III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16161)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito de autoridades administrativas independientes, otras entidades públicas y fundaciones estatales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99640
II.2. BANCO DE ESPAÑA
II.2.1. Contratación de emergencia celebrada por la Entidad en el periodo fiscalizado, y
contratos fiscalizados
2.15. Durante el periodo fiscalizado la Entidad formalizó un total de veinticuatro contratos en los que
aplicó la tramitación de emergencia por un precio de adjudicación total de 2.537 miles de euros, de
los cuales dieciocho eran de suministros, por un importe de 2.049 miles de euros, y los restantes
de servicios, por importe total de 488 miles de euros. Se relacionan los mismos en el Anexo II.1.
2.16. Han formado parte de la muestra un total de siete contratos de suministros, por un precio de
adjudicación total de 1.274 miles de euros, y dos contratos de servicios, adjudicados por un precio
de 137 miles de euros. En su virtud, la muestra seleccionada ha supuesto el 38 % del total de
contratos formalizados en el periodo objeto de fiscalización, los cuales suponen el 56 % del universo
en términos de precio de adjudicación. Para la selección de la muestra se ha atendido al criterio del
objeto del contrato, incluyéndose prestaciones de índole diversa, tanto las que tienen contenido
sanitario como las que se relacionan con suministros tecnológicos. También se ha tenido en cuenta
el precio del contrato, formando parte de la muestra fiscalizada contratos de diferentes rangos del
mismo. Los contratos incluidos en la muestra se relacionan en el Anexo II.2.
II.2.2. Análisis de la contratación fiscalizada
II.2.2.1. REGULARIDAD DE LA TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA
2.17. La totalidad de los nueve contratos fiscalizados han sido objeto de tramitación de emergencia
al amparo de las previsiones contenidas en el artículo 120 de la LCSP y del artículo 16 del Real
Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo. El objeto de la contratación en todos los casos analizados se
corresponde con la adopción de medidas para atender las necesidades derivadas de la protección
de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al COVID19. En su virtud, resulta en todos ellos ajustada a Derecho la aplicación de la tramitación de
emergencia. En todos los expedientes analizados figura un documento en el que se contiene el
acuerdo, suficientemente motivado, que justifica la aplicación de dicha tramitación al contrato del
que en cada caso se trata.
2.18. En el contrato 2020C360000012, de suministro de ordenadores, consta que tres sucesivas
ofertas formuladas por el adjudicatario fueron encargadas por el Director del Departamento de
Sistemas de Información de la Entidad, con la previa autorización del Director General de Servicios.
Efectivamente, resulta acreditado en el expediente de contratación que en dicho contrato tuvieron
lugar suministros sucesivos, y que las ofertas respectivamente identificables como 109-1035479,
por importe de 163 miles de euros, 109-1036318, por importe de 228 miles de euros, y 109-1036323,
por importe de 269 miles de euros, fueron aceptadas por el mencionado Director General, dando
lugar con ello a la perfección del contrato. No obstante, consta en el expediente instruido al efecto
que las actuaciones fueron ratificadas por el Secretario General de la Entidad, como órgano de
contratación, que actuó, en ausencia del Director General, por sustitución de acuerdo con el régimen
establecido al efecto en el Reglamento Interno del Banco de España.
2.19. En los contratos 2020C770000002, de suministro de mascarillas, y 2020C770000005, de
suministro de material sanitario diverso, el objeto social del empresario adjudicatario venía
constituido por “la prestación de servicios mensajería, paquetería, transporte y reparto de
mercancías, materiales, objetos y documentación, incluso materiales especiales, mediante su
cve: BOE-A-2024-16161
Verificable en https://www.boe.es
II.2.2.2. PREPARACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99640
II.2. BANCO DE ESPAÑA
II.2.1. Contratación de emergencia celebrada por la Entidad en el periodo fiscalizado, y
contratos fiscalizados
2.15. Durante el periodo fiscalizado la Entidad formalizó un total de veinticuatro contratos en los que
aplicó la tramitación de emergencia por un precio de adjudicación total de 2.537 miles de euros, de
los cuales dieciocho eran de suministros, por un importe de 2.049 miles de euros, y los restantes
de servicios, por importe total de 488 miles de euros. Se relacionan los mismos en el Anexo II.1.
2.16. Han formado parte de la muestra un total de siete contratos de suministros, por un precio de
adjudicación total de 1.274 miles de euros, y dos contratos de servicios, adjudicados por un precio
de 137 miles de euros. En su virtud, la muestra seleccionada ha supuesto el 38 % del total de
contratos formalizados en el periodo objeto de fiscalización, los cuales suponen el 56 % del universo
en términos de precio de adjudicación. Para la selección de la muestra se ha atendido al criterio del
objeto del contrato, incluyéndose prestaciones de índole diversa, tanto las que tienen contenido
sanitario como las que se relacionan con suministros tecnológicos. También se ha tenido en cuenta
el precio del contrato, formando parte de la muestra fiscalizada contratos de diferentes rangos del
mismo. Los contratos incluidos en la muestra se relacionan en el Anexo II.2.
II.2.2. Análisis de la contratación fiscalizada
II.2.2.1. REGULARIDAD DE LA TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA
2.17. La totalidad de los nueve contratos fiscalizados han sido objeto de tramitación de emergencia
al amparo de las previsiones contenidas en el artículo 120 de la LCSP y del artículo 16 del Real
Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo. El objeto de la contratación en todos los casos analizados se
corresponde con la adopción de medidas para atender las necesidades derivadas de la protección
de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al COVID19. En su virtud, resulta en todos ellos ajustada a Derecho la aplicación de la tramitación de
emergencia. En todos los expedientes analizados figura un documento en el que se contiene el
acuerdo, suficientemente motivado, que justifica la aplicación de dicha tramitación al contrato del
que en cada caso se trata.
2.18. En el contrato 2020C360000012, de suministro de ordenadores, consta que tres sucesivas
ofertas formuladas por el adjudicatario fueron encargadas por el Director del Departamento de
Sistemas de Información de la Entidad, con la previa autorización del Director General de Servicios.
Efectivamente, resulta acreditado en el expediente de contratación que en dicho contrato tuvieron
lugar suministros sucesivos, y que las ofertas respectivamente identificables como 109-1035479,
por importe de 163 miles de euros, 109-1036318, por importe de 228 miles de euros, y 109-1036323,
por importe de 269 miles de euros, fueron aceptadas por el mencionado Director General, dando
lugar con ello a la perfección del contrato. No obstante, consta en el expediente instruido al efecto
que las actuaciones fueron ratificadas por el Secretario General de la Entidad, como órgano de
contratación, que actuó, en ausencia del Director General, por sustitución de acuerdo con el régimen
establecido al efecto en el Reglamento Interno del Banco de España.
2.19. En los contratos 2020C770000002, de suministro de mascarillas, y 2020C770000005, de
suministro de material sanitario diverso, el objeto social del empresario adjudicatario venía
constituido por “la prestación de servicios mensajería, paquetería, transporte y reparto de
mercancías, materiales, objetos y documentación, incluso materiales especiales, mediante su
cve: BOE-A-2024-16161
Verificable en https://www.boe.es
II.2.2.2. PREPARACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS