III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16159)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas en el ámbito de la Administración General del Estado para la implantación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 99450

de todos los Estados Miembros. Cabe señalar que la Orden HFP/1030/2021 no hace referencia ni
al cuadro ni a los indicadores comunes.
Los órganos ejecutores han de informar periódicamente del avance registrado en los indicadores a
nivel de proyecto para poder alimentar el sistema.
II.5.1.2. LOS HITOS Y OBJETIVOS

El diseño y ejecución de los fondos del MRR están orientados a la consecución de HYO. La
agregación de los datos sobre consecución de los HYO de niveles más bajos produce el
cumplimiento de los de nivel superior, aplicando reglas lógicas y/o matemáticas.
Los HYO establecidos en la Decisión de Ejecución del Consejo son los HYO CID y aquellos de las
Disposiciones operativas de la Comisión son los HYO OA. Los HYO CID son aquellos cuyo
cumplimiento ha de ser acreditado en la presentación de la solicitud de desembolso y los OA
sirven para la monitorización de los primeros.

La Orden HFP/1030/2021 definió los conceptos de HYO críticos y no críticos y la SGFE, por su
parte, aprobó una metodología de gestión de HYO del PRTR en septiembre de 2021, con
anterioridad al dictado de la mencionada orden, si bien ha sido objeto de actualizaciones
periódicamente en 2022.

La metodología establece que el desglose de los HYO CID y OA en HYO críticos y no críticos de
los proyectos será realizado por las entidades decisoras. Por su parte, los HYO de los
subproyectos han de ser definidos por la entidad ejecutora del proyecto y, si el subproyecto se
desagrega en otras actuaciones, los HYO de tales actuaciones se establecerán por el ejecutor del
subproyecto.
La AR interviene en la definición de los HYO del proyecto, subproyecto o actuación al validar el
alta en la aplicación de gestión COFFEE-MRR.

En el caso de actuaciones cuya ejecución corresponde a las CCAA, la distribución de HYO se
efectuó en el seno de la conferencia sectorial de la materia. No obstante, en el caso del MDSA se
han encontrado proyectos en los que la distribución de los hitos no se produjo en la conferencia
sectorial correspondiente ni está recogida formalmente en los convenios, por lo que se aprecia un
riesgo sobre el reconocimiento inequívoco de las obligaciones asumidas en la ejecución de los
subproyectos o las actuaciones por las CCAA.
La metodología de los HYO aprobada por la SGFE prevé la elaboración de una planificación anual
con un elevado grado de detalle que no fue cumplimentada por los MDSA, MEFP, MICT, METD,
MTES y MSND, si bien sí consta la elaboración, en general, de una planificación de acuerdo con
sus criterios, aunque sin hacer referencia a los HYO en los términos señalados como metas del
Anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo.

INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023

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cve: BOE-A-2024-16159
Verificable en https://www.boe.es

De las comprobaciones realizadas sobre los proyectos se deduce que una práctica extendida
consiste en que los HYO CID se han identificado con HYO críticos y los OA con no críticos, sin
desarrollo posterior mediante HYO auxiliares. En los casos en que no se ha producido el
desarrollo mediante HYO críticos se han establecido unos hitos auxiliares describiendo etapas
para la consecución de los CID. Por tanto, en estas situaciones, los HYO auxiliares no están
cumpliendo las funciones de gestión de riesgos de incumplimiento de HYO CID o de seguimiento
de acciones contempladas en las medidas que no forman parte de los HYO CID que les atribuye
la metodología.