III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16159)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas en el ámbito de la Administración General del Estado para la implantación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
108 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de agosto de 2024

-

-

-

-

Sec. III. Pág. 99438

Todos los IPE indican el importe de las inversiones asociadas al PRTR, si bien difieren en
la forma de exponer los datos; por lo general, se realiza por componente o por unidad
administrativa, y en algún caso con mayor detalle por cada medida.

Apenas hay referencias a las estimaciones de los gastos en recursos humanos y bienes
materiales necesarios para la gestión e implementación del Plan. Tan solo el IPE del MICT
aporta un presupuesto de los recursos materiales previsiblemente necesarios (tales como
informáticos, adecuación de espacios, medios audiovisuales, contratos de mensajería o
reprografía), e incluye una estimación del coste del complemento salarial por
productividad. No se ha previsto el recurso a los encargos a medios propios o a asistencias
técnicas como sistemas de apoyo a la gestión.

La descripción de los objetivos y actuaciones encomendadas que explique las tareas y
cargas de trabajo y/o su aumento, que preveía el artículo 23.2.b), se ha recogido en todos
los IPE examinados. Con un nivel de detalle muy diferente, se indican las actuaciones que
requiere la gestión del Plan, explicándose el incremento de la carga de trabajo, en la
mayoría de los casos, de manera genérica, aludiendo únicamente al aumento del
presupuesto a gestionar o a las materias que se verían más afectadas (subvenciones,
contratos…). Algunos IPE sí aparecen más detallados e informan del impacto en las
distintas unidades administrativas del departamento de las nuevas tareas que deberán
asumir.

El artículo 23.2.c) exigía que el IPE incluyera una propuesta de reorganización de los
recursos del departamento y sus organismos públicos, de modo detallado y, en su caso, el
incremento correlativo de las necesidades materiales, organizativas y de personal10. La
forma de cumplimentar esta exigencia difiere sustancialmente, aunque, por lo general, se
describe la situación del departamento en cuanto a efectivos, vacantes, y las previsiones
de ocupación de puestos y de jubilaciones. Es común la indicación de la escasez de
personal para atender a las tareas habituales, lo que conduce a señalar la imposibilidad de
utilizar para la cobertura de puestos vinculados a la gestión del PRTR los sistemas
previstos como preferentes (atribución temporal de funciones, redistribución y reasignación
de efectivos). En los ocho IPE se indica con mayor o menor detalle (por unidades de
adscripción, naturaleza o niveles) el número de puestos que se estima necesario crear
para hacer frente a la ejecución del PRTR y, en cinco de ellos, se propone la creación de
unidades administrativas de carácter provisional a estos efectos. En el IPE del MCUD no
consta una propuesta como tal, aunque aparece en una memoria justificativa informal, sin
fecha ni firma.
En los IPE no hay referencias al análisis de capacidades y talento de las personas que
señala el artículo 29.1 del RDL 36/2020, en tanto que en todos se hace mención a las
necesidades formativas para el personal encargado de tareas ligadas a la ejecución del
PRTR. Por lo general, se relacionan los cursos que se estiman necesarios y el número de
destinatarios. En los IPE de METD y MICT se parte de un plan previo de formación y se
concretan el tipo de cursos, los destinatarios por unidades o niveles y una estimación del
coste.

Las disposiciones del RDL 36/2020 sobre creación de unidades temporales, creación y provisión de puestos de
trabajo y asignación de funciones fueron desarrolladas por dos resoluciones del MHFP. La Resolución conjunta de las
Secretarías de Estado de Política Territorial y Función Pública y de Presupuestos y Gastos, de 29/01/2021, aprobó el
modelo de relación de puestos de trabajo para la creación de las unidades administrativas de carácter provisional para
la gestión y ejecución de proyectos, según lo dispuesto en el artículo 28.1 del RDL 36/2020. Por Resolución de la
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de la misma fecha se aprobaron las instrucciones sobre
los criterios aplicables en materia de reorganización y provisión de puestos de trabajo.
10

INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 20/12/2023

28

cve: BOE-A-2024-16159
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 188