III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16162)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 por los ministerios del Área Político-Administrativa del Estado y sus organismos autónomos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99730
negativa, aun cuando esta información fue expresamente solicitada por este Tribunal
(expedientes 3, 7, 8, 12 —lote 2—, 15, 33, 64, 76, y 79).
II.7. ANÁLISIS DE LA GESTIÓN
CUADRO 3 CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS SELECCIONADOS POR SU OBJETO
Objeto
Material de protección y diagnóstico
Material informático para teletrabajo
Prevención (limpieza, descontaminación)
Ordenación tráfico rodado
Divulgación y concienciación
Repatriación de españoles
Operación "Balmis"31
Otros vinculados a COVID-19
No vinculados a COVID-19
TOTAL
Número
55
9
2
1
2
2
18
9
2
100
Importe de adjudicación (sin IVA)
26.643.64,70 €
2.289.666,80 €
796.773,27 €
2.148.638,48 €
1.649.655,46 €
2.139.208,38 €
9.292.786,04 €
2.752.240,67 €
516.644,69 €
48.229.248,49 €
1. Ausencia de concentración de los adjudicatarios
El análisis de los contratos seleccionados incluyó el de la concentración de adjudicatarios,
comprobando el número de contratos directamente adjudicados a una misma empresa, dado el
riesgo derivado de la adjudicación directa propia de la tramitación de emergencia.
Con carácter general se ha observado que no ha existido una especial concentración de
adjudicatarios. Solo tres empresas resultaron adjudicatarias directas sin concurrencia competitiva
de tres o más contratos. Sin embargo, destacan nueve contratos o lotes de contratos tramitados por
el Ministerio de Defensa, que fueron directamente adjudicados a dos únicas empresas. A la primera
de ellas se le adjudicaron, sin concurrencia competitiva, cuatro contratos (18-lote 3-, 20, 21-lote 2y 42) por un importe total de adjudicación de 2.272.985 euros y, a la segunda, cinco contratos (9lote 1-, 23-lote 2-, 27, 49-lote 1- y 54-lote 6-) por un importe total de 1.039.978,81 euros32.
31
Bajo el nombre de “operación “Balmis” se identificó el despliegue de efectivos de los tres ejércitos, UME y Guardia Real
en 172 localidades para la desinfección de infraestructuras críticas (aeropuertos, puertos y estaciones de FF.CC) y
residencias de mayores, así como para la instalación de hospitales de campaña y apoyo al transporte de material sanitario.
32
En las alegaciones del Ministerio de Defensa, en relación con estos contratos, se afirma que en los primeros meses de
la declaración del estado de alarma y por la consiguiente paralización de la actividad económica, fue muy complicado
obtener una concurrencia suficiente, indicando que a partir del mes de septiembre el Mando de Apoyo Logístico del
Ejército de Tierra publicaba anuncios de licitación en el PCSP.
cve: BOE-A-2024-16162
Verificable en https://www.boe.es
Esta circunstancia no supone infracción ni incumplimiento legal en la tramitación de emergencia
pero, siempre que sea compatible con la inmediatez que exige la situación, la solicitud de ofertas a más de
una empresa constituye una buena práctica que permite adecuar la tramitación excepcional de emergencia a
los principios de libre competencia y de selección de la oferta económicamente más ventajosa.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99730
negativa, aun cuando esta información fue expresamente solicitada por este Tribunal
(expedientes 3, 7, 8, 12 —lote 2—, 15, 33, 64, 76, y 79).
II.7. ANÁLISIS DE LA GESTIÓN
CUADRO 3 CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS SELECCIONADOS POR SU OBJETO
Objeto
Material de protección y diagnóstico
Material informático para teletrabajo
Prevención (limpieza, descontaminación)
Ordenación tráfico rodado
Divulgación y concienciación
Repatriación de españoles
Operación "Balmis"31
Otros vinculados a COVID-19
No vinculados a COVID-19
TOTAL
Número
55
9
2
1
2
2
18
9
2
100
Importe de adjudicación (sin IVA)
26.643.64,70 €
2.289.666,80 €
796.773,27 €
2.148.638,48 €
1.649.655,46 €
2.139.208,38 €
9.292.786,04 €
2.752.240,67 €
516.644,69 €
48.229.248,49 €
1. Ausencia de concentración de los adjudicatarios
El análisis de los contratos seleccionados incluyó el de la concentración de adjudicatarios,
comprobando el número de contratos directamente adjudicados a una misma empresa, dado el
riesgo derivado de la adjudicación directa propia de la tramitación de emergencia.
Con carácter general se ha observado que no ha existido una especial concentración de
adjudicatarios. Solo tres empresas resultaron adjudicatarias directas sin concurrencia competitiva
de tres o más contratos. Sin embargo, destacan nueve contratos o lotes de contratos tramitados por
el Ministerio de Defensa, que fueron directamente adjudicados a dos únicas empresas. A la primera
de ellas se le adjudicaron, sin concurrencia competitiva, cuatro contratos (18-lote 3-, 20, 21-lote 2y 42) por un importe total de adjudicación de 2.272.985 euros y, a la segunda, cinco contratos (9lote 1-, 23-lote 2-, 27, 49-lote 1- y 54-lote 6-) por un importe total de 1.039.978,81 euros32.
31
Bajo el nombre de “operación “Balmis” se identificó el despliegue de efectivos de los tres ejércitos, UME y Guardia Real
en 172 localidades para la desinfección de infraestructuras críticas (aeropuertos, puertos y estaciones de FF.CC) y
residencias de mayores, así como para la instalación de hospitales de campaña y apoyo al transporte de material sanitario.
32
En las alegaciones del Ministerio de Defensa, en relación con estos contratos, se afirma que en los primeros meses de
la declaración del estado de alarma y por la consiguiente paralización de la actividad económica, fue muy complicado
obtener una concurrencia suficiente, indicando que a partir del mes de septiembre el Mando de Apoyo Logístico del
Ejército de Tierra publicaba anuncios de licitación en el PCSP.
cve: BOE-A-2024-16162
Verificable en https://www.boe.es
Esta circunstancia no supone infracción ni incumplimiento legal en la tramitación de emergencia
pero, siempre que sea compatible con la inmediatez que exige la situación, la solicitud de ofertas a más de
una empresa constituye una buena práctica que permite adecuar la tramitación excepcional de emergencia a
los principios de libre competencia y de selección de la oferta económicamente más ventajosa.