiación.
En el ámbito competencial de la SGFE, sin perjuicio de las competencias de la Autoridad de
Control (IGAE), se considera esencial la formación en los aspectos horizontales de la gestión del
PRTR exigidos por el RMRR, entre los que se encuentran evitar la doble financiación y el respeto
a la normativa de ayudas de estado, no obstante en los programas de formación llevados a cabo
hasta marzo de 2022, al igual que en los que actualmente se encuentran en proceso, no consta
formación específica en la materia analizada en este apartado. Adicionalmente, la SGFE admite
además de la sobrecarga que supone asumir la formación, que las nuevas incorporaciones de
personal a la AR, así como en las estructuras temporales y demás unidades creadas o destinadas
ad hoc por las distintas Administraciones Públicas a la gestión del PRTR deben, a su vez,
formarse en primer término para poder acometer con eficacia y eficiencia su rol en la ejecución del
Plan y que la falta de operatividad de la herramienta informática impide la adecuada formación de
los usuarios en la misma.
La AR trasladó a las entidades decisoras que, para la ejecución de los proyectos, debería seguirse
el uso de las fuentes de financiación declaradas en el PRTR aprobado y, en concreto, la
información que figura en el apartado específico “Sinergias con otros fondos UE” que, para cada
medida, recoge el punto “10. Financiación” incluido en el texto de cada uno de los componentes
que configuran el Plan”. No obstante las cautelas anteriores, se observa que:
sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el PRTR, mediante la herramienta
MINERVA.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023
59
cve: BOE-A-2024-16159
Verificable en https://www.boe.es
El plan de formación permanente de la IGAE contempla dos cursos que imparte el SNCA
(“Medidas antifraude en el MRR” y “Prevención y lucha contra el fraude a los intereses financieros
de la UE”). En el primero de ellos se trata la doble financiación según se deduce del programa del
curso.