III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16159)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas en el ámbito de la Administración General del Estado para la implantación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99449
II.5. DISEÑO, IMPLEMENTACIÓN DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN Y DE INFORMACIÓN Y
OTROS INSTRUMENTOS DE SEGUIMIENTO DE HITOS, OBJETIVOS Y PROYECTOS
II.5.1. El sistema de gestión
Durante la fase de ejecución, los Estados miembros deben enviar con cada solicitud de pago
información y pruebas que confirmen la consecución de los HYO establecidos en el plan nacional,
un resumen de las auditorías y los controles realizados (incluidas las deficiencias detectadas y las
medidas correctoras adoptadas), una declaración de gestión que se refiera a que los fondos se
utilizaron para los fines previstos, que la información presentada con la solicitud de pago es
completa, exacta y fiable, y que los sistemas de control establecidos ofrecen la garantía necesaria
de que los fondos se han gestionado de conformidad con todas las normas aplicables (en
particular las destinadas a prevenir los conflictos de intereses, el fraude, la corrupción y la doble
financiación).
La Comisión, en su nota sobre la configuración del control interno del MRR, subraya que parte de
una estrategia de control consiste en establecer normas de gestión de documentos para
garantizar la mayor transparencia posible en los métodos de trabajo, así como para asegurar
pistas de auditoría completas.
II.5.1.1. ESQUEMA GENERAL
El PRTR prevé que el sistema integral de gestión y control de las acciones financiadas a través de
mecanismos o fondos del plan adopte la configuración y estructura necesaria para facilitar el
seguimiento y análisis del cumplimiento de HYO de las reformas e inversiones. El sistema ha de
analizar el cumplimiento de los HYO de primer nivel por cumplimiento de los de segundo y tercer
nivel acordados con las entidades ejecutoras de los proyectos o acciones. Cada componente del
Plan tiene asignados hitos/objetivos CID (Council Implementing Decision) de primer nivel. Los
hitos/objetivos asignados a las medidas (denominados OA, Operational Arrangement) son de
segundo nivel. Unos y otros se relacionan por medio de los indicadores de progreso asociados.
Finalmente, serán indicadores de tercer nivel los hitos/objetivos de gestión asignados a los
proyectos o subproyectos en los que se desarrollen las medidas. Estos indicadores de gestión son
de tres categorías, los vinculados a los CID (críticos), los vinculados a los OA (no críticos) y
auxiliares, creados en abril de 2022 por la DGMRR. Los indicadores se relacionan
jerárquicamente, de manera que el progreso de los de nivel superior se obtiene en base al
cumplimiento o progreso de los de nivel inferior a partir de fórmulas y algoritmos.
El artículo 1 del Reglamento Delegado hace referencia al cuadro de indicadores para mostrar los
avances en la aplicación de los planes de recuperación y resiliencia respecto de cada uno de los
seis pilares a que se refiere el artículo 3 del RMRR. Por su parte, los indicadores comunes deben
usarse en los informes sobre los avances realizados y para el seguimiento y evaluación del
Mecanismo respecto de la consecución de los objetivos a que se refiere el artículo 4 del RMRR,
estando concebida la lista de indicadores comunes para los planes de recuperación y resiliencia
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023
39
cve: BOE-A-2024-16159
Verificable en https://www.boe.es
A nivel nacional, el desarrollo fundamental del esquema de hitos, objetivos e indicadores queda
recogido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. Es de destacar que esta norma fue
aprobada prácticamente a la vez que el Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión, de
28 de septiembre de 2021, por el que se completa el RMRR, disposición que establece los
indicadores comunes y los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y
resiliencia.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99449
II.5. DISEÑO, IMPLEMENTACIÓN DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN Y DE INFORMACIÓN Y
OTROS INSTRUMENTOS DE SEGUIMIENTO DE HITOS, OBJETIVOS Y PROYECTOS
II.5.1. El sistema de gestión
Durante la fase de ejecución, los Estados miembros deben enviar con cada solicitud de pago
información y pruebas que confirmen la consecución de los HYO establecidos en el plan nacional,
un resumen de las auditorías y los controles realizados (incluidas las deficiencias detectadas y las
medidas correctoras adoptadas), una declaración de gestión que se refiera a que los fondos se
utilizaron para los fines previstos, que la información presentada con la solicitud de pago es
completa, exacta y fiable, y que los sistemas de control establecidos ofrecen la garantía necesaria
de que los fondos se han gestionado de conformidad con todas las normas aplicables (en
particular las destinadas a prevenir los conflictos de intereses, el fraude, la corrupción y la doble
financiación).
La Comisión, en su nota sobre la configuración del control interno del MRR, subraya que parte de
una estrategia de control consiste en establecer normas de gestión de documentos para
garantizar la mayor transparencia posible en los métodos de trabajo, así como para asegurar
pistas de auditoría completas.
II.5.1.1. ESQUEMA GENERAL
El PRTR prevé que el sistema integral de gestión y control de las acciones financiadas a través de
mecanismos o fondos del plan adopte la configuración y estructura necesaria para facilitar el
seguimiento y análisis del cumplimiento de HYO de las reformas e inversiones. El sistema ha de
analizar el cumplimiento de los HYO de primer nivel por cumplimiento de los de segundo y tercer
nivel acordados con las entidades ejecutoras de los proyectos o acciones. Cada componente del
Plan tiene asignados hitos/objetivos CID (Council Implementing Decision) de primer nivel. Los
hitos/objetivos asignados a las medidas (denominados OA, Operational Arrangement) son de
segundo nivel. Unos y otros se relacionan por medio de los indicadores de progreso asociados.
Finalmente, serán indicadores de tercer nivel los hitos/objetivos de gestión asignados a los
proyectos o subproyectos en los que se desarrollen las medidas. Estos indicadores de gestión son
de tres categorías, los vinculados a los CID (críticos), los vinculados a los OA (no críticos) y
auxiliares, creados en abril de 2022 por la DGMRR. Los indicadores se relacionan
jerárquicamente, de manera que el progreso de los de nivel superior se obtiene en base al
cumplimiento o progreso de los de nivel inferior a partir de fórmulas y algoritmos.
El artículo 1 del Reglamento Delegado hace referencia al cuadro de indicadores para mostrar los
avances en la aplicación de los planes de recuperación y resiliencia respecto de cada uno de los
seis pilares a que se refiere el artículo 3 del RMRR. Por su parte, los indicadores comunes deben
usarse en los informes sobre los avances realizados y para el seguimiento y evaluación del
Mecanismo respecto de la consecución de los objetivos a que se refiere el artículo 4 del RMRR,
estando concebida la lista de indicadores comunes para los planes de recuperación y resiliencia
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023
39
cve: BOE-A-2024-16159
Verificable en https://www.boe.es
A nivel nacional, el desarrollo fundamental del esquema de hitos, objetivos e indicadores queda
recogido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. Es de destacar que esta norma fue
aprobada prácticamente a la vez que el Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión, de
28 de septiembre de 2021, por el que se completa el RMRR, disposición que establece los
indicadores comunes y los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y
resiliencia.